¿Acumular las vacaciones implica perderlas?

Una de las inquietudes que recibimos en esta semana, tiene que ver con la acumulación de las vacaciones, puesto que algunas personas temen que al acumularlas se pierdan.

Entendemos la acumulación de vacaciones como el hecho de no disfrutar de las vacaciones una vez se alcanzado ese derecho, sino que se prefiere esperar un año o más para disfrutar de un mayor tiempo de vacaciones.

Sabemos que por cada año de trabajo el empleado tiene derecho a 15 días hábiles de vacaciones, y si se espera tres años, por ejemplo, el trabajador podría disfrutar de 45 días hábiles de vacaciones.

El derecho a las vacaciones no se pierde sino por prescripción, lo cual sucede 3 años después de causado el derecho, según lo establece el artículo 488 del código sustantivo del trabajo.

Pero respecto a las vacaciones, la prescripción se cuenta a partir del momento en que el trabajador puede exigir las vacaciones, lo cual sucede un año después de haberse causado, según se interpreta del artículo 187 del código sustantivo del trabajo.

Así las cosas, la prescripción de las vacaciones sucede 4 años después de haberse causado el derecho a ellas.

Por ejemplo, si el trabajador ingresó a trabajar el 01 de enero de 2005, su derecho a las vacaciones nació el 01 de enero de 2006, luego la prescripción de las vacaciones correspondientes al año 2005 sucederá en el 01 de enero de 2010, fecha hasta la cual podrá acumularlas sin perder el derecho.

Quiere decir esto que el trabajador puede acumular las vacaciones por un periodo máximo de 4 años, debido a que pasados estos perderá el derecho a exigirlas legalmente.

19 / 12 / 2010

Opinar o comentar

28 Opiniones en “¿Acumular las vacaciones implica perderlas?”
  1. lina maria sanabria dice:

    yo he solicitado mis vavaciones en varias opornunidades y el empleador no me las ha dado tambien perdi el derecho a ellas. quisiera saber si puedo interponer alguna demanda legal, pofa me colaboran

  2. Ingrid Mercado dice:

    tengo 2 periodos de vacaciones venciodos a cuanto dias de vacaciones tengo derecho si mi tiempo de trabajo son 6 años

    • JURIDICA 2 dice:

      Debes tener en cuenta que por cada año laborado, tienes derecho a 15 días hábiles de vacaciones (de conformidad con los días que para tu empresa sean habiles, ya sea de lunes a viernes o de lunes a sábado, en ningun lugar ni los domingos o festivos así trabajes esos días se contarán como hábiles), es decir, como tienes acumulados dos periodos de vacaciones, es decir dos años de trabajo, tienes derecho a 30 días hábiles. Espero haber respondido satisfactoriamente tu inquietud. Buen día.

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