Acción de tutela procede para exigir el cumplimiento de un derecho de petición

La acción de tutela procede para exigir el cumplimiento o respuesta  de un derecho de petición, cuando como consecuencia de su no atención, se viola un derecho fundamental del peticionario.

Por regla general, la tutela no se puede interponer para conseguir que se le dé respuesta a un derecho de petición, pero si el hecho de no atender un derecho de petición vulnera o afecta un derecho constitucional considerado fundamental, la tutela procede de forma excepcional.

Recordemos que la entidad o el particular al que se le ha elevado un derecho de petición tienen un tiempo perentorio para dar respuesta:

  1. Quince (15) días para contestar quejas, reclamos y manifestaciones.
  2. Diez (10) días para contestar peticiones de información.
  3. Treinta (30) días para contestar consultas.

Si el derecho de petición no se atiende dentro de esos plazos, además de que el funcionario público incurre en causal de mala conducta, permite al peticionario recurrir a la acción de tutela para exigir el amparo de sus derechos.

Es importante aclarar que los plazos señalados son días hábiles.

Bien, sobre la procedencia de la acción de tutela para exigir el cumplimiento o atención de un derecho de petición, la Corte constitucional se ha pronunciado en múltiples sentencias, y en una de ellas [T-235 de 2002] consideró lo siguiente:

En otras palabras, cuando una persona solicita que se le reconozca su pensión y no se le responde, ello implica no solamente la violación del derecho fundamental de petición, sino también del derecho a obtener el reconocimiento de la pensión de jubilación. Al respecto señaló la Corte: "Es muy grave el perjuicio que se le ocasiona a un aspirante a pensionado, que teniendo el derecho para gozar de la prestación, no se le resuelve de fondo a su pretensión. Respuestas simplemente formales, como ha ocurrido en el presente caso, donde en muchas ocasiones se reproduce una primera contestación y no se resuelve materialmente, no constituyen una contestación adecuada al derecho de petición6."

Es claro entonces,  que cuando al no dar respuesta al derecho de petición se vulnera un derecho fundamental, el ciudadano puede recurrir a la acción de tutela.

13 / 06 / 2010

Opinar o comentar

214 Opiniones en “Acción de tutela procede para exigir el cumplimiento de un derecho de petición”
  1. Flor M dice:

    Hola:

    Tengo el siguiente problema: tenemos un establecimiento donde algunas veces se alquila para eventos, con todos los documentos en regla. Una vecina que tiene un establecimiento con piscina, hotel, restaurante, salón de convenciones, etc, está muy molesta porque de vez en cuando en nuestro establecimiento se hacen algunos eventos y eso a ella le causa envidia. En algunas ocasiones ha filmado sin nuestro consentimiento. Esta señora ha puesto quejas en varias ocasiones contra nosotros, aduciendo diferentes motivos como ruido, venta de licor a menores de edad, lo cual no es cierto, puesto que no vendemos ni agua. Ahora parece que en octubre del 2011 nos puso una tutela y nos quiere ella mandar cerrar el espacio. Cuando debería fallar la tutela y que podriamos hacer, pues no nos deja trbajar tranquilos. Todo lo anterior porque nosotros no le quisimos vender el predio, que colinda con el de ella.

    • Juan Pablo dice:

      flor,

      aclaro por fallos de tutela que lei en los juzgados ese fallo no sera claro ni decidira su problema con la vecina por esta razon:

      si se trata de espacio publico, eso no debe decidirse con tutela xq esta no hecha para eso, solo el organismo de planeacion o espacio publico en asocio con la alcaldia menor de su ciudad son los que pueden iniciarle un proceso de invasion de espacio publico y sancionarla.

      solo el ruido en asocio con el derecho a la tranquilidad pueden ser alegados en una tutela, ya le tocara a ud buscar proteccion contra ruido para no perjudicar a los vecinos.

      lo de las denuncias es penal y ud incluso puede denunciarla por calumnia, asi que le recomiendo asesoria con su abogado de confianza en penal para que afronte tantas quejas y sea ud quien “meta presion”.

  2. manuel dice:

    yo manuel de jesus galvis identrificado con numero de cedula 91205071 de la ciudad de bucaramanga
    quisiera saber si mi esposa tiene dercho al auxilio pensional fue que me presente ante el seguro social hacer el tramite correspondiente y la respuesta que me dieron fue ya se habia vencido el plazo para la repectiva dilingesia que eso se podia hacer antes de los tres primeros años de pencionado y que ya eso ya no se puede hacer nada al respecto lo cual me tomo de sorpresa pues no estaba enterado ni lo sabia de ningua manera
    les pido el favor haber si me pueden orientar en algo al respecto grcias

  3. Rubby dice:

    Mi hijo tiene 13 años,por razones de salud de mi mama,yo no puedo estar en Bogota todo el tiempo yo debo ausentarme al mes casi 15 dias,y no puedo dejar a mi hijo solo,yo debo llevarlo siempre conmigo,por esta razon mi hijo le a sido dificil estudiar en un colegio presencial,tambien a perdido dos años por fallas,yo quice matricularlo en un colegio no presencial ,osea por internet,pero alli me dicen que es dificil por que solo tiene 13 años,puedo hacer un derecho de péticion,para que le permitan estudiar de esta manera y pueda terminar sus estudios?o que debo hacer o que puedo hacer para que me ayuden con este asunto.

    • juan pablo dice:

      rubby,

      tienes un problema serio porque de por medio estas poniendo los derechos de tu hijo, no hay un medio para obligar a una institucion que por internet ofrezca cursos o validacion, esto xq ellas ofrecen servicios educativos con base en ciertas exigencias que la gente del comun debe llenar, otra cosa es que si tu cumples con algun requisito y ellos no te permiten matricular, eso si te deja la puerta abierta para tutelar tus derechos.

      es preocupante tu situacion porque de enterarse el icbf tu podrias estar inmersa en un proceso de perdida de patria potestad y la eventual custodia, el hecho de no tener estudiando a un menor que tiene ese derecho es ya un problema, el podria derivar en una persona que no desee estudiar dentro de poco con todo lo que eso implica.
      lo mejor que puedes hacer es pedirle ayuda a un familiar en esos dias en que debas viajar o definitivamente mudarte a una ciudad donde estes con tu madre 100%, ten en cuenta que si sigues asi, lo lamentaras dentro de poco por negarle la posibilidad de estudio o si algun visitador llega a tu casa-icbf-y nota que el menor esta solo.

      de ti depende-.

  4. patricia neira dice:

    tengo una pregunta…mi papa lleva tres años tramitando la pension y nada que le responden,,,puede hacer un derecho de peticion…por favor enviarme un modelo a segur,,,muchas gracias…

    • juan pablo dice:

      patricia,

      3 años es demasiado, debes buscar urgente un abogado para que haga ese tramite mas rapido, respecto a si es posible interponer una peticion, pues claro es bueno pero no sera definitivo porque hay cuestiones legales que ellos no te diran en la misma respuesta y que es mejor saberlas o sacarselas con un abogado.

      el modelo se obtiene online en cualquier pagina, aqui en gerencie te proporcionan una solo debes poner derecho de peticion gerencie en el buscador y mirar en la pagina cuando salga o los titulos abajo.

      exitos

  5. el guarda de seguridad dice:

    quisiera pedirle el favor si me puede ayudar para que me agilisen una liquidacion por haber laboradodo en la empresa de seguridad advisegar entre mayo 11 del 2011 a marzo 31 del 2012 llevo ya 3 meses de no tener respuesta de los señores de esta empresa que tiene manejo en medeliin pero radica en bogota con nit 860350044-5 con direccion calle97 a 51-66 la castellana suba-cundinamarca tel 6350924 6348201 y en medellin calle10a 40-30 el poblado tel 3120495 cel del señor alvaro muñoz encargado en medellin 3138837434 que yo le pregunto por mi platica y me dice que demanden el tiene ahora puestos con la loteria de gana en medellin pobres trabajadores que al terminar con la empresa atodos se les quiere hacer el loco con la plata estoy como con 7 compañeros a Ellos que no les a dado la liquidacion ya fui ala oficina del trabajo el dueño de la empresa en bogota se llama RAFAEL RICARDO ESPARZA RHENALS con tel 6370177 – 2133704 esto es ya ser muy atrevidos jugando con la platica ajena y ellos riendosen delos pobres

  6. patricia dice:

    tengo una inquietud,cuando se elabora un derecho de peticon personalmente me notificaran la respuesta o tendre q ir a donde la radique para recibirla. agradesco a quien me pueda contestar gracias

    • juan pablo dice:

      tienes esas 2 opciones, lo normal es esperar que el correo te lleve la respuesta xq para eso es que te piden un lugar para recibir notificaciones, pero yo en lo personal y por practica, dependiendo de la importancia de la respuesta, o urgencia que tenga, me gusta ir personalmente el dia 16 habil porque se supone que ellos tenian 15 dias habiles y el 16 ya la rta debe estar impresa…..asi evitas que el correo se demore casi 5 dias en notificarte……a mi me antes me llegaban respuestas al dia 19, 20 y hasta 22 y al observar bien el sobre me daba cuenta que la empresa o a quien se la remiti la habian enviado x ejem, el dia 17 y el correo urbano o local se demora casi siempre 2 dias mas, x eso nunca me llegaban el dia 16 como se supondria………….ahora, hubo un caso con la empresa de acueducto xq fui el dia 17 e incluso no habian impreso su rta, me toco esperar a que la redactaran bien y la imprimieran, x supuesto me pidieron disculpas…..asi que te recomiendo que no confies de esos 15 dias, puede ocurrir como es normal que interpongas accion de tutela xq ya van 5 dias despues del dia 15 y aun nada, pero resulta q cuando el accionado o tutelado-el q no t respondio- devuelve o contesta la tutela dice casi siempre q si t la respondieron y q es culpa del correo urbano q no t la ha llevado…….analizalo y veras q es asi, consejo: si vas a esperar la rta nunca esperes mas de 5 dias.

  7. Yolanda dice:

    liquidaron la libreta militar de mi hijo muy costosa,$ 1.900.000 solicite la reliquidacion al dia siguiente sin recibir respuesta de donde me liquidaron, pase derecho de peticion a la zona de cali ya han pasado 16 dias sin respuesta, ya casi se cumple la fecha que figura en el recibo para cancelar esa gran suma Necesito que me orienten. gracias.

    • juan pablo dice:

      hola yolanda,

      para q la consulta sea mas completa favor anexar datos del xq va a pagar esa suma tu hijo, es decir era remiso?…era infractor?…cuando se graduo del colegio….se le aplazo la ida al distrito etcc…esto xq con base en estos datos te podré explicar si hay abuso o no de parte del distrito militar de cali……desde ya te digo q la las normas vigentes en cuanto a definicion del servicio militar dicen q el remiso…ojo….solo los remisos deben pagar 2 slarios minimos cada año q ha pasado y no han definido su situacion militar, cosa distinta es para los infractores, a ellos se les aplica un 20% de un salario minimo anual x cada año q pasado….para la liquidacion se tiene en cuenta tu patrimonio, x eso ellos t piden el certificado de agustin codazzi, a eso le sacan un porcentaje y sumado a las multas y al 15% de un slario mino x concepto de laminacion—–q es d mala calidad—-eso t da el valor total q debe ser cancelado en fechas precisas so pena d aumentar x intereses…..ahora tu peticion ya puede ser solicita x una tutela, debes interponer una accion de t..x violacion del derecho de peticion, esa tutela es para q ellos t respondan negativa o positivament no para q tu hijo no pague ok….espero tu confirmacion de datos.

      • Yolanda dice:

        Hola Juan Pablo gracias por tus consejos, mi hijo es promocion, 2009, y se dieron libreta mil. provisional, en estos momentos esta estudiando en la universidad, lo que veo es que lo liquidaron sin tener en cuenta que tiene un hermano mayor(22 años)y uno menor.(15 años).
        Noto con extrañeza que les hacen llenar una cantidad de documentos pero al momento de liquidar no leen, la conformacion del nucleo familiar, (es primordial para la liquidacion).

        • juan pablo dice:

          ok mujer,

          bueno t digo q el hecho d estar aplazado x ser estudiante significa q el tiene la posibilidad d terminar toda su carrera sin pagar un peso x concepto d libreta xq asi lo dice la corte c….ahora bien es recomendable q faltando un año para graduarse la saue xq la necesitara para el grado, un consejo mujer: si aun no ha ido a al distrito a decir q esta estudiando carrera ( esto xq cuando fue aplazado seguramente le dijeron q cuando cumpliera 18 años se presentara en fecha cierta…)…el, deberia buscarse un trabajo ojala a termino fijo con algun amigo, y despues q vaya al distrito con un certificado laboral ojala con 3 meses d estar trabajando minimo y diga q el quiere sacar la libreta pero como independiente, esto xq el mismo decreto segun una nueva sentencia d la corte t permite q cuando tu tengas patrimonio, digas q tu la vas a sacar con tu plata d acuerdo a tus bienes, como t das cuenta, si el trabaja y dice x ej, q vive en casa d una tia o d su novia, el no esta obligado a poner un certificado d agustin codazzi d los padres sino uno d el, y como el no tiene bienes la libreta le saldra mas barata, esto es un consejo d practica……otra cosa, cuando se le cumpla el tiempo d ir al distrito x tener 18 años o el tiempo d aplazamiento q le dieron, el tiene q ir XQ SINO VA LE PUEDEN LLAMAR REMISO y debe pagar 2 salarios anuales, cuando el tenga q ir dile q vaya pero q diga q el no va a pagar la libreta aun xq esta estudiando y la corte dice q el debe terminar su carrera, ellos debe darle un certificado d haberse presentado y q posteriormente se le hara la liquidacion,,,..esa es la solucion a tu caso, cualquier duda y x restricciones d esta pagina de gerencie, remitela a mi correo con gusto t respondere..

  8. XIMENA RIOS dice:

    Mi padre interpuso proceso ejecutivo para lograr el pago del 14% por conyuge a cargo, el ISS cumplio una parte de la sentencia que fue el pg de unos meses y el pg del retroactivo pero la que dice que debe seguir cancelando esto mientras se cumplan las condiciones no. ya se metio derecho de petición y no la contestaron, fuimos al ISS se dejo una carta y tampoco la contestaron, se metio accion de tutela y el ISS tampoco contesta nada ¿Alguien me puede informar que debo hacer? ¿Que paso debo seguir? Agradezco la colaboracion pues la situacion economica de mis padres es precaria

    • juan pablo dice:

      hola ximena,

      respecto al proceso ejecutivo me supongo que fue ejecutivo laboral, deberias ser mas clara cual fue el proceso en si y que dice en la parte resolutiva de la sentencia, esto por cuanto asi podré darte una mejor asesoria sin suponer…..respecto a la accion de tutela que ganaste en contra del iss antiguo, lo que debes hacer es solicitarle al juzgado que la tramitó, con el mismo radicado que te adelanten un incidente porq el iss no da cumplimiento a la tutela…es todo, el mismo juez seguramente le dara tramite rapido y llamara a responder al iss el xq no actua y cumple, y si encuentra meritos podria sancionarlo economicamente….me cuentas como t va.

  9. rosario cortecero olea dice:

    Rosario dice:
    Junio 7 de 2012

    Actualmente estoy recogiendo mi tiempo para efecto de adquirir la pension tengo 23 años de servicios y 56 de edad, pero la Alcaldia Distrital aun a la fecha no ha enviando mis aporte por pension al Seguro de 15 años, es mas en ente que actualemnte trabajo es con la Secretaria de Educacion Distrital, y ellos estan llamando que debo irme del puesto sin realizar los tramites pertinentes.

    • juan pablo dice:

      hola rosario…

      te cuento que debes solicitarle a la alcaldia a traves de un derecho de peticion que ha pasado con tus aportes, esto a efecto de constituir la prueba para una eventual accion de tutela x violacion a los derechos adquiridos y al minimo vital, esas semanas q cotizaste a pension deberian estar recogidas en el seguro xq eso no desaparece x cambio de empleador, asi que solicitaselos a ellos y al mismo seguro social, respecto a la solicitud de despido casi indirecto de la secretaria de ed, eso es solo presion, no lo ignores, pero no obedezcas, para sacarte deben tener una justa causa y la falta de tramites a efectos de adquirir la pension no es causal de despido, te recomiendo que te cures en salud y busques un abogado que sepa de tramites en pension para que te proteja, no quiera ser y se aprovechen de ti….suerte en eso, me cuentas.

  10. VICTOR ANTONIO MOSQUERA dice:

    Mi esposa tuvo un aborto hace 10 años, despues de 2 años presentó miomas en la pared endometrial, pero el ginecologo dijo que solo se podia practicar con una histeroscopia pero que la EPS no la cubria, cuando solicite mediante derecho de petición a la EPS, me dijo que debia presentar un diagnóstico del GINECOLOGO, y cuando le dijimos a este galeno que lo hiciera, me dijo que habia que hacer unos examenes específicos, y cuando me los ordenó, ya era demasiado tarde porque se le habían bajado unos niveles a mi esposa y no podia tener hijos, pero este exàmen lo debió hacer antes, puesto que mi esposa menstruaba normal y y tuvo que pasar 8 años para que pudieran hacer el exámen, ayudénme que puedo hacer, eso nos ha afectado mucho especialmente a mi esposa, pues no hace sino llorar

    • juan pablo dice:

      victor lamento mucho eso, de entrada hay un problema y es el aborto, sucede que hace 10 años el aborto era delito en colombia, se consideraba un infanticidio, fue a raiz de la sentencia de la corte constitucional que se permitio el aborto en 3 casos especificos a partir del 2006, entonces eso podria traerle a ella un problema juridico xq podria estar el delito no prescrito y la fiscalia podria investigarla, sobre la actuacion de la eps me parece que el procedimiento fue correcto segun tu lo detallas, xq no veo culpa en el actuar de quien ordena los examenes y en el transcurso de ese tiempo al paciente le ocurre una enfermedad o algo malo en su salud, lo que debian hacer realmente era acelerar el tratamiento solicitandole al medico tratante que le ordenen las citas lo mas cercano posible…espero mas datos xq no veo responsabilidad medica sino penal amigo.

  11. orance diaz dice:

    necesito las consideraciones especificas para una acción de tutela, un derecho de petición gracias

  12. Víctor Manuel dice:

    Hola,
    saludos a todos.
    Quisiera saber que se puede hacer en el siguiente caso:
    Mi padre por problemas de violencia en la región en donde vivía le tocó vender una parcela pequeña a precio por hectáreas a 300 mil pesos aproximados. Hoy en día que la seguridad ha vuelto es misma tierra está a más de 5 millones por hectáreas. La pregunta es: Mi padre puede pedir algún tipo de indemnización o algo así, pues el vendió por la presión de que se estaba quedando solo en la zona, y prácticamente regalo la tierra para recuperar algo de lo invertido, casi todas las familias vecinas de el se desplazaron por muertes violentas y amenazas. El ahora está en una situación difícil, tiene 74 años, y ahora depende de los hijos. Gracias por una orientación

    • juan pablo dice:

      hola victor,

      tarde pero llega la rta….en el derecho civil colombiano existe una figura que se llama lesion enorme, esta se aplica tanto al vendedor como al comprador; entonces te la explico con tu ejemplo, tu padre vendio a menos del precio real, esa es la lesion enorme para el vendedor y consiste en vender algo a menos de la mitad de lo que deberia valer segun certificados del bien inmueble, la lesion enorme de comprobarse le da la posibilidad al vendedor o comprador de 1-recuperar su bien inmueble o 2- reajustar el precio, en tu caso tu padre deberia recibir el precio en dinero de lo que valia realmente y x lo q el deberia haber vendido, si la hacienda costaba x ejemplo 10 millones, y recibio menos de 5 que es la mitad, el puede alegar lesion enorme para el vendedor, eso te permite rescindir o sea anular para que entiendas, el contrato de venta, tu puedes pedir o la anulacion o rescicion o pedir perjuicios o aceptar la venta siempre q el comprador te pague lo q hace falta….si el te dio 2 millones en mi caso, tendria q pagarte los 3 o 4 q faltan para q no exista lesion enorme, ojo….la ley dice en el codigo civil q tienes 4 años contados desde la venta para reclamar, de lo contrario ya no puedes, xq ya hay prescripcion de la accion en 4 años, pero segun tu caso como fue en una zona de violencia debes tener en cuenta que quiza si es procedente pero otro tipo de acciones ordinarias basado en que habia miedo, terror etc….urgente como no dices cuando vendio, me avisas y solicita a un abogado ya mismo si aun puedes demandar la venta.

  13. edilberto martinez dice:

    gracias por su atención, cualquier sugerencia por favor hacérmela llegar al correo edilbertollanos@hotmail.com

  14. edilberto martinez dice:

    Muy respetuosamente les solicito me asesoren en el siguiente caso:
    solicite un derecho de petición sobre un plan de contingencia para la movilidad del municipio de soledad atlántico, dicho respuesta por parte del representante legal del instituto de transito de soledad fue que le diera 20 días para elaborar dicho plan, cosa que no ocurrió, por lo cual afectue una acción de tutela, a los 5 días después por parte del asesor jurídico del instituto se me presento un escrito el cual el señor jefe operativo del instituto de transito siguiere varios puntos sobre la movilidad pero de contingencia no tiene nada, ¿que escrito hago sobre al respecto y si hay sanción para el representante legal por omitir un plan el cual estaba estipulado en un convenio firmado con fecha de junio del 2011, ademas se sintió afectado toda la comunidad del municipio por falta de agentes que regularan la movilidad?

    • juan pablo dice:

      sr edilberto,

      el paso a seguir es hacer la accion de tutela a traves de un incidente de cumplimiento xq ya tu la ganaste antes, eso se hace ante el mismo juzgado….puedes optar x hacer una accion de cumplimiento antes los juzgados administrativos xq el demandado fue una autoridad publica y respecto a los funcionarios te recuerdo q ellos se someten a la constitucion y las leyes como todos, x eso existe un codigo disciplinario q deben obedecer y la omision en sus deberes es sancionable, si kieres meter algo de presion como se dice solicitale a la procuraduria de tu municipio q investigue x la omision del plan…

  15. Javier Pereira Monsalve dice:

    De manera cordial me permito aclarar un aparente error del escrito. Concluye la nota que “cuando al no dar respuesta al derecho de petición se vulnera un derecho fundamental, el ciudadano puede recurrir a la acción de tutela”. El derecho de petición es de por sí un derecho fundamental, artículo 23 de la Constitución Política. Hay abundante jurisprudencia de la Corte Constitucional en revisiones de tutela interpuestas por violación del derecho de petición. Ante un derecho de petición el funcionario requerido está obligado a resolver de fondo el asunto instado. Una respuesta vaga o displicente es violación del derecho, afirma la Corte. Ésta agrega que el funcionario requerido debe hacer un esfuerzo para interpretar cuál es la inquietud del solicitante y actuar en consecuencia.

  16. jaime velandia ravelo dice:

    soy beneficiario de un credito del FOFAD para posgrados. la ayuda es de dos millones de pesos en dos cuotas. periodo 1/2011 periodo 2/2011. Hasta la fecha no me han girado ningun abono, pero a mis compañeros si les han hecho ambos pagos. Todos mi documentacion esta completa y el estado del credito se encuenta en concepto juridico viable que es un previo al giro del dinero. A pesar de los multiples reclamos el año pasado no me contestaron. Interpuse el 20 de febrero del 2012 un derecho de peticion dirigido a la oficina de FOFAD del icetex reclamando por el no pago a la universidad de los dos giros, pero hasta la fecha solo me informan de tres prorrogas y no me solucionan nada. Es preciso interponer un derecho de tutela?, Yo ya termine mi carga academica en la universidad, aprobando la especializacion en educacion que estaba haciendo y estoy pendiente del grado, que no se me ha efectuado debido al no pago de este credito de fofad. Gracias por su ayuda.

  17. Maximo Garzon dice:

    Por mal trato por parte de un medico de salud total eps presente queja ante su junta directiva y su gerente de servicio al cliente hace un mes y no he obtenido respuesta,que debo hacer para que esto no se quede asi y este sr.siga haciendo de las suya con los pacientes?

  18. carlos esteban lopez dice:

    un familiar presento un derecho de petición a pensiones del seguro social, a fin que le respondan el porque no le están pagando la incapacidad que se la suspendieron a los 180 días de estar incapacitado y ya lleva 530 días en la misma situación y a el le declararon según dictamen de los médicos que lo atienden, epilepsia sin probabilidades de rehabilitación y aun la junta calificadora de invalidez permanente no le ha emitido un fallo al respecto, estas anomalías se solicitaron resolver a través de un derecho de petición hace 40 días sin obtener hasta ahora ninguna respuesta, el quiere instaurar una acción de tutela en que términos la debe hacer, pues al permanecer incapacitado y no recibir ningún pago a esa incapacidad le están negando la protección constitucional del mínimo vital de vida.

    • HELMER ARKADIO dice:

      Estimado Carlos Esteban:
      Ante la situación que manifiesta, le digo que es procedente instaurar el derecho de tutela, le comento que està en mora y debe asesorarse de un profesional (abogado Administrativo etc.)puesto que la incapacidad que manifiesta ya traspasó los límites de Ley y le da el derecho al reconocimiento de la pensión a su tío por las causas que Usted expresa y también por negligencia médica al estar violando y dilatando el procedimiento en reconocer la incapacidad mèdica.

  19. Maria Teresa dice:

    Buenas tardes
    Mi padre fallecio hace 8 meses quien era pensionado, mi madre radico los documentos en agosto para solicitar la pension ella tiene 90 años padece de un cancer y artrosis quedo desvinculada de la EPS hasta que no salga la resolucion, llamamos al CAP de pesion y la computadora responde que aun no se encuentra el numero de la cedula registrado. por el estado de salud de mi madre es dificil acercarce enviamos un derecho de peticion y no lo quisieron recibir, lo volvi a enviar por correo servientrega el 15 de febrero a la fecha no me han dado respuesta que debo hacer
    gracias por la orientacion

  20. JENNIFER dice:

    TENGO UNA PENSION DE SUPERVIVENCIA EN CONDICION DE ESTUDIANTE DEJADA POR MI PADRE, ESTOY EMBARAZADA Y ME DIJERON QUE NO RECIBIRIA EL PAGO DE LA LICENCIA DE MATERNIDAD POR SER PENSIONADA, MI PREGUNTA ES PORQUE NO LA PUEDO RECIBIR SI DE UNA U OTRA FORMA ME ESTAN DESCONTANDO EL PAGO DE SALUD???

    • sapo dice:

      Respetada baga…. como quiere usted tener dos beneficios ya tiene pensión y le pagan por no hacer nada y a hora quiere que le pagen por tener chinos… que desfachates… que mas quiere que le estan pagando cada mes una pensión por no hacer nada…..

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