Al régimen simplificado no se le aplica Reteiva, se le asume Iva

Cuando un responsable del régimen común la compra bienes o servicios al régimen simplificado, no se le aplica reteiva sino que se le asume el Iva, lo cual se hace mediante el mecanismo de retención en la fuente, pero el Iva asumido es concepto  es muy diferente a la retención por Iva. L

La razón es que los responsables del régimen simplificado no cobran ni facturan Iva, luego no habrá base de retención por Iva, puesto que el Iva se retiene es sobre el Iva que cobra y factura el vendedor algo que no puede hacer el responsable del régimen simplificado.

En cambio, lo que si se hace es asumir el Iva que teóricamente debía cobrar el régimen simplificado si perteneciera al régimen común, Iva que se asume mediante el mecanismo de retención en la fuente pero que no se puede confundir o asimilar con el reteiva.

Aunque en la practica el resultado son prácticamente iguales, la obligación de retener Iva y de asumir Iva diferentes puesto que la primera sólo es aplicable al régimen común y la segunda sólo es aplicable al régimen simplificado.

02 / 06 / 2011

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56 Opiniones en “Al régimen simplificado no se le aplica Reteiva, se le asume Iva”
  1. NICOL dice:

    Hola tengo una duda, si yo vendo una mercancia con iva al regimen simplificado ellos me retienen algo????? gracias por la ayuda

    • CARLOS GARCIA dice:

      El regimen simplificado no debe efectuar ningun tipo de retenciones,si las llegare a wfectuar esta en la obligacion de devolver lo retenido.

  2. LORENA dice:

    Hola trabajo en una constructora y existen caros contratistas del regimen simplificado a los cuales se les cancela por corte de obra. Al momento de cancelarle les practicamos retención de garantía, retención en la fuente y tétrica, mi pregunta es les debe practicar retórica si – no . Donde puedo soportar esta respuesta bajo q normatividad? Gracias por tu respuesta.

  3. andrea gomez dice:

    Hola me ayudarían en consultar como se liquida el valor a pagar de retencion del mes…. muchas gracias

  4. Fernando dice:

    yo como regimen simplificado debo facturar y cobrar iva o puedo elaborar factura sin este impuesto tratandose de servicios por conferencias?

  5. juan esteban isaza dice:

    pertenesco al regimen simplificado y este mes el valor de los servicios prestados y de las ventas supero el tope permitido.
    favor decirme que debo hacer para evitar multas o sanciones por parte de la dian.

    • Edgar Nazate dice:

      Juan, lo primero es estar seguro de los topoes para pertenecer al regimen comun, y si esta dentro de los maximos topes debe primero actualiar el rut en la dian y posteriormente solicitar a la dian la resolucion para que inicie a facturar

  6. andres najera dice:

    Tengo una comercializadoara internacional dedicada a la exportacion de artesanias y entre mis clientes a quienes les compro hay regimen comun y simplifcado.La mayoria son artesanos cuyos volumenes de venta anuales no da para declarar renta.Segun concepto de la contadora tengo que aplicarles a todos la normativa geral de retencion en la fuente.¿Es esto cierto?

    • Oskar dice:

      Supongo estas obligado a llevar contabilidad, si debes practicar retención en la fuente pues este es un concepto del impuesto de Renta,la clasificacion de régimen comun y regimen simplificado es un tema del impuesto de Iva al reg simplificado no se factura iva.

  7. Ana Maria Cadena dice:

    Buen Día, mi pregunta es la siguiente: YO soy del Régimen Común (RC), y compre un producto a una persona de Régimen Simplificado (RS), qué retenciones debo hacer? Si no estoy mal la persona de RS no cobra IVA; pero yo como RC debo hacerle la retención sobre el producto que el me vendio?
    Muchas Gracias

    • Oskar dice:

      Hola Ana Maria,

      No debes facturarle iva al regimén simplificado, si debes practicarle retencion en la fuente segun el concepto (compras 3,5% servicios 6%…etc), como eres del régimen común debes llevar contabilidad donde se registra la retencion de iva cuenta 2367 crédito y 2408 debito, pero NO se le descuenta este valor a la persona del regimen simplificado solo retencion en la fuente.

      saludos,

  8. Henry dice:

    Debo impuestos de reteiva y retefuente desde el 2008,hay la posibilidad de pagar pero sin los interreses

    • Edgar Nazate dice:

      Henry, debe asesorarse con un contador para que inicien a liquidar las sanciones pertinnete y el pago por estos conceptos ya que muy pronto es posible que le llegue un requerimieto

      • gladys hernandez dice:

        henri en caso de que no lo requieran en 5 años prescribe la accion y nada pueden cobrarle; ya lleva 4 años. pero la verdad es que la sancion no se puede evadir y a usted le cobran hasta la risa. el porcentaje cambia ahora con la reforma tributaria y los intereses los paga porque los paga. el estado no perdona nada. asesorece bien y tome una buena decision.

  9. betty dice:

    graficamente

    cmo serian los registros contable de las operaciones entre los regimenes, es decor operaciones de compra y venta ??????

  10. yennifer dice:

    Buenos días mi empresa es régimen simplificado personas naturales entonces que impuestos debo aplicar si le compro a otra empresa del mismo régimen?????

  11. MARIA JOSE C dice:

    HOLA SOY REGIMEN SIMPLIFACADO TENGO UN TALLER DE MECANICA , CUANDO UN CARRO RESULTA SER DE UNA EMPRESA ME PUEDEN HACER RETENCION. SI Y PORQUE? COMO PUEDO HACER PARA QUE NO LA HAGAN? O QUE ARGUMENTO DOY PARA QUE NO LO HAGAN?
    GRACIAS POR LA RESPUESTA

    MARIA JOSE

  12. Jose Hernando H dice:

    Una Empresa Juridica no responsable de IVA por facturar servicios exentos, Debe calcular el iva asumido? si la respuesta es si como se lo descuenta si no está obligaco a presentar declaración de IVA ?

  13. olga dice:

    Buenos dias:

    a una persona natural regimen simplificado le hacen reteiva y le dan certificados de reteiva esta puede descontarlos en su declaracion de renta, ejemplo es un Doctor independiente, pero en una parte que el trabaja con honorarios es en una empresa de Seguridad y le hacen reteiva y retencion enla fuente.le dan un certificado de retencion por iva, y otro por retencion en la fuente.puede descontarlo o no en su declaracion.tanto como el de retencion en la fuente y de iva.

    gracias

    olga

    • Jose Hernando H dice:

      Olga el procedimiento fué erroneo, debe solicitar la devolución del reteiva a quien se lo realizó esto es a la empresa de seguridad

  14. EMERSON AMUD GIL dice:

    LA RESPUESTA ES NO. SOLO LO PUEDE HACER SI EL QUE RETIENE ES REGIMEN COMUN GRAN CONTRIBUYENTE Y EL RETENIDO ES REGIMEN COMUN.

    EMERSON AMUD GIL
    3158116178

  15. LUZ dice:

    ¿UNA PERSONA NATURAL DE REGIMEN COMUN LE PUEDE APLICAR RETENCION EN LA FUENTE A OTRA PERSONA NATURAL DEL RÉGIMEN COMUN?

  16. Víctor A. Pardo Q dice:

    Con extrañeza se lee en esta página el título:
    “Al régimen simplificado no se le aplica IVA, se asume el IVA”.

    Segun ustedes lo establecido por la ley 223/95 y el Art. 437-1 del E.T., no es una retención, sino un impuesto más para los retenedores. O sea, estan cambiando (“motu proprio”) la naturaleza de la retención, por el pago de un impuesto a cargo de otro contribuyente.

    Olvidan que el reteiva, se creó como un mecanismo de control a los contribuyentes, entre los cuales están, naturalmente los de régimen simplificado.

    La responsabilidad del retenedor se limita a: retener, declarar, consignar y certificar, no de ASUMIR.

    Por el contrario, al retenedor le asiste el derecho de perseguir las sumas retenidas en cabeza del contribuyente, en este caso, del régimen simplificado.

    Es verdad que el actual mecanismo, absolutamente positivista, no lo permite.
    Pero asumirlo como impuesto pagado es inequitativo y se convierte en un pago de lo no debido.(No sería deducible en estricto sentido).

    La explicacion que ustedes ofrecen a los lectores es totalmente confusa y carente de principio; y para rematar, con muchas contradicciones, que darían para una larga exposición.

    • betty dice:

      HOLA VICTOR, YA Q DOMINAS BN ESTE TEMA, ME HACER EL FAVOR DE ENVIAARME A MI CORREO ELECTRONICO, ESTE: betyc23@yahoo.com , como seria el registro contable entre la compra y venta de mercancias entre el regimen comun al regimen simplificado . quedo atenta.

      La verdad, esto del iva asumido a los de regimen simplificado, me tiene muy confundida.

  17. Carmen Villamizar dice:

    Buen dia:

    Quisiera que me ayudaran con la siguiente inquietud respecto a su articulo. Si su concepto es que no se retiene iva al regimen simplificado, ¿por que el formulario 350 de la dian para presentacion del iva, en el bloque de RETENCIONES A TITULO DE VENTAS (IVA), en el renglon 46 consgina: “por compras y/o servicios a responsables del regimen simplificado?

    Me parece que entre el concepto de ustedes y el formulario habria una inconsistencia. o ¿cual seria la interpretacion correcta?

  18. Carmen Villamizar dice:

    Me queda una duda sobre este articulo: segun este concepto de que no hay iva retenido sino iva asumido en el caso de operaciones entre el regimen comun y el simplificado, ¿por que entonces el formulario 350 de la Dian para la presentacion del iva dice textualmente en la casilla 46 de Retenciones por Iva “Por compras y/o servicios a responsables del regimen simplificado”?; el concepto de ustedes pareciera que entra en contradiccion con el formulario. Me podrian aclarar esto, por favor?

  19. EMERSON AMUD GIL dice:

    Actualiza el RUT, Excluye la Obligacion 11 – Ventas Regimen Comun e incluye la Obligacion 11 – Ventas regimen simplificado

    Aunque a ti no te toca presentar ni iva ni retefuente por que segun lo que dicdes eres del regimen simplificado, solo se presentan las declaraciones en las que en dichos periodos tengas movimientos, si no tienes retenciones practicadas ni ivas facturados, no las presentas nisiquiera en ceros.

    EMERSON AMUD GIL

    3158116178

  20. diana suarez dice:

    Buen dia quisiera que me colaboraran con esta pregunta

    Una persona inscrita en el régimen común por error, toda vez que sus operaciones son excluidas que debe hacer?
    a. En sus operaciones no cobra impuesto a las ventas.
    b. Está obligado a presentar declaraciones de IVA en ceros.
    c. No lleva en su contabilidad cuenta mayor de IVA.

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