Certificación laboral por parte del empleador
Para un empleado es muy importante contar con las certificaciones sobre los trabajos que desarrollado, puesto que de estas, depende en buena parte la posibilidad de conseguir un nuevo empleo. Pero, ¿está el empleador en la obligación de expedir una certificación o recomendación laboral?
El artículo 57 del Código sustantivo del trabajo, en el numeral 7, contempla la obligación del empleador de expedir una certificación al trabajador, en la cual conste el tiempo de servicio, la índole de la labor desempeñada y el salario devengado.
De lo anterior podemos concluir que no es obligación del empleador expedir una carta de recomendación, pues su única obligación legal es la de certificar el trabajo desempeñado, su duración y su salario, pero la ley no lo obliga a que expida una recomendación, lo cual queda a su libre albedrío.
Es importante aclarar que existe una gran diferencia entre certificado y recomendación. Certificado es una afirmación en la que quien lo expide de fe de la ocurrencia de unos hechos que en este caso es la prestación de una labor durante un tiempo determinado, con una remuneración determinada. La recomendación, en cambio, es una carta donde se exponen y resaltan las habilidades, aptitudes y capacidades de un trabajador para desempeñar determinada labor.
Debemos anotar, que el artículo 57 del código sustantivo del trabajo, habla de certificar el tipo de trabajo realizado o las funciones desempeñadas, mas no se refiere a la competencia del empleado para desempeñarse. Esto quiere decir, que es obligatorio certificar que X trabajador se desempeñó como almacenista, pero no es obligación que el empleador se refiera o certifique su nivel de desempeño como almacenista.
No es obligación incluir en el certificado que se trata de un excelente trabajador, pero se puede incluir si así decide el empleador. Lo que no puede bajo ninguna circunstancia el empleador, es incluir en el certificado observaciones negativas que afecten la imagen el trabajador, puede incluir observaciones positivas pero nunca negativas.
Depende ya de la voluntad el empleador incluir en su certificación o en su defecto emitir una carta en la que se elogie y exalte el buen desempeño de un empleado en determinado trabajo.
Siempre que un trabajador haya tenido un excelente desempeño en su puesto de trabajo, nunca tendrá dificultades para conseguir de su empleador que voluntariamente le de una carta de recomendación, pero si éste no lo hiciere, no hay forma de obligarlo. Todo lo que se le puede exigir es una certificación en los términos del artículo 57, numeral 7 del código sustantivo del trabajo.


Si una persona solicita un certificado laboral de 1996 pero la empresa tiene nueva administración y no hay forma de obtener los datos que se debe hacer?
Buen dia
Deseo informacion de como se expide una certificacion para un asesor comercial pues sus comisiones varian mes a mes.
muchas gracias
Muy Buenos Dias
Agradezco la oportunidad, solicito saber si en el certificado laboral debe de exigir explicitamente el ca rgo como fui contratado (fui cotratado como auxiliar administrativo-digitador pero el certificado dice solo auxiliar administrativo) esto es legalmente justo?????
Agradezco su colaboracion prestada y ala pronta de una respuesta
FERNANDO SERRATO
Ricardo.fernando.serrato@gmail.com
La institución donde laboro cobra por cada certificacion laboral que expide, como puedo negarme a esto ya que actualmente, yo debo solicitar una
hola!
quisiera saber sin cuando se solicita una certificación laboral obligatoriamente hay que decir para donde va …. porfavor relacionar normatividad
gracias!
El día que me retiré de la compañía, me entregaron la certificación, ahora estoy en proceso de vinculación con una empresa que me solicita una misma pero expedida recientemente, hablé con mi empleador pero se niega a entregármela y se justifica con que ya me entrego la anterior; Tiene él la absoluta razón o existe alguna ley o decreto que lo obligue a expedirla por mas de una vez???
Buen día, solicite una certificación laboral a mi empresa, sin embargo durante el tiempo estuve en diferentes cargos. Empece como digitadora y en ultimas termine como coordinadora de un proyecto, sin embargo me pasaron a otra área y técnicamente me bajaron el cargo; por lo cual pedi una certificación que especificara cargos y tiempos en cada uno de ellos. Sin embargo no quieren generarme una certificación especificando el tiempo de cada uno de los cargos, y se basan en ellos especifican el tiempo desde que entre a la fecha pero q no esta oblicados a especificarlo en cada cargo, y pues obviamente a mi me afecta porque no sumo experiencia en el cargo como coordinadora, ahora mi cargo es asistencial. Como me puedo deferender??
El tema es claro, por favor aclaremos entonces entre constancia laboral y certificado.
Qué es lo correcto?
Hola
Hace tres meses salir de una compañia. Hace unos dias les solicite un certificado laboral donde incluyeran las funciones del cargo en el que me desempeñaba pues así me lo solicitaron para poder aplicar a un nuevo cargo. Al momento de pedirlo me dijeron que no iban a incluir la funciones sino solo el cargo y mi duracion en la empresa. Muy seguramente esto me hara peder la oportunidad del nuevo puesto hay manera que en una proxima oportunidad me puedan entregar el certificado como me lo piden en otras empresas?…. Cuando sali de esta empresa tuve que ir al Min Trabajo ya que fue una renuncia forzada, al final llegamos a una conciliacion y me pagaron indemnizacion, es posible que esto sea a modo de venganza por la situacion?
se le puede dar la constancia laboral a un menor de edad que labora durante un año y ahora es mayor de edad y la requiere
Buenos dias, quiero saber cual es el tiempo límite q tiene mi empesa para entregarme una certificación laboral q estoy solicitando para un banco en el q estoy solicitando un crédito hipotecario, y cual es el conducto regular para hacer la reclamación?
Si ya me otorgaron el certificado laboral es posible solicitar otro..? pues la empresa con la que labore me informa que ya ellos me entregaron dicho certificado.
Es forzosamente me tiene ue dar la certificación laboral ya que carta derexomendacion
No
Me va a dar dice
Hola, hace 4 meses estoy solicitando un certificado laboral a la empresa donde presté mis servicios. Cabe aclarar que no tuve ningún contratiempo, sólo que renuncié por que no me cumplieron con las condiciones inicialmente pactadas. La gerente y dueña de la empresa me indica de forma brusca, que no está obligada a dármela por que ella no me firmó ningún contrato y que si me la da, la ley no la obliga que sea en un tiempo determinado. El día de hoy me escribe para indicarme que la condición para darme éste documento es que le debo informar para que empresa voy a laborar. No sé hasta donde todo esto sea correcto.
No importa que haya sido un contrato verbal, la Señora está en la obligación de expedir una certificación laboral, en los términos del Código Sustantivo del Trabajo y tiene que expedirlo y entregarlo en un plazo no mayo a 15 días hábiles despues de solicitado… Puede solicitarlo por medio de un Derecho de Petición como primer paso a una tutela si llegaré a ser necesario.
mi pregunta es la siguente.. en mi empresa cambiaron de empledor..y se suponia que nos respetarian los años de servicios y hicieron un anexo de contrato… pero ahora para solicitar algun credito en la caja de compensacion nos piden un certificado de antiguedad laboral lo cual la empresa se niega a darlo… eso es legal?.. para esos fines
Primero que todo es importante determinar si esa empresa tiene convencion colectiva y dentro de ésta, debe estar determinada la SUSTITUCION PATRONAL, que indica que no importa las veces que se venda, sigue siendo la misma empresa y se debe respetar la antiguedad. Caso contrario, si firmaron un nuevo contrato, se pierde la antiguedad, salvo que se especifique en que condiciones se realizó el nuevo anexo que usted mensiona. Seria conveniente, solicitar un concepto al Ministerio de la Protección Social. Es importante indicar, que independiente de cualquier situciín, la nueva administración, está en la obligación de expedir las certificaciones que sean solicitadas por los trabajadores, además de ser en forma gratuita.