Aportes parafiscales por trabajadores de medio tiempo

Los aportes parafiscales por trabajadores vinculados con jornadas de medio tiempo, se pagarán sobre el salario que estos devenguen sin importar si no alcanzan el salario mínimo.

Es posible que un trabajador que labore medio tiempo tenga un salario igual a la mitad del salario mínimo, puesto que el salario mínimo es fijado para una jornada laboral de 8 horas diarias.

En el caso de de los aportes a seguridad social,  la base no puede ser inferior al salario mínimo [Artículo 5 ley 793 de 2002], de modo que si un empleado devenga menos del mínimo, la empresa y el trabajador deberán completar los aportes hasta la equivalencia de un salario mínimo, que es la base mínima.

Esta situación ha hecho que algunas personas consideren que sucede lo mismo con los aportes parafiscales, lo cual, en nuestra opinión no es así.

En primer lugar, la seguridad social es individual, por cada empleado, y en segundo lugar, la ley de forma expresa dice que la base mínima no puede ser inferior al salario mínimo.

En el caso de los aportes parafiscales, no hay ninguna ley que hable de base mínima de aportes. Además, la base para los aportes parafiscales no es individual sino global, puesto que el artículo 9 de la ley 21 de 1982, que reglamente los aportes parafiscales, dice que:

Los empleadores señalados en los artículos 7o. y 8o. de la presente Ley, pagarán una suma equivalente al seis por ciento (6%) del monto de sus respectivas nóminas, que se distribuirán en la forma dispuesta en los artículos siguientes:

Luego, la ley 89 de 1988 en su artículo 1 dice:

A partir del 1o de enero de 1989 los aportes para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF- ordenados por las Leyes 27 de 1974 y 7a de 1979, se aumentan al tres por ciento (3%) del valor de la nómina mensual de salarios.

Nótese que la norma habla que la base para el aporte es el valor total de la nómina de la empresa o del empleador, es decir, que se trata de una base global en la que se incluye lo devengado por todos los trabajadores del empleador.

En el caso de la seguridad social la ley si de forme taxativa señala que la base mínima no puede ser inferior al salario mínimo, situación que no sucede con los aportes parafiscales, lo que obliga a concluir que sí el trabajador devenga medio salario mínimo, sobre ese valor se realizarán los aportes parafiscales.

Este tema y muchos más en Nuestra Guía Laboral

Enero 8 de 2009

Suscríbase a Gerencie.com y reciba nuestras novedades en su correo

Ingrese su correo electrónico:


Delivered by FeedBurner

Comentarios

8 Opiniones en “Aportes parafiscales por trabajadores de medio tiempo”
  1. SARA RUTH dice:

    Gracias por el aporte. … Pero cuando se hace el pago por medio de la PILA, no es posible disminuir la base de cotización para estos aportes. Igual pasa con las Empresas que se han acogido a la ley 590 DE 2000 (ley Mipyme).

  2. AIDA dice:

    QUISIERA CONOCER EL CALENDARIO DE PAGO DE APORTES PARAFISCALES PARA EL 2009, LO HE BUSCADO EN LA PÁGINA PERO NO HE LOGRADO UBICARLO,

    MUCHAS GRACIAS

  3. adriana dice:

    Tengo una gran inquietud: trabajo con una ONG, contrato con prestaciones sociales, en un horario de 8:00 a 1:00 p.m., osea 5 horas diarias,con un sueldo de $510.000 mensuales, somos 5 personas en este horario que llamamos “medio tiempo”, mis otros compañeros trabajan de 7:30 a.m. a 4:30 p.m. con 1 hora de almuerzo, es decir 8 horas diarias, ellos son considerados tiempo completo, con sueldo de $1.100.000. Todos somos profesionales contratados para las mismas funciones, solo en horario diferente. Hemos tenido discusiones frente al tema del salario, pues considero que por lo menos el de medio tiempo debería ser la mitad del tiempo completo, además trabajamos 5 horas diarias, es decir 1 hora mas de lo que supuestamente debería ser medio tiempo. Nuestro representante legal dice que en nuestro caso no existe esa figura de medio tiempo, que no puede compararsele con las condiciones de tiempo completo y por tanto no hay hora adicional. Quiero saber si hay alguna ley que reglamente específicamente los derechos para la jornada de medio tiempo y si es legal o no que hagan esto. El salario que se fija para medio tiempo se debería basar en el salario que se le paga a tiempo completo?

  4. Aidee GAray dice:

    Trabajo medio tiempo con un contador y quiero saber si tengo derecho a que el me vincule como empleada y a que pague seguridad social por mi. Ademas voy a trabajar por turnos en una de las empresas a las que el le lleva la contabilidad por lo que me genera la duda si tengo derecho a auxilio de transporte por parte de esa empresa

  5. paula dice:

    quisiera saber si contrato una empleada de servicio domestico medio tiempo,se paga que porcentaje por eps,como se liquida los intereses a las cesantias,las cesantias,la pension.en base al minimo completo o a medio sueldo.gracias

  6. jorge dice:

    quisiera saber como se saca el calculo de los aportes parafiscal o cual es la base pa hacerlo

  7. Yellise Hernandez dice:

    Buenas tardes.me gustaria que me informara sobre el caso de un trabajador que va a renunciar y bajo su jornada de trabajo a medio tiempo y el tiene 1 año le correspode de antigua

Opinar

En Gerencie.com está permitido opinar, criticar, discutir, controvertir, disentir, etc. Lo que no está permitido es insultar o escribir palabras ofensivas o soeces. Si lo hace, su comentario será rechazado por el sistema o será eliminado por el administrador. Por último, trate de no escribir en mayúscula sostenida, resulta muy difícil leerle.

Spam protection by WP Captcha-Free