Cómo liquidar empleada doméstica que gana menos del mínimo

Una empleada doméstica que gana menos de un salario mínimo en razón a que labora menos de la jornada laboral máxima, como las que trabajan por medio tiempo, o por días, deben ser liquidadas como cualquier otro empleado.

Liquidación de salarios inferiores a un mínimo.

Para liquidar a una empleada que gane menos de un salario mínimo se sigue el mismo procedimiento que cuando se liquida un salario mínimo o superior a este.

El procedimiento no cambia, ni las fórmulas para la liquidación cambian.

Lo único que cambia es el monto del salario, ya que lo demás es igual, como tiempo laboral.

Ejemplo.

Supongamos una empleada que tiene un salario de $1.200.000 y necesitamos liquidar su auxilio de cesantías, que corresponde a un salario mensual por cada año trabajador, que aplicando la fórmula es:

1.200.000x360/360 = 1.200.000.

Ahora supongamos una empleada que tiene un salario de $600.000 mensuales, caso en el cual el auxilio de cesantías sigue siendo un salario por cada año de trabajo, es decir, $600.000. aplicando la fórmula tenemos:

600.000x360/360 = 600.000.

Como se puede observar, el procedimiento es el mismo, de modo que se puede afirmar que el monto del salario es indiferente, pues cualquiera que sea se aplican las mismas fórmulas.

Lo que cambia un poco es cuando la empleada trabaja por días, tema que se explica detalladamente en el siguiente artículo.

Liquidación de empleada doméstica que trabaja por días.Así se debe hacer la liquidación de una empleada del servicio doméstico que ha trabajado por días.

Otro aspecto que se debe tener en cuenta cuando el trabajador devenga menos de un salario mínimo, son los aportes a seguridad social, en razón a que la base mínima de cotización no puede ser inferior a un salario mínimo, tema explicado en el siguiente artículo.

Aportes a seguridad social en salarios inferiores al mínimo.Manejo de los aportes a seguridad social cuando los trabajadores devengan un salario inferior al mínimo legal.

En tal caso los aportes a seguridad sociales se hacen sobre un mínimo, debiendo el trabajador y el empleador completar lo que haga falta en la proporción que corresponde a cada uno.

Allí también se explica cómo son los aportes a seguridad social para quienes trabajen por días y en razón a ellos devenguen menos de un salario mínimo, situación que permite hacer cotizaciones por semanas.

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  1. Ernesto Piedrahita (enero 21 de 2022)

    Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. Whatsapp: 313-8830983 Nota: Respondo de manera gratuita a máximo dos preguntas o inquietudes en materia laboral que me hagan mediante mensaje a mi whatsapp o llamando vía celular. Hago asesorías en todo lo que tiene que ver con los contratos laborales, liquidación de prestaciones sociales y despidos con justa o sin justa causa.

    Responder
    • Ernesto Piedrahita en respuesta a Ernesto Piedrahita (diciembre 16 de 2023)

      DATOS ACTUALIZADOS: Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. Whatsapp: 313-8830983 Nota: Respondo de manera gratuita a máximo dos preguntas o inquietudes en materia laboral que me hagan mediante mensaje a mi whatsapp o llamando vía celular. Hago asesorías en todo lo que tiene que ver con los contratos laborales, liquidación de prestaciones sociales y despidos con justa o sin justa causa.

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  2. Alis (diciembre 6 de 2022)

    Trabajo de interna tengo salida cada 15 días saliendo viernes por la tarde y regresando el domingo gano 580mil mensual , cuánto me corresponde de liquidación por seis meses

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