Bienes excluidos del impuesto a las ventas

La legislación tributaria colombiana ha decidido que ciertos bienes estén excluidos del impuesto sobre las ventas, esto es que no generan Iva y su producción y/o comercialización no convierte al comerciante en responsable de este impuesto.

Los bienes excluidos del Iva deben estar expresamente señalados por la ley, de modo que si en ella no aparecen, serán gravados o exentos pero no se puede suponer que están excluidos.

Bien, los bienes exentos están contemplados por los artículos 424 y siguientes del estatuto tributario:

Las personas o empresas que únicamente vendas estos productos, no serán responsables ni del régimen común ni del régimen simplificado, simplemente no tienen ninguna responsabilidad frente al impuesto a las ventas, pero si venden algún producto exento o gravado, se convertirán en responsables del Iva aun cuando la mayoría de sus productos vendidos estén excluidos del iva.

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Publicado el día 16 de Abril de 2009 a las 4:05.AM.

Comentarios

6 Opiniones en “Bienes excluidos del impuesto a las ventas”
  1. GLADYS ARIZA MOLINA dice:

    Buenos Dias; me gustaria saber como debo contabilizar el IVa en una empresa que su actividad principal esta excluida de iva, pero en sus actividades secunadrias factura IVA y se presenta bimestral su declaracion y se paga,como debo registrar este IVA al momento de registrar los costos ?debo de conatbilizar el IVA en una cuenta costo especial para diferenciar el costo de la merrcacia y el costo de iva esto por los medios magneticos?
    Gracias, espero su pronta respuesta.

  2. DIANE dice:

    EL HENO ES UN PRODUCTO QUE NO TENGO CLARO SI ES EXENTO O GRAVADO
    QUISIERA POR FAVOR ALGUIEN ME DE UNA ASESORIA
    EL ARTICUO 424 NO LO MUESTRA EN FORMA ESPECIFICA
    PERSONALMENTE CONSIDERO QUE NO PORQUE NO SUFRE NINGUN PROCESO DE TRANSFORMACION
    INDUSTRIAL
    EL HENO SE HACE SECANDO PASTO Y SE EMPACA.
    QUISIERA POR FAVOR ME COLABORARAN

    GRACIAS

  3. milena dice:

    quisiera saber el iva de los productos colombianos y los que no tienen iva porfaurje

  4. rafael zapata dice:

    gracias a uds.por esta maravillosa pagina. les pregunto si a una fundacion sin animo de lucro dedicada a la educacion de carreras tecnicas en este tipo de servicio no le es permitido facturar iva por este concepto,¿ que debo hacer con el iva que le facturan a ella?es mayor valor del bien o servicio o lo solicito como impuesto descontable?. gracias gerencie.com por esta oportunidad que me brindar de compartir y aprender de uds.

  5. ELIZA dice:

    Buenas tengo una duda con un producto que es el varsol, este producto se compra sin iva pero de igual forma lo vendemos sin iva, no sufre ninguna transfornación solo se emvasa en frascos o se venden en los mismos tambores, es un producto excento o excluido para nosotros?, esto me afecta el prorrateo de los ivas descontables ? le agradezco si me pueden dar una respuesta pronta,

  6. ELIZA dice:

    cualquiero comentario sobre la pregunta anterior favor enviar al correo elizab207@hotmail.com

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