Aportes a seguridad social de los trabajadores independientes en periodo de incapacidad o licencia de maternidad

Cuando un (a) trabajador (a) independiente está incapacitado (a) por riesgo común o se encuentra en licencia de maternidad, hay que seguir aportando al sistema de seguridad social en salud y pensión, y para ello se aplican unas reglas un tanto diferentes a las que se aplican a trabajadores dependientes.

En primer lugar, el aporte a pensión corresponde en su totalidad al trabajador independiente, más no así los aportes a salud.

Sobre el respecto dice el artículo 40 del decreto 1406 de 1999;

“…Serán de cargo de los trabajadores independientes, la totalidad de las cotizaciones para el Sistema de Pensiones que se causen durante el periodo de duración de una incapacidad o una licencia de maternidad. En el Sistema de Salud, serán de cargo de dichos trabajadores la parte de los aportes que de ordinario corresponderían a los trabajadores dependientes, y el excedente será de cargo de la respectiva EPS.”

Así las cosas, en caso de incapacidad o licencia de maternidad, tratándose de los aportes a salud, el trabajador independiente aportará el 4% que le será descontado de su auxilio de incapacidad, y la EPS aportará el restante 8.5%.

Recordemos que el valor de la incapacidad no puede ser inferior al salario mínimo o su equivalente si la incapacidad es inferior a un mes, y que la base de aportes no puede ser inferior a un salario mínimo mensual.

16 / 07 / 2011

Opinar o comentar

37 Opiniones en “Aportes a seguridad social de los trabajadores independientes en periodo de incapacidad o licencia de maternidad”
  1. incapacidad dice:

    hola, deseo saber si es cierto que yo como trabajadora independiente no tengo derecho a que me paguen una incapacidad, porque los pago los he echo en fechas posteriores a las estipulada por por la eps, pues me parece imjusto, ya nunca he dejado de pagar, que he pagado en otras fechas si, pero aún asi no me he atrazado en ningún mes.

  2. diana mendivelso dice:

    hola buenas tardes tengo una pregunta mi suegra es cotizante independiente, y tuvo un accidente con agua caliente fue a urgencia con segunda grado de quemaduras y el medico no le quizo dar incapacidad, poruqe segun el como es independiente ella maneja el tiempo a su gusto, y pues no es asi quiero saber, poruqe los medicos no da incapacidad a los independiente segun eso por esta razon,no tiene el mismo derecho de un incapacidad como uno de empleado, poruqe si no pueden laborar se me hace injusto gracias si me responde

    • Juan Pablo dice:

      diana,

      te recomiendo solicitar el pago inmediato de la incapacidad, xq tanto dependientes como independientes tienen similitud de derechos y mas el pago de incapacidades x enfermedad comun, la eps debe pagar hasta 180 dias, si te niegan el pago interponga accion de tutela y cite la tutela 056 de 2009 de la corte constitucional que protege el pago extemporaneo de salud y la incapacidad correlativa con cargo a la eps y en favor de trabajadores independientes.

  3. Astrid dice:

    Buenos días: Si un trabajador independiente no lleva sino dos meses cotizando salud y no pensión, se le reconoce incapacidad médica. Cuál es el trámite a seguir? Gracias

    • Juan Pablo dice:

      astrid,

      los primeros 3 dias debe pagar la incapacidad el empleador al 100%, del dia 4 al 90 y con prorroga hasta 180 paga la eps.

      debes ir a la eps y solicitar la incapacidad de parte de un medico tratante, una vez el la expide y la firma debes esperar los dias segun el caso para poder cobrarla, t reitero del dia 4 al 180 paga la eps.

  4. Isabel dice:

    soy trabajodora independiente y mi EPS me nego pagarme una incapacidad de 30 dias amparandose en el art 14 res 5261 de 1994 que dice que la solicitud del reembolso debe hacerse en los 15 dias sigueintes de la incapacidad, y pues por logicas razones reclame a los 25 dias. soy cumplida en mis pagos y estoy al día con la eps. es valido ese articulo para negar el pago? con q ley me puedo amparar para que me respondan? hay limites en tiempo para reclamar estas facturas? gracias por su colaboración

  5. HERNANDO dice:

    cotizo como trabajador indepen diente tengo 79 años y me rebusco cuidando carros, me acaban de practicar una cirugia en un ojo y el medico me dijo que tenia 30 dias de incapacidad pero no me lo dio por escrito , puedo cobrar la imcapacidad?

    • Juan Pablo dice:

      hernando,

      claro que puedes, la corte constitucional ha protegido a los trabajadores independientes y le exige a las eps que respeten las normas laborales que igual que a los dependientes, se aplican a los independientes por la falta de salario fijo que aquellos reciben.

      revisa el mensaje del PILA ya que alli aparece la fecha de la incapacidad, o solicitalo en la eps, ellos deben dartelo ya que es un derecho del usuario.

  6. Sandra Patricia dice:

    Buenas tardes, mi pregunta es: soy cotizante, mi hija acabo de tener un bebe, me informan en la EPS que no lo cubre, me comunico y me informan el costo y me parece exagerado, los dos dependen economicamente de mi, pero no tengo los medios para sostener este gasto.

    • Juan Pablo dice:

      lo que ocurre sandra es que su hija al momento de dar a luz es como si iniciara su propio nucleo familiar y es ella o su marido o compañero permanente quien debera pagar la cotizacion a salud y pension.

      es factible que la eps no acepte al niño y la desvincule ipso facto, de hecho si fuese ud sola y su hija la beneficiaria no pasaria nada, el problema fue el iniciar un nucleo familiar independiente del suyo como madre.

  7. ana maria rojas dice:

    buenos dias gano menos de un salrio minimo mucho menos y estoy pagando de eps $ 71500 puedo pagar menos ? que puedo hacer a donde puedo acudir?

    • Juan Pablo dice:

      ana,

      como trabajador independiente debes cotizar a salud sobre el salario minimo, es decir en teoria asi ganes menos ellos te exigiran q cotices sobre ese minimo teniendo en cuenta que los independientes cotizan sobre el 40% del minimo o lo que ud devengue, eso se llama ingreso base de cotizacion,con ese resultado ud debe cotizar el 12.5%, en los trabajadores dependientes no es asi, ellos cotizan solo el 4% de su salario,teniendo su empleador que pagar el 8,5.

      ahora hay una opcion cuando no se puede cotizar y es pedirle a un 3 que la ayude a pagar esa cotizacion, eso se llama formato 41 en el sistema pila…es la mejor opcion que ud tiene, dependiendo quien elija para hacer esos pagos como 3 es que tendra exito su aporte a salud.

  8. Yohana Alvarez dice:

    Cordial saludo, soy cotizante independiente solo salud, no pago pensión y certifiqué por notaría la no capacidad de pago y la EPS me la aceptó y vengo pagando así desde mayo 5 de 2011. He pagado mes a mes el aporte a salud y todo este año son 7 meses de pago sin un solo día de mora. Acabo de solicitar la licencia de maternidad y me la han rechazado. ¿Qué debo hacer? Agradezco la asesoría que puedan brindarme.

    • Juan Pablo dice:

      hola,

      tienes todo el derecho a que te la paguen, ellos no pueden decir que xq no cotizas pension no tienes derecho, esto xq ellos te aceptaron como independiente q solo cotiza a salud segun la ley 1250 de 2008, modificada x el decreto 1396 de este año.

      debes interponer accion de tutela para que te concedan el pago de la misma, t recuerdo q se pagara segun el ingreso base de cotizacion q tu declaraste inicialmente.

      es todo, exitos.

      • Yohana Alvarez dice:

        Juan Pablo, muchas gracias. Leí tu asesoría y aún no he interpuesto Acción de Tutela pero te comento que hace unos días el director de la sede de mi EPS en la ciudad me dijo que efectivamente no me la reconocen y me remitió a la normativa del Código Sustantivo del Trabajo, Art 227 y ley 1250 de 2008 para que me informara. ¿Qué opinas al respecto? Mil gracias.

  9. JENNY dice:

    Estoy cotizando solo salud como independiente desde hace dos años y hace un mes tuve bb y me entregaron los documentos para reclamar la licencia por maternidad…. la eps me la nego porq no hago aportes a pension, que debo hacer para que me reconoscan esto ya que la ley empieza a regir apartir de mayo de 2.012 y mi embarazo empezo en septiembre del 2.011…Porfavor ayudenme para no perder este dinero ya q soy inpendiente y dependo totalmente de mi trabajo, y ahora no puedo laborar.

    • Juan Pablo dice:

      Jenny,

      hasta junio de este año existio un decreto que permitia a los trabajadores independientes cotizar solo salud, siempre que ganaran menos de un salario minimo, ese decreto se prorrogo hasta dic 31 de este año x el dec 1396-2012.

      ahora bien, ud cotizo, me imagino como independiente tanto a salud y pension, todo este tiempo…sino es asi y ud cotizo solo salud, entonces ellos deben pagar toda la licencia xq nunca le rechazaron el pago sino hasta que ud solicito la licencia.

      es decir, aceptan dinero pero no pagan la licencia, la ley no rige desde mayo, sino hasta junio y no es ley sino un decreto del gobierno que no importa en tu caso xq lo q esta en juego es el pago de la licencia y ese es un derecho tuyo.

      debes solicitarla x escrito o llenar el formato de pago de incapacidades de ellos, si te la niegan q te den la rta x escrito e interpon accion de tutela rapido para q t paguen la licencia

      hay una formula de pago para independientes pero como no se cuanto ganas, t puedo decir q la ley se modifico a 14 semanas de incapacidad, y a ti te la pagarian segun el ingreso base de cotizacion q tengas.

      exitos

  10. Eleon dice:

    Buenas,

    Trabajo como contratista independiente de una agencia gubernamental, puedo legalizar una incapacidad como independiente ante la EPS luego de una cirugia por enfermedad general.

    • Juan Pablo dice:

      eleon,

      eso de legalizar no se que significa, entiendo que podrias referirte a solicitar el pago de la incapacidad general, de ser asi, claro que puedes hacerlo ante la eps, pero es el medico quien te dira cuantos dias estaras incapacitado a efectos de solicitar el pago de esos dias a la eps.

  11. pilar s dice:

    me gustaria saber cuanto es el monto de una licencia de maternidad de trabajadoras independientes con ingreso de cotizacion mayor a un millos de pesos..mil gracias

  12. pilar s dice:

    buen dia, necesito saber como es el pago de licencia de maternidad en una trabajadora independiente con ingreso base de cotizacion superior a un millon…gracias

  13. lina bedoya dice:

    buenas tardes.
    tengo la siguiente inquietud , una mujer se vincula a salud como independiente y a los dias se da cuenta que esta en embarazo ,en el termino de la gestacion puede solicitar su incapacidad de maternidad?
    es urgente que me ayuden con este tema la persona no sabe que hacer .
    Gracias por la atencion prestada

    • Maria Deisy Sanchez G dice:

      Doña Lina Bedoya

      las licencias se liquidan asi:
      •licencia de Maternidad: 84 días de salario, igual al salario base de cotización. (Paga la EPS)
      tenga en cuenta que debe cumplir los siguientes requisitos:

      Licencia de Maternidad:

      • Cuando el estado de afiliación es COTIZANTE DEPENDIENTE O INDEPENDIENTE.
      • Cuando las cotizaciones al Sistema han sido ininterrumpidas durante todo el periodo de gestación en curso (Decreto 047/00, art. 3).
      • Cuando los aportes se han pagado oportunamente por lo menos durante cuatro (4) meses de los seis (6) meses anteriores a la fecha de inicio de la licencia de maternidad. (Decreto 1804/99, art. 21).
      mas informacion al 321 6085488 o madesaga@gmail.com

  14. Wainer dice:

    Por que razón no ponen la cantidá ala que equivale los aportes que sele deve realizar al trabajador es decir lo que se le paga

  15. DIEGO ANDRES dice:

    Buenos dias una persona independiente con incapacidad temporal debidamente documentada en la eps luego de los 180 dias que debe hacer, solo aporta en salud , gracias

  16. ALIDA dice:

    una persona de la tercera edad afiliada a eps como independiente desde con salario minimo, que no cotiza pension, tiene dos años horpitalizada en centro medico de cuidados paleativos, a que tiene derecho???? como preteger esos derechos si la persona esta inmovil en su cama?

  17. andrea dice:

    la pregunta es: si hay una persona con contrato de prestacion de servicios, puede solicitar licencia no remunerada por 2 meses?, el contrato continua? quien consigue el reemplazo?, el trabajador continua pagando seguridad social?

  18. Fernanda Moreno dice:

    Durante el periòdo de maternidad como persona independiente con un salario base del minimo. La EPS cuanto debe de pagarle por la incapacidad durante el tiempo estipulado? y a donde debe dirigirse para reclamar el pago?

    gracias.

  19. Richard dice:

    cual es el tiempo mínimo que debe tener un contrato para que pueda afiliarse como independiente al sistema de riesgos profesionales. Gracias

  20. VANESSA dice:

    durante el periodo de maternidad como persona independiente con un salario basedel minimo, la EPS cuanto debe de pagarle a la beneficiaria durante este tiempo? y a donde debo dirigirme para reclamar quincenalmente mi salario?.

    • isabel.bermudez dice:

      Favor darme una respuesta a esta pregunta.

      Durante el periòdo de maternidad como persona independiente con un salario base del minimo. La EPS cuanto debe de pagarle a una cotizante durante este tiempo? y a donde debe dirigirse para reclamar el pago?

      gracias.

    • jose alfredo dice:

      en primer lugar tienes que ver en que eps estas afiliada, y recurrir a las oficinas administrativas para que te liquiden la licencia de 14 semanas, liquidadas un 100%

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