Auxilio de transporte en trabajadores de medio tiempo
Parece que el tema del auxilio de transporte ofrece la posibilidad de que se presenten múltiples casos particulares, que resultan difÃciles de comprender plenamente, y uno de esos casos, es cuando se tiene un contrato de medio tiempo, pues surge la inquietud de si se tiene o no derecho al auxilio de transporte, en la medida en que no se supere el salario mÃnimo.
Sobre este caso no existe una norma especÃfica que regule el asunto, por lo que tendremos que concluir por la vÃa de la interpretación normativa.
En primer lugar debemos aclarar algunos aspectos importantes.
La referencia para tener derecho al auxilio de transporte es el salario mÃnimo legal.
El salario mÃnimo legal, regula el salario mÃnimo que se debe pagar cuando se trabaja la jornada laboral máxima, esto es, 8 horas al dÃa; de suerte que si sólo se trabaja medio tiempo, esto es 4 horas al dÃa, no aplica el salario mÃnimo, sino la proporción equivalente.
En consecuencia, si el salario de quien trabaja medio tiempo, supera el equivalente a los dos salarios mÃnimos, no tiene derecho al auxilio de transporte.
Veamos dos supuestos:
1. Un trabajador X es contratado por medio tiempo con un sueldo de $400.000.
En este caso, el pago equivale a un sueldo de $800.000 si se trabajara la jornada legal máxima, por consiguiente sà se tiene derecho al auxilio de transporte.
2. Un trabajador Y es contratado por medio tiempo con un sueldo de $600.000.
En este caso, el pago equivale a un sueldo de $1.200.000 si se trabajara la jornada completa, por consiguiente no se tiene derecho al auxilio de transporte, por cuanto ha superado el equivalente a dos salarios mÃnimos mensuales.
Otra forma de llega a lo mismo, es si convertimos el salario mensual en diario.
La ley dice que se tiene derecho al auxilio de transporte, si se devenga hasta dos salarios mÃnimos mensuales, de modo que si lo convertimos a dÃas, para el 2008, tendrÃamos:
461.500 x 2 = 923.000. Ahora, 923.000/30 = 30.767.
Podemos decir entonces, que si el trabajador devenga más de $30.767 al dÃa, no tiene derecho al auxilio de transporte.
Luego, si el empleado trabaja medio dÃa, con un sueldo de $600.000 por medio tiempo, que equivale a $1.200.000, quiere decir que gana un sueldo diario de $20.000 equivalentes a $40.000 por dÃa, lo cual es superior a los $30.767 que se debe devengar como máximo diariamente en el 2008, para tener derecho al auxilio de transporte.
Es importante tener siempre presente que en este caso se debe jugar con la equivalencia entre el sueldo de medio tiempo con el sueldo de tiempo completo.




El Auxilio de transporte se paga por los dias trabajados (asi sea que solo trabaje 1 o 2 o 4 horas al dia, sin importar el numero de horas trabajadas) ya que el empleado le toco gastar dinero para su transporte desde su casa a la empresa donde trabaja.
Siendo consecuentes con esto, no se paga el Auxilio de transporte si dicho empleado esta en Novedad ( Incapacitado, Permisos, Vacaciones) por que no ha gastado dinero para ir a trabajar ya que no puede ir a trabajar o esta descansando en su casa.
si una empresa deja de pagarle a un empleado que trabaja medio tiempo el auxilio de transporte completo sino que solo le paga la mitad por que no lo sabia, este cuando se de cuenta debe reconocerle lo que dejo de pagarle.