Recursos contra sentencias laborales de única instancia

Los procesos laborales de única instancia se caracterizan precisamente por no tener la posibilidad de recurrir a una segunda instancia, pero ello no significa que no existan recursos o alternativas para el trabajador en caso que las sentencia judicial le sea desfavorable.

Qué hacer cuando la sentencia de única instancia es adversa.

Cuando la sentencia dictada por un juez es adversa total o parcialmente a una de las partes, estas pueden apelar la sentencia a la siguiente instancia, donde se tiene la posibilidad de cambiar la decisión del juez de primera instancia.

Proceso laboral de única instancia.Los procesos laborales de única instancia son aquellos en el que las pretensiones de la demanda son inferiores a 20 salarios mínimos mensuales.

Pero tratándose de procesos laborales de única instancia, en caso de una sentencia adversa el trabajador este difícilmente puede conseguir revertir o cambiar la decisión judicial, precisamente porque no hay otra instancia a la cual recurrir.

En los procesos de única instancia un juez puede fallar contra el derecho, ignorar una prueba o una excepción, y el afectado poco puede hacer para conseguir que se le haga justicia ante la imposibilidad de apelar la sentencia.

Recursos contra sentencia de única instancia.

Los recursos en procesos laborales de única instancia son los siguientes, aunque no se son recursos propiamente dichos:

  1. Grado jurisdiccional de consulta.
  2. Acción de tutela.

Las sentencias laborales de única instancia podrán ser consultadas en el superior jerárquico cuando resulten completamente adversas según lo señala el artículo 69 del código procesal del trabajo.

Grado jurisdiccional de consulta laboral.

Señala el inciso segundo del referido artículo 69 del código general del proceso:

«Las sentencias de primera instancia, cuando fueren totalmente adversas a las pretensiones del trabajador, afiliado o beneficiario serán necesariamente consultadas con el respectivo Tribunal si no fueren apeladas.»

Si bien la norma sólo hace referencia a las sentencias de primera instancia, la Corte constitucional hizo extensiva la consulta a las de única instancia en la sentencia C-424 del 2015.

El requisito para el grado de consulta es que la sentencia haya sido totalmente adversa al trabajador, es decir, cuando no ha prosperado ninguna de sus pretensiones, de modo que, si tan sólo una de sus pretensiones ha prosperado, no procede el grado de consulta.

Acción de tutela contra sentencia de única instancia.

La acción de tutela es otra opción para conseguir la revisión de una sentencia laboral de única instancia cuando el juez ha sentenciado contrario al derecho o a las pruebas, o las ha ignorado.

Se requiere que el juez sentenciador haya violado abiertamente un principio fundamental como el debido proceso y el derecho a la defensa, cuando decide de forma arbitraria contra los hechos y la ley.

Existen varios antecedentes tutelas contra sentencias judiciales que han prosperado en diferentes instancias.

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