Base para calcular la indemnización por despido injustificado

La base para calcular la indemnización por despido injustificado de que trata el artículo 64 del código sustantivo del trabajo, es el salario devengado por el trabajador.

El artículo 64 del código sustantivo del trabajo, hace referencia al salario como base para el pago de la indemnización, ya sea un contrato de trabajo a término fijo o a término indefinido.

Así las cosas, la base para la liquidación de la indemnización será el salario según lo define el artículo 127 del código sustantivo del trabajo.

No se tiene en cuenta para el cálculo de la indemnización el auxilio de transporte, las vacaciones o las prestaciones sociales, puesto que la norma contempla únicamente salario, y el auxilio de transporte o las prestaciones sociales no forman parte del salario.

En el caso de los contratos de trabajo a término fijo, la indemnización será igual a los salarios que devengaría el trabajador hasta la finalización del contrato, o lo que es lo mismo, los salarios que falten por devengar hasta la terminación del contrato. En este caso tampoco se incluyen las prestaciones sociales que el trabajador deja de percibir por su despido, ya que no lo contempla la ley.

En el caso del salario variable, aunque la ley de forma expresa no contemplo esta situación, se debe entender que la base será el promedio devengado en el último año o en el periodo que se lleve laborando si este es inferior a  un año. En el caso del contrato de trabajo a término fijo, la base será el promedio de los salarios que falten por devengar.

03 / 02 / 2011

Opinar o comentar

206 Opiniones en “Base para calcular la indemnización por despido injustificado”
  1. jonathan cervantes dice:

    Hola tengo 7años me despidieron quisiera saber cuanto me toca….

  2. Alfredo Velasco Moreno dice:

    Cuando un trabajador de una empresa tiene arreglos globales por conceptos de salario los cuales son pagados por la empresa a la cual trabaja de manera regular e inenterrumpidamente durante el tiempo que labora en dicha empresa, pueden los abogados o la parte juridica de dicha empresa de una forma arbitraria dejar de pagarlos por el hecho de estar el trabajador reubicado y con restrincciones medicas en su sede principal de trabajo, lugar distinto al inicialmente contratado, y que ademas recibia por parte de la empresa transporte, alimentacion y vivienda de forma continua pues se encontraba el trabajador realizando sus labores por ejemplo en un campamento petrolero,afectando de manera considerable al trabajador o trabajadores en iguales condiciones de reubicacion medica. Me reitero en la pregunta puede la parte jurica de la empresa recortar o cambiar las condiciones economicas en que inicialmente se arregtlaron con la empresa

  3. Fernando dice:

    Hola muy buenas noches mi empresa llevo 1 mes y 12 días laborando mi pregunta es me quieren despedir por algo que yo no hice y me dicen que yo fui, mi jefe directo tiene conocimientos que tuve un percance, y no iba a laborar y por cuestiones de trabajo tuve que asistir por un contrato de un cliente, y me dicen que estatue echando desmadre y que que ellos me están exigiendo mi renuncia o mi baja en este caso que puedo hacer, de antemano muchas gracias por su atención.

  4. MARTHA VEGA dice:

    HOLA VIVO EN COLOMBIA TRABAJO EN UNA CLINICA Y VAN A CERRAR LA CLINICA
    MI LIQUIDACION SERA APARTIR DE ENERO 2005 HASTA 28 FEBREO 2013,ME DEBEN 2 VACACIONES DOTACION DE 2 AÑOS QUISIERA SABER MAS O MENOS CUAL ES LE PROMEDIO DE MI LIQUIDACION CON INDEMNIZACION SI YO GANO COMO BASICO ES EL MINIMO MAS NOCHES Y FESTIVOS ESO SUMA UN PROMEDIO DE 920000 MENSUALES GRACIAS

  5. edilberto dice:

    llevo trabajando desde el año 2005 por contratos de 2 0 3 meses renovandomen tuve un accidente cumpliendo funciones laborales. eso me llevo a una incapacidad de 195 dias,la empresa no me arreportado mi accidente ante a la arp mas yo ya lodi aconocer ellos me exijen q debo hacer q mis empleadores me pasen dicho formulario pero ellos no lo quieren hacer. medicina legal me ditamino deformidad fsica permante. la eps me remitio a medicina laboral. la cual me mando rehubicacion laboral bajo recomendaciones meddicas, me precente el dia 6 de febrero dia q ya tenia q reintegrame. la empresa me dijo q como ya habia terminado la incapcidad y mi contrato de trabajo vencio el 15 de septiembbre del 2012. semedaba por terminada mi vincualcion por q ya lo unico q me sostenia eran las incapcidades me podian despedir…….. le agradeceria su pronta respuesta a los pasos aseguir gracias

  6. LORENZO dice:

    Serian tan amables de informarme si a pesar de que lo obligan a uno recibir la liquidación que que la empresa determina, esta escrito lo que por ley le corresponde al trabajador? Si es así por favor digan cual seria la fundamentacion para reclamar este derecho.

  7. humberto dice:

    trbajaba con una empressa y me icieron un atentado el cual no supe porque fue pero nada que ver con la empresa ellos me ivan a reubicar por se guridad me avian dejado con el el codigo 140 del cst. pero el dia 20 de diciembre de 2012 me pazaron la carta de despido injustificado por lo cual he quedado muy mal ya que lo que ellos consideraron era mi liquidacion lo pazaron directo a una deuda que tenia yo con el banco me encuentro muy mal sintrabajo y mis tres hijos y mi esposa no tengo como sostenerlos creoo fueron muy injustos ya que ni a mi pueblo natal puedo ir ya que he recibido amenasas.
    mil gracias por la ayuda que me puedan prestar

    • Alonso Riobó Rubio dice:

      Estoy de acuerdo con usted, el despido fue injusto. Y eso da lugar al pago de la respectiva indemnización. Si no se la pagaron puede reclamarla. Y si se la pagaron no hay nada qué hacer.

      Lamento mucho su situación y espero que pueda encontrar pronto otro empleo.

      Le deso mucha suerte,

      Alonso Riobó Rubio

  8. gerardo manotas dice:

    hola mi esposa trabaja en Barranquilla Colombia ella tiene 9,5 años laborando en una compañía pero a ella le pagan un básico de un millón de pesos liquidables y otro millón como un extra que pasaría si la llegasen a despedir sin justa causa cuanto seria la base liquidable y si el extra entraría en la liquidación puesto que la empresa no le entrega comprobante si no por el primer millón.
    les agradecería su colaboración.

  9. juan banda dice:

    Acaban de dar por terminada la relacion laboral; (despido injustificado).

    No me quisieron decir en cuanto me van a liquidar,.

    Soy de monterrey n.l. mexico.

    Ganaba $108.00 diarios aporx.

    Labore en la empresa. 716 dias (1 año, 11 meses)

    me deben 8 dias de vacaciones del 2do. año

    si me puede dar una respuesta se los voy a agradecer mucho.

    Gracias.

  10. juan manuel lopez garcia dice:

    Tengo 3meses en mi trabajo y me estan despidiendo quisiera saber cuanto me toca si gano 14000 pesos mensuales gracias

  11. MARIA dice:

    hola buenas tardes,
    en la empresa que laboro aproximadamente año y medio queda en venezuela pero yo soy colombiana, desempeñaba dos cargos, me trasladoron para otra dependencia, pero no me hicieron entrega dl puesto como era debido, ahora me excigen resultados, me han hecho varios memorandos por ineficiencia en el puesto, el cual no es asi, por q en el anterior cargo tenias mas responsabilidades y mi labor era impecable, ahora me estan despidiendo, quisiera saber a que tengo derecho por ley,

  12. Carlos Cuello dice:

    Puedo destinar el 30% de la indemnizacion laboral por despido sin justa causa al Fondo de pensiones voluntario para disminuir el ingreso y luego calcular el 25% exento, para obtener la base gravable?

  13. crazypg dice:

    buenas tardes, quisiera saber si me puden ayudar, la empresa en la cual laboro me esta pidiendo la renuncia ya que no tienen de que argumentos valerse para botarme y desde entonces me desmejoraron y, me sacaron de mi oficina y solo voy a la empresa a marcar, el hecho es que quisiera aseoria para saber que es lo que abarca la inamovilidad laboral? es cobrable? negociable?, tambien quisiera saber como sacar el calculo o si me pudieran ayudar a sacar la cuenta correcta de mi liquidacion, mi fecha de ingreso es el 20/08/2008, fecha de solicitud de renuncia 19/07/2012, antiguedad: 3años y 11 meses, ultimo salario: 4.485 bs, motivo: desmejora y/o despido injustificado (indirecto)

    les sabria agradecer si me pueden ayudar con este problema….

    • Alonso Riobó Rubio dice:

      Legalmente la empresa no le pude solicitar que presente la renuncia. Eso que está haciendo la empleadora de dejarlo sin funciones es arbitrario e ilegal y se denomina acoso laboral. Usted podría dar por terminado el contrato de trabajo aduciendo que lo hace por causas imputables a la empresa y explicando en la carta los hechos que lo llevar a renunciar.

      Su caso es delicado y amerita la asesoría presencial de un abogado laboralista. Mi asesoría (o la de cualquier otro abogado) desde la distancia no sería tan efectiva como la que obtendría usted de un colega de la ciudad donde reside.

      Saludos,

  14. crazypg dice:

    buenas tardes, necesito su ayuda, tengo ciertas dudas, actualmente la empresa donde laboro, ingrese el 20/08/2008 y me piden la renuncia el dia 19/07/2012, la empresa me esta pidiendo la renuncia para no botarme, yo quisiera saber cuales son los beneficios de la inamovilidad laboral, quisiera saber cual seria el calculo de mi liquidacion, y quisiera saber si la oferta que me estga haciendo la empresa es buena si vale la pena terminar el proceso en la inspectoria del trabajo,…

    me estan ofreciendo 76.000 bs

    mis utilidades son 120 dias 33,33%

    y mi antiguedad es de 3 años y once meses.

    les sabria agradecer en lo q me puedan ayudar.

  15. alaides dice:

    Buenas tardes estoy solicitando saber a que indemnizacion tengo derecho despues de haber trabajado 17 años en una empresa y no hay una justificacion para mi despido como hago

    • Pedro Julio Gonzalez dice:

      Usted tiene derecho a percibir una indemnización por despido injusto, conforme lo señala el Art 64 del CST que comenta GERENCIE.Puede Ud hacer el reclamo de tal indemnización

  16. Cindy Lara dice:

    Hola muy buenas tardes…Agradezco que eexistan este tipo de páginas de consulta donde se puedan despejar dudas y no dejarse engañar a la hora de manejar liquidaciones y contratos, que en Colombia es muy cotidiano.

    Mi consulta consiste en lo siguiente, trabajé desde 13 de mayo del 2012 hasta el 3 de julio del mismo año, debido a que renuncié alegando otra oferta de trabajo. En base a esto mis dudas son las siguientes:

    1. Cuanto debería recibir de liquidación por el tiempo en que laboré con ellos?

    2. Hasta hoy 16 de Julio de 2012 no he recibido mi liquidación..Qué debería hacer al respecto? Ellos me dicen que la bolsa de empleo hace los cortes de pago, liquidaciones e indemnizaciones todas las quincenas de cada mes? Es mi deber esperar?…El día que llevé la renuncia me dijeron que llamara una semana despues, luego que el viernes siquiente …en fin hasta la fecha no me han cancelado todavía. Qué debería hacer?

    3. Cuando inicia a laborar con ellos, empecé el 1 de mayo pero el contrato no me lo dieron hasta el día 13 con fecha de ese mismo día, se que a lo mejor para este caso no puedo hacer ya nada, pero si en un futuro se me llagara a presentar la misma situación..que recomendaciones me daría al respecto?

    Muchas gracias de antemano por la ayuda!

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