Capital autorizado, suscrito y pagado
El capital social de las sociedades comerciales por acciones se divide en capital autorizado, suscrito y pagado.
Cuando una sociedad anónima se constituye, se le autoriza un determinado capital que será el máximo que podrá tener, y en caso de querer superar ese capital, se debe hacer una reforma estatutaria para poder ampliar el capital social que puede tener la sociedad.
Del total del capital autorizado, los socios suscriben una parte, que bien pueda ser la totalidad del capital autorizado o parte de ello. El caso de una sociedad anónima, lo mínimo que se debe suscribir es el equivalente al 50% del capital autorizado.
Supongamos que el capital autorizado de una sociedad es de $120.000.00. En este caso, lo mínimo que los socios en su conjunto deben suscribir es $60.000.00, pero nada les impide que puedan suscribir el 100%.
El capital suscrito, es el capital que el socio se compromete a aportar a la sociedad, por lo tanto la suscripción de acciones o de capital se convierte en un derecho de la sociedad a cargo del socio suscriptor.
Del capital suscrito, al momento de la constitución de la empresa se debe pagar por lo menos la tercera parte. En el ejemplo propuesto, el capital que se debe pagar como mínimo será de $20.000.000 que corresponden a la tercera parte de los $60.000.000 suscritos.
Cada socio deberá pagar por lo menos la tercera parte del capital que suscribió. Recordemos que cada socio puede suscribir un capital diferente a los demás, dependiendo de las condiciones que se hayan pactado en el acta de constitución.
Contabilización del capital autorizado, suscrito y pagado
Una vez se ha realizado el proceso de constitución de la sociedad, se debe proceder a realizar la respectiva contabilización del capital.
El capital autorizado se debe contabilizar en la cuenta 310505 en el lado crédito.
El capital por suscribir se contabiliza en la cuenta 310510 en el lado débito.
El capital suscrito por cobrar se contabiliza en la cuenta 310515 también al lado débito.
Según nuestro ejemplo tenemos los siguientes valores:
Capital autorizado: 120.000.000
Capital por suscribir: 60.000.000
Capital suscrito por cobrar: 40.000.000
Como el capital suscrito es crédito y los demás son débito, el capital pagado será la diferencia entre los créditos y los débitos:
120.000.000 – 60.000.000 – 40.000.000 = 20.000.000
Si lo contabilizamos tendríamos:
| Cuenta | Débito | Crédito |
| 310505 | 120.000.000 | |
| 310510 | 60.000.000 | |
| 310515 | 40.000.000 |
Luego, es saldo de la cuenta 3105, que es el capital suscrito y pagado será de $20.000.000 que se supone está en el activo, ya sea en caja o cualquier otra cuenta del activo.
Recordemos que al tratarse de una sociedad limitada, el capital debe pagarse en su totalidad al momento de su constitución.


Un accionista compro Activos Fijos poco a poco, antes de constituir una sociedad, por un monto aproximado de $350,000.00 Pesos, al demorarse en decidirse en constituir una sociedad y ya no contar con un soporte documental de los Activos Fijos y tampoco demostrarse por Bancos, la salida del Flujo.
Al constituir la sociedad, desea aportarlos en especie como accionista. Son varias las dudas:
Como soportarlo para poder incluirlo dentro del marco legal.
Como contabilizarlo si se aporta en especie por este accionista.
Se pueden depreciar dichos Activos.
buenas tarde estimados espero que me colavoren nesecito saber cunto es lo minimo que puedo pagar a la hora de constituir mi enpresa todo lo ralacionado con el capital suscrito autorizado,y pagado muchas gracias
buenas, todo esta bien ssolo que al capital autorisado le falta un cerito al igual que al suscrito al principio habla de 120.000.00 y luego me cambian la cifra a 120.000.000
buenas tardes
para la presentacion de la declaracion de renta año 2011 como quedaria la parte del patrimonio
grcias
Buen día,
Necesito que me colaboren con un interrogante que tengo,necesito aclarar mi inquietud lo mas pronto posible por favor, y es el siguiente, ¿Cual es el aporte mínimo (en porcentaje),de capital que se requiere para que una empresa opere en Colombia?
Gracias.
Hola buenas noches tengo una duda el capital minimo de la sociedad anonima es de 50,000.00 si en el plazo de un año no es pago que consecuencias legales se adquieren?
El mismo asiento de creacion de una SA en cuanto el patrimonio se refiere (Acciones) es igual para crear una SAS…?
En una sociedad sas como debo presentar en el balance el k autorizado que es de 50 millones, k suscrito 18 millones y k pagado por 18 millones.
Gracias
estamos creando una corporacion dependiente del estado y me pidieron realizar el balance inicial con un capital suscrito y pagado,mi pregunta es si esto aplica para las instituciones publicas del estado?
Tengo una inquietud, voy a registrar una SAS y en los estatutos tengo que hacer claridad con respecto al capital autorizado, suscrito y pagado.
El capital Autorizado es la maxima capacidad que tendria la empresa economicamente, sobre ese capital es que se liquida en la Camara de Comercio para pagar el registro?.
El capital suscrito es lo que se comprometen los socios a pagar, este puede ser en activos o inventarios y efectivo?. Hay alguna tabla que me ilustre cuanto es lo minimo de caca uno?
El capital pagado es el que se aporta en el momento de la creacion de la empresa, este al igual que la pregunta anterior tambien contempla que sea en especie y efectivo? o solo efectivo y como se relaciona en los estatutos el capital pendiente por pagar y a cuanto tiempo es el maximo 2 años como en las otras sociedades?
Gracias
en la explicqacion naterior dicen que una sociedad en su creacion puede establecer un monto de capital sucsrit y el capital pagado minimo el 50% del anterior (suscrito) sin embargo no hay claridad antes las S.A.S ¿ si establezco un acaptal determinado, cuanto es el minimo que puedo establecer como capital pagado y en cuanto tiempo puedo pagar el saldo?
debo asentar el capital de una sas, el capital autorizado son $10.000.00 el capital suscrito $5.000.000 y el capital pagado $5000.000, que cuentas utilizo?
gracias al que me pueda colaborar
Al crear una S.A.S. cual es el capital que aparece en la creación el EL AUTORIZADO ??? EL SUSCRITO ??? o EL PAGADO y para las licitaciones y/o el K de contratación cual tiene en cuenta ???. Cual es maximo capital AUTORIZADO??? Hasta que tiempo se debe completar cada uno de estos CAPITALES. Cual sería el costos para la creación de una SAS.
Existen algunas prebendas por parte del Gobierno para la creación de estas empresas. La presponsabilidad de los socios iniciales es hasta que CAPITAL AUTORIZADO??? SUSCRITO ??? o PAGADO???.
Gracias por la ayuda
Esta es la pagina mas explicita que he visitado, les felicito, sigan asi.
Gracias.
Solicito información sobre: una cuenta del patrimonio que se llama capital suscrito por cobrar lo cual no lo han pagado los socios que debe hacer el revisor fiscal.
y si de la utilidad del ejercicio de la sociedad se puede tomar una parte para cancelar los socios dicha suma a la empresa gracias por sus atencion y espero respuesta pronto
En una sas cual es el minimo capital que debe aportar un socio teniendo en cuenta que estas son empresas capitalista,mi ¿pregunta es unas persona que ganan el minimo pueden crear una sas?
en la ilustración anterior pienso que esta mal el registro, sugiero que se debe hacer dde la siguiente forma:
débito crédito
el registro incial: 310505 cappital autorazado $120.000.000
310510 capital por suscribir120.000.000
ahora se debe suscribir como minimo el 50% del capital autorizado, y de este 50% se debe pagar al menos la tercera parte, el registro contable es el siguiente:
débito crédito
1105 caja……………………..20.000.000
310515 capital suscrito por cobrar…40.000.000
310510 capital por suscribir………………………60.000.000
ahora la presentación en el balance general es la siguiente:
capital autorizado $120.000.000
capital por suscribir (60.000.000)
capital suscrito por cobrar (40.000.000)
= capital suscrito y pagado $20.000.000
muchas gracias por su atención
muy buena apreciacion
Buen dia
Estoy haciendo una contabilidad de S.A. pero en al constitucion de la sociedad indica que se suscribio y pago una parte el resto del capital lo dejo por suscribir y como puedo hacer para registrar las siguientes aportaciones de los socios tengo que suscribir esas otras acciones? para poder pagarlas
Ana ya sabes que del capital suscrito (que debe corresponder como mínimo al 50% del capital autorizado) se debe pagar la tercera parte para que la empresa se pueda constituir y empezar operaciones, el resto del capital suscrito que los socios no han pagado aun no se puede dejar como “un capital por suscribir” eso es un disparate, si no como un capital suscrito por cobrar y los socios tienen un plazo no mayor a un año para pagarlo. Te sugiero que hables con el órgano directivo para que revisen la escritura y la corrijan