Aportes a seguridad social se descuentan de la licencia de maternidad
Los aportes a seguridad social a cargo de la empleada, son descontadas por la empresa de la licencia de maternidad.
Cuando la empresa paga la licencia de maternidad a una trabajadora, debe descontar los aportes a salud y pensión que normalmente están a cargo de la empleada.
Durante la licencia de maternidad, la empleada debe seguir cotizando tanto a salud como a pensión en la parte que normalmente le correspon, y como la cotización es responsabilidad de la empresa, esta debe descontar de la licencia que paga a la empleada, los valores correspondientes.
Así se desprende de la lectura del artículo 40 del decreto 1406 de 1999
Ingreso Base de Cotización durante las incapacidades o la licencia de maternidad. Durante los períodos de incapacidad por riesgo común o de licencia de maternidad, habrá lugar al pago de los aportes a los Sistemas de Salud y de Pensiones. Para efectos de liquidar los aportes correspondientes al período por el cual se reconozca al afiliado una incapacidad por riesgo común o una licencia de maternidad, se tomará como Ingreso Base de Cotización el valor de la incapacidad o licencia de maternidad según sea el caso.
En el evento de incapacidad derivada de riesgo común o de licencia de maternidad, el pago del valor de los aportes que se causen a favor del Sistema de Salud, en la parte que de ordinario corresponderían al aportante con trabajadores dependientes, será responsabilidad de la EPS a la cual se encuentre afiliado el incapacitado. En este evento, la EPS descontará del valor de la incapacidad, el monto correspondiente a la cotización del trabajador dependiente. El valor de los aportes que, de conformidad con lo establecido en el presente inciso, corresponde cubrir a la EPS, se adicionará al valor de la respectiva incapacidad.
(…)
Aunque la norma plantea que las cotizaciones al sistema de salud en a licencia de maternidad son responsabilidad de la EPS, generalmente es la empresa quien hace el descuento respectivo, ya que la empresa paga la licencia a la trabajadora con la misma frecuencia en que estaba pagando el sueldo normal, haciendo las deducciones correspondientes al sistema de seguridad social. Los ingresos que recibe la trabajadora periódicamente no se alteran o no se deben alterar por la licencia de maternidad. Si el pago del sueldo es mensual, el pago de la licencia seguirá siendo mensual como de costumbre. En la licencia de maternidad no debe haber un tratamiento diferente al salario normal respecto a los aportes a seguridad social.


a mi esposa le pagaron de licencia de maternidad 1.061.000 mil pesos esta bien liquidada por tres meses y medio de licencia y se gana el minimo 589500.
esta mal liquidada…aviseme x si desea subir el monto
como se efectuan los pagos de nomina a las empleadas embarazadas en incapacidad, su pago de nomina sigue siendo igual o como se liquida la nomina quincenal de una empleada embarazada si gran parte de la quincena la dictaminaron incapacitada. gracias
Doña
Sandra Coronado
si su sueldo es iguial al salario normal solo le descuenta el aporte de Salud y Pension mas informacion 321 6085488
si a la mujer embarazada le hacen aumento de sueldo la licencia de maternidad se liquidará con el ultimo sueldo? o a partir de que mes se le tiene en cuenta en ultimo sueldo??
como se efectuan los pagos de nomina a las empleadas embarazadas en incapacidad, su pago de nomina sigue siendo igual o como se liquida la nomina quincenal de una empleada embarazada si gran parte de la quincena la dictaminaron incapacitada. gracias por su pronta respuesta.
Doña
Angie Donneys
las quincenas son las que le pagaba en un salario normal solo le descuenta la seguridad social el aporte de APS y FP mas informacion 321 6085488
si no es contrato sino nombramiento la licencia cubre igual o hay algun cambio?
Doña Liceth
la licencia se liquida igual en cualquier tipo de contrato mas informacion al 321 6085488 o madesaga@gmail.com
EL VALOR DE LA LICENCIA DE MATERNIDAD ES BASE PRESTACIONAL Y CUANTA PARA LIQUIDAR LA PRIMA???
Doña Melisa
si por que el contrato de trabajo no se interumpe sigue vigente por lo tanto cuenta como tiempo laborado o permiso remunera para la liquidacion de prestaciones mas informacio al 321 6085488 o madesaga@gmail.com