Clausula de exclusividad opera únicamente en la vigencia del contrato de trabajo
La clausula de exclusividad según la cual el trabajador no puede trabajar para otra empresa, opera únicamente cuando el contrato está vigente, de modo que tal prohibición desaparece una vez se termina la relación laboral.
El artículo 26 del código sustantivo del trabajo permite a las partes que se pacte en el contrato de trabajo que el trabajador sólo puede prestar sus servicios al contratante:
Coexistencia de contratos. Un mismo trabajador puede celebrar contratos de trabajo con dos o más empleadores, salvo que se haya pactado la exclusividad de servicios en favor de uno solo.
Pero a su vez el artículo 44 del código sustantivo del trabajo prohíbe pactar que tal restricción se extienda más allá de la vigencia del contrato de trabajo:
Clausula de no concurrencia. La estipulación por medio de la cual un trabajador se obliga a no trabajar en determinada actividad o a no prestar sus servicios a los competidores de su empleador, una vez concluido su contrato de trabajo no produce efecto alguno.
Como se observa, una clausula de este tipo será ineficaz de pleno derecho, pues la ley de forma expresa contempla con no tendrá efecto alguno.
Sin duda que esta norma de alguna forma puede comprometer cierta información privilegiada y confidencial que puede quedar en manos de la competencia cuando esta decida llevarse los empleados. Una razón de peso para tratar de retener a ciertos empleados que han tenido acceso a información o experiencia que no se quiere dejar en manos de la competencia.


BUENAS TARDES, MI PREGUNTA SE DERIVA DEL SIGUIENTE CASO.
EN MI CENTRO DE TRABAJO, QUE ES UN INSTITUTO TECNOLOGICO (ESCUELA DE NIVEL SUPERIOR) EXISTE UNA PERSONA QUE ACTUALMENTE SE ENCUENTRA TRABAJANDO 2 PLAZAS EDUCATIVAS, UNA DE SECUNDARIA Y OTRA DE NIVEL SUPERIOR EN EL MISMO CENTRO DE TRABAJO AL CUAL PERTENEZCO.
POR COMENTARIOS DE ALGUNOS COMPAÑEROS, SE DICE QUE ESTA PERSONA NO PUEDE ESTAR TRABAJANDO 2 PLAZAS AL MISMO TIEMPO, POR QUE DE LO CONTRARIO, ESTA INCURRIENDO EN UN DELITO.
AUNADO A ESTO, ESTA PERSONA OBTUVO UNA CARTA DE EXCLUSIVIDAD FIRMADA POR LA DIRECTORA DE NUESTRO PLANTEL Y TAMBIEN PORLASUBDIRECTORA ACADEMICA. SIENDO QUE ESTAS 2 PERSONAS SE PRESTARON A FIRMARLE DICHA CARTA, TENIEDO CONOCIMIENTO DE QUE ESTA PERSONA YA PERTENECE A UN CENTRO DE TRABAJO FEDERAL
MIS PREGUNTAS SON:
¿ EN VERDAD ESTA PERSONA ESTA INCURRIENDO EN UN DELITO, AL ESTAR TRABAJANDO CON 2 PLAZAS EDUCATIVAS DE NIVEL FEDERAL?
SI ES ASI ¿EN DONDE SE PUEDE HACER UNA DENUNCIA FORMAL Y BAJO QUE CARGOS PODRIA HACERSE LA DENUNCIA?
ALGUNOS COMPAÑEROS DICEN QUE ES EL EL DEPARTAMENTO DE CONTRALORIA