¿Cómo se castiga la cartera?
Como de costumbre, tratamos de resolver las inquietudes que nuestros usuarios plantean en el sistema de comentarios o que nos envían por correo electrónico. Esta vez nos han preguntado cómo se castiga la cartera.
La expresión “castigar la cartera” es propia de los contadores públicos, pues es su trabajo realizar este procedimiento.
Cuándo se habla de castigar la cartera, en realidad se está hablando de provisión de cartera, que es el procedimiento contable y/o fiscal mediante el cual se reconoce en el gasto la cartera que se considera imposible de recuperar.
Cuando se hace una venta a crédito y con el tiempo el cliente no la paga, y la empresa razonablemente considera que nunca la pagara, se procede a “castigar” esa cartera contra el gasto, es decir, que esa pérdida de la cartera se trata como un gasto para la empresa.
Así las cosas, cada determinado tiempo la empresa hace un análisis de su cartera, identifica y clasifica aquella cartera [cuentas por cobrar a clientes] según los tiempos de vencimiento, es esto es, según el tiempo que ha transcurrido desde cuando el cliente debió pagar.
Para castigar la cartera, se recurren a dos métodos reconocidos por la ley colombiana: provisión general y provisión individual.
En la provisión general, por ejemplo, al final del periodo se determinan los vencimientos de la cartera y se clasifican en aquellas cuentas que tienen:
- Entre 3 y 6 meses de vencidas
- Entre 6 y 12 meses de vencidas
- Más de 12 meses de vencidas
Supongamos ahora que la empresa tiene los siguientes valores de cartera vencida:
- Entre 3 y 6 meses $10.000.000
- Entre 6 y 12 meses $6.000.000
- Más de 12 meses $4.000.000
Entonces la provisión será:
10.000.000*5% = 500.000
6.000.000*10% = 600.000
4.000.000*15% =600.000
Total provisión 1.700.000
El valor que se determine como provisión, es el que se lleva a un gasto, acreditando previamente la cuenta de clientes en el activo, puesto que esta cuenta se debe disminuir ya que el cliente no pagará.
Si en la cuenta 130505 tenemos un saldo de $20.000.000 y aplicando la provisión general da un monto de $1.700.00 haremos la siguiente contabilización:
| Cuenta | Debito | Crédito |
| 519910 | 1.700.000 | |
| 139905 | 1.700.000 |
Aquí hemos castigado la cartera por $1.700.000, de modo que en la cuenta del activo sólo quedará la suma de $18.300.000.


hola. solicite un préstamo hace diez años a un banco de cinco millones de pesos, pagué algunas cuotas y el banco no volvió a cobrarme. el gerente de esa época era un amigo que tiempo después murió. Resulta que del año pasado hasta la fecha me están llamando de Crear País y que por cartera castigad y dicen que adeudo 13 millones. Quisiera saber si esto es posible y que debo hacer. Gracias.
Laura:
Le ruego que lea las respuestas dadas a anteriores consultas. En el sistema financiero casi no existe la condonación o perdón de las deudas. En las empresas donde uno labora, de pronto le pueden condonar un préstamo si uno trabaja para ellos un tiempo. En resumen, las deudas difícilmente se extinguen, salvo que la muerte esté en los causales de extinción, hay que pagarlas.
Ello ha dado origen a que los clásicos “chepitos” se organicen y formen empresas donde ellos compran a las empresas la cartera castigada, por un menor valor, y ellos se dedican a cobrar con el soporte de los documentos que firmaste a la hora del préstamo.
Hay etapas en ese proceso de cobro, a las buenas, te llaman y tu respondes; las medianas, con presión telefónica en el trabajo, casa, etc. y duras, con demanda, creo que llaman ejecutiva, ante juzgado y van por embargos a tus bienes. ¡Tu escoges!
Sobre si es posible que la deuda sea de ese monto, queda difícil opinar sobre ello dado que no se saben los aportes, pero puedes pedir y ellos te tienen que dar la justificación de las cifras. Para tu información, los intereses que te están cobrando son los de mora, que son los mas altos el mercado. Con un contador puedes valorar si esa cifra es correcta o no. Es importante que sepas cómo puedes pagar para poder negociar con ellos y de esa manera lograr un acuerdo que te satisfaga. ¡Vaya Preparada y que te vaya bien!
Quisiera saber que sucede si la provisión de cartera es menor, al monto que se va a castigar? Ej: provision de $1.000.000 y se va a castigar una factura por $1.200.000
Sandra, si se va a castigar un saldo que supera el valor de la provisión, primero se debió provisionar totalmente la deuda cuando se consideró INCOBRABLE. Ahora bien, si ese paso no se hizo, pues para castigarla antes hay que registrar toda la provisión con el fundamento de su incobrabilidad y luego, con el fundamento de haber agotado todos los medios para recuperar el valor, hechos debidamente soportados tanto jurídicamente como en gestión, pues es factible realizar el castigo, es decir, sacar del Balance este saldo. Recordar que por ahora es factible llevar el control de estos saldos en cuentas de orden.
Sandra. Como dice el colega, la deuda para ser INCOBRABLE debió pasar por el escenario del tiempo, es decir, Mora de 30, 60, 90, 180 o 360 días , si la cartera es de COnsumo, por lo general la provisión individual obliga, si ha llegado al extremo a povisionarla en su totalidad, fuera de la provisión general que has venido acumulando. Si el casi es que desean castigarla por otras razones, éstas deben estar plenamente justificadas anta la administración y dejar las huellas para requerimientos futuros.para descartar negligencias jurídicas o de gestión. De pronto el ejemplo que se ha dado lleva a pensar en la posibilidad que mencionas. Pero en le deber ser, el caso planteado es un poco remoto y muy particular.
buenas tardes yo tengo una deuda con tarjeta exito es muy poco pero desafortunadamente me quede sin trabjo y no pude volver a cancelar las abogados que tienen la cartera me informaron que me hiban a castigar la cartera por 8 años esto es posible?? Gracias
Johana. Creo que los abogados te están jugando una broma de la cual te puedes quejar ante el defensor del consumidor de la tarjeta Exito, que en otras palabras se llama ahora TUYA, para que les llame la atención y procedan con respeto frente al cliente que se encuentra haciendo frente a esta situación, que espero sea pasajera.
Si has leído los restantes comentarios el castigo aplica es a la empresa TUYA en este caso. Por el lado personal el castigo depende de la fortaleza física y emocional con el cual se enfrenta la situación, depende de ti. Tu tienes una deuda que no puedes pagar por ahora, para algunos es un castigo tener deuda, para otros no.
De pronto quisieron decir que te van molestar durante ocho años, pero por lo dicho depende de si puedes pagarles antes y punto.
cuando se recoje una cartera es por total de cuotas o total de capital
Ni idea que quieres preguntar.
si soy la empresa que tiene la deuda y al averiguar dicen que ya fue castigada. este valor lo sigo reflejando en el balance en pasivos asi este castigada ya?.
Por favor, lea cuidadosamente lo que se dice en esta columna, castigar no es condonar, no es perdonar, la deuda sigue viva. Suponga el siguiente caso, si quien le debes, vende la cartera a una empresa de cobros ella puede ir a tu empresa y obligarte a pagar, ¿Cómo le respondes al cobrador? Y ¿Cómo le respondes a la empresa si la quitaste del pasivo?. El castigo es un modo que la contabilidad tiene para expresar que esos ingresos no se van a dar en el periodo de tiempo analizado. Si vuelves a preguntar la deuda debe ser ahora parte de las cuentas de orden de la misma, no te han olvidado y el equipo de cobranza no te bajado de la mira.
Buenos días.
Sucede que en octubre 2011 saqué un crédito en la modalidad de libranza con el Banco de Occidente, en el momento de firmar la obligación tenía la capacidad de pago, cuando llegó la solicitud del banco a la Caja de Retiro FFMM dijeron que no tenía dicha capacidad y se demoraron cinco (5) meses para empezar los desembolsos pactados, los cuales ya se encuentran sistematizados y asegurados por el total de la deuda. A causa de que no se pagaron las cinco cuotas mencionadas, actualmente esa cartera se encuentra como “castigada” aunque el banco sigue recibiendo las cuotas. Qué se podría hacer? Gracias.
Buen día.
Sucede que debo una cuenta ante el INCAP desde el 2006 pero infortunadamente no he podido pagar ya que la deuda va por mas de $1.200.000 pesos yo quería pagarle directamente a INCAP pero ellos me dicen que ya no es a ellos que debo de pagar, la verdad es que el monto que me están cobrando es muy alto y no lo voy a cancelar como puedo llegar a un acuerdo para cancelar lo que inicialmente yo debía? el valor total era de $450.000 pesos a donde debo dirigirme ya que esto aparece como cartera castigada.
Lea cuidadosamente todo lo que hay en esta web sobre el tema.
Que la cartera esté castigada, no tiene que ver nada con usted ni con su relación con el INCAP para la deuda. Esta sigue viva. Ud sigue y segura debiendo aunque INCAP casti8gue la cartera.
Propongale a INCAP una forma de pago. Ellos la pueden aceptar, o cobrarse si tienen suficientes elementos : Pagaré, garantía, codeudor, etc. Raro que no lo hayan hecho.
Javier.
Creo que en tu caso pudo pasar lo siguiente. I) el cobro de tu deuda esta en proceso jurídico, por lo cual tu debes arreglar con el abogado a quítenle deben haber dado el poder para negociar. Cuando hables con él será como el día del juicio final, te harán el balance de tus bienes y determinarán que tanto se llevan de tu patrimonio. Ii)el INCAP pudo haber vendido la cartera a una empresa de solo cobranzas, y ellas tienen ese equipo de abogados y cobradores mas los documentos que firmastes en su poder y están a la espera de que un juzgado falle a su favor para proceder como el caso anterior.
Como dice el compañero, la cartera castigada, es sólo un nombre para manejar y acotar esos valores en las contabilidades de las empress, el asunto con quien debe es que debe pagar el capital mas los interese mas los gastos del abogado, salvo que te condonen la deuda, es decir, te la perdonen. Y ese tiempo, parece que ya pasó.
Buen dia.
Sucede que debo una cuenta ante una empresa de ventas por catalogo, pero infortunadamente desde hace siete meses, pero yo tengo un credito con tarjeta exito y esta al dia, me pueden reportar por la deuda que tengo con la empresa de ventas por catalogo?
Buen día.
Depende de los documentos firmados a la hora de establecer la relación comercial con la empresa de ventas
Para salir de dudas se puede acercar personalmente a cualquiera de las centrales de riesgo y hacer la consulta, te pedirán la cédula y te diran quien lo ha reportado y desde cuándo. Te puedes llevar sorpresas. ¡Vaya preparada para recibirlas!
Buenas noches quisiera saber sino he pagado lo de la tarjeta exito desde el año 2009 cuanto tiempo voy a estar castigada?
Buenos días .
Como dice uno de los colegas. Lo del castigo es una maniobra contable que la empresa hace para expresar sus transacciones de manera veraz, en este caso con la forma de pago de sus clientes,. Al deudor no se entera si esta castigado o no, porque las acciones jurídicas de cobro siguen y hasta que no canceles lo debido no te retiran de la lista de las centrales de riesgo, con lo cual el mundo financiero se entera de que no eres sujeto confiable de crédito por lo cual te pedirá mas garantías para que te den crédito. En resumen, los intereses siguen y el abogado te anda buscando, acércate al exito e intente hacer un acuerdo de pago de tu deuda actual.
hola buenas tardes me gustaria saber si mi cartera esta castigada desde octubre 2009 aun tengo que estar reportada en datacredito … y por cuanto tiempo??’
gracias
Que la cartera esté castigada no quiere decir que esté condonada. Sigues debiendo a quien te prestó.
El reporte a Datacrédito comienza según las normas del credito que tomaste, lo que algunos llaman la letra menuda, y sólo termina hasta cuando la entidad que te reportó manifieste que tu cancelaste la deuda mediante el pago o por una condonación de la misma.
Si ya has pagado tienes derecho a reclamarle para que comience el proceso de baja del Datacrédito.
tengo una deuda pendiente con un banco y solo cuento con la mitad del dinero tengo alguna posibilida de ponerme al dia
Puedes intentar hablar directamente con el banco; eso sí, ellos tienen muchos medios de verificar lo que dices y creo que si la posición es honesta puedes lograr estar a paz y a salvo y despejado el camino para que no manchen tu hoja de vida de comportamiento o hábito de pago. Inténtalo, es importante dar la cara y no hacer promesas incumplibles. SUerte
Con el debido respeto, consideraro importante que, ajustado a la técnica contable, se precisen los conceptos de Provisión y Castigo de Cartera, ya que en su aplicación, son dos cosas distintas: La provisión de cartera se refiere al reconocimiento de una posible pérdida por la no recuperación de un saldo de una cuenta por cobrar ( ver http://www.gerencie.com/pasos-para-la-provision-y-castigo-de-cartera.html disponible el 28/08/2012)y el Castigo de Cartera, aunque su denominación de “castigo” sugiera una “pérdida”, no necesariamente involucra el reconocimiento de un gasto y su consecuente afectación a los resultados, sino la eliminación del saldo en la cuenta de balance, es decir, Castigar la Cartera es cancelar la cuenta del Activo, bien sea para llevarla a cuentas de orden (que bajo el esquema de Normas Internacionales ya no aplica) o para definitivamente eliminarla. Es de aclarar que el hecho de castigar la cartera no implica que la Administración de por finalizadas las acciones para su recuperación.
para averiguar cunto es la deuda
solicito este favor ,hace desde el año 1995 quede deviendo un capital a una empresa ,a la cual le plantee la forma de pagarle con mercancias ,ropa que fabricaba de las telas que me vendian , les plantee tambien otras formas , pero no aceptaron. mi cituacion empeoro y no pude pagarles, con el tiempo fuy a ver y la empresa ya no existia y yo lo doy por cuenta prescrita .a este tiempo solicite un credito y no me aprovaron ,por q estoy reportado com desaparecido con cuenta castigada ,¿que devo hacer para que me saquen ? gracias por tu comentario