Consecuencias de cambiar un contrato de término fijo a término indefinido sin liquidar el primero

Un contrato de trabajo a término fijo sin liquidarse, puede ser convertido a término indefinido. Veamos cuáles son las posibles consecuencias o implicaciones de esa decisión.

En primer lugar hay que precisar que todo contrato puede ser modificado por las partes que  lo firmaron en  todas las partes que lo conforman, y en el caso que nos ocupa, no hace falta liquidar el primer contrato; es suficiente con incluir otro sí que cambie la duración de fija a indefinida.

Consideramos que este supuesto sólo afecta dos conceptos muy puntuales: las cesantías y la indemnización por despido injustificado.

Casi todos los conceptos de nómina son liquidados mensualmente, incluso las cesantías, no obstante, las cesantías no se entregan directamente al trabajados sino hasta que se liquide el contrato de trabajo.

En el caso planteado, como el contrato de trabajo no se liquida sino que se modifica para cambiar el término de su duración, no hay lugar al pago de las cesantías al trabajador, sino que estas se siguen consignando en el fondo elegido por el trabajador.

Respecto a la indemnización por un eventual despido injustificado, puede haber algunas consecuencias.

Recordemos que la indemnización por despido injustificado en el contrato  a término indefinido depende del tiempo que lleve el trabajador vinculado con la empresa, de modo que hay que considerar el total del tiempo que esta ha estado vinculado.

Como el contrato a término fijo no se liquidó, sino que se modificó parcialmente,  en nuestra opinión se debe tomar como base todo el tiempo, ya que sólo existe un contrato.

Por ejemplo, un trabajador firma un contrato de trabajo a término fijo de 3 años y al término del mismo no se liquida sino que se agrega un  otro sí convirtiéndolo en indefinido, luego, dos años después el trabajador es despedido sin que medie una justa causa.

Debido a que sólo existe un contrato, la indemnización se debe liquidar considerando los cinco  años y no dos. Distinto es cuando el primer contrato se liquida y se firma uno nuevo.

31 / 08 / 2011

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18 Opiniones en “Consecuencias de cambiar un contrato de término fijo a término indefinido sin liquidar el primero”
  1. ruben dice:

    Trabajo en el consejo de Bellavista sullana piura desde el 2010 al comienso cobraba yo con mi talonario de resibo por honorarios despues cobro mi señora por q yo tube unos problemas con mi dni pero yo seguia trabajando solo mi señora cobraba ahora ya arregle y cobro yo el alcalde me firmado un certificado de trabajo donde consta q yo trabajo desde el 2010 y yo quiero saber si sirbe el sertificado sellado y firmado por el alcalde para futuro

    • ruben dice:

      Puedo pelear mi estavilidad laboral al aber trabajado desde el 2010 en el consejo emos comensado firmando contratos ahora q e ido a pedir mis contratos me dan faltando y este 2013 ya no firmamos contrato tengo un sertificado de trabajo firmado por el alcalde y sellada por el por fabor les pido asesoramiento este es mi correo ruben_cnavarro@hotmail.com a tengo mis comprobantes por honorarios donde consta q cobro en el consejo

  2. javier dice:

    chucha de su madre

  3. javier dice:

    bueno quiero q me ayuden de salir de una duda por favor. lo q pasa que firme un contrato con una empresa el dia vierne 8 de febrero 2013 y mi ingreso es el dia 14 de febrero y entonces despues me notificaron q la empresa tiene una normas de no contratar gente de una distancia muy lejana de la empresa por q dicen q no llegan puntual ala ora de trabajar osea ubo un error en la persona en cargada. que pede pasar y tambien por que el encargado era estranjero y no conece el pais muy bien ya esta firmadoooo el contrato. pero ley el contarato y dice que tres meses de prueba y tres meses de contrato y q dado parte de ambos lado q no queden de acuerdo con algo se puede anular osea q yo decida retirarme despues de ber firmado o que la empresa decida ya no contratarme ya sea el motibo de la distancia u otra razon. por favor ayudemen salir de esta duda……………… graciassss

  4. Paloma dice:

    Acabo de terminar un contrato de un año 2012, y he firmado otro de 7 meses, lo firme el día 28 de diciembre puesto q al trabajar a turno y de mañana noche el 31 de diciembre debía firmarlo antes, hoy día 3 de enero me llaman diciéndome q tienen q revocar el contrato y q m lo pueden hacer hasta el día 8 de enero por orden de la dirección, es posible q después de haber firmado hace casi una semana me llamen para revocar mi contrato? Creo q estoy dada ya de alta y en el Inem así q espero su respuesta

  5. ellopera dice:

    Buenos días, ¿se puede tener contratada una persona a término Fijo y pasarla a Contrato por Obra y Labor?, se consideraría desmejora de las condiciones laborales?. Si se puede, deberpia hacerse la liquidación del término fijo y empezar de cero con Obra y labor?, en cuyo caso se contrato por termino fijo debería terminarse en la fecha estipulada y no antes?.

  6. Ana Mireya Correa dice:

    Que bueno este espacio de consulta. Trabajo desde hace 7 años con una empresa privada a termino fijo y año a año se ha renovado el contrato sin un documento escrito, simplemente sigo trabajando y no se me liquida, en este momento existe la posibilidad de que me terminen el contrato que se vence en septiembre-2012, cómo tendrían que pagarme la liquidación e indemnización como contrato a término indefinido? Gracias por su valioso concepto

  7. Claudia Morales dice:

    quisiera adicionar que en los domingos y festivos laborados el horario es de 12:00 m a 7:30 pm y se liquidan sobre los mismos $600.000…gracias nuevamente!

  8. Claudia Morales dice:

    LLevo 3 años laborados en una empresa de 10:00 am a 8:00 pm en joranada continua (sin horario para almuerzo)con un salario de $600.000 mensuales ($300.000 quincenales), mi descanso es cada 15 dias un domingo o sea, solo descanso dos(2) dias al meses a mis vacaciones, las cesantias me las consignan, los intereses de cesantias me los da en efectivo, me cancelan mis primas semestrales,mi liquidacion anual es de $300.000 correspondientes a las vacaciones(y me dan 15 dias de descanso) tenia un contrato verbal, que segun entiendo se da como contrato a termino indefido. Laboro desde el 1 de agosto de 2009 , en este año (2012)mi jefe quiere hacerme un contrato a termino fijo que renovara cada 5 meses ¿debe liquidarme el tiempo que ya he laborado? si es asi ¿por cuanto seria mi liquidacion y por qué conceptos?…De antemano,gracias por sus respuestas!

  9. Jhon Fredy Arias dice:

    Mi contrato de trabajo inicialmente fue a termino fijo, pero cuando pedia cartas, laborales todas me llegaban a termino indefinido, esto se puede tomar como un pacto entre empleado y trabajador

  10. gloria ramirez gomez dice:

    Buenas tardes. trabajè durante 9 meses en una empresa sin contrato escrito de por medio, cumpliendo horario, recibiendo ordenes y recibiendo salario, la empresa cambia de razon social y para ello nos hacen firmar una carta de terminación de contrato “renuncia” bajo presion,nos me liquiidan pero no me entregan el total de la liquidacion solo por el hecho de que yo no tenia contrato firmado y me prometen iniciar un nuevo contrato, solo pasan 20 dias y me despiden verbalmente sin derecho a nada, ni comisiones ni prestaciones ni nada,que por que ya la anterior razon social no existia comercialmente, mi pregunta es tengo derecho a demandar tanto por la liquidacion anterior que no me fue entregada en su totalidad. como mis prestaciones sociales como pension cesantias, caja de compensacion y eps?

  11. cinthya dice:

    llevo 7 años y medio en un trabajo me despediran y me daran solo finiquito porque firme contrato cada año esta bien que solo me den finiquito?? los otros años al termino de contrato no me liquidaròn

  12. Herdelso Kiquer dice:

    se firmo un contrato por obra o labor determinada el dia 20 de diciembre del 2011 y esta labor termino el 15 de enero del 2012, y este contrato no se liquido, pero sigue trabajando en 3 obras mas sin que le hicieran un nuevo contrato, ni tampoco un otrosi o prorroga, que pasa en este caso si la persona es despedida el 15 de mayo del 2012, a que tiene derecho.

  13. lesmira martinez torres dice:

    Dios tenga misericordia

  14. lesmira martinez torres dice:

    Buenos dias Dios los bendiga, tengo 16 años trabajando por contrato
    con el gobierno los uniformes no los dan completo, anteriormente no
    nos daban sulsidio familiar prima de alimentacion prima de servicios,
    uniformes y muchas cosas mas, la constituccion colombiana en su articulo: dice que tenemos derecho a todos y dice tambien que igual
    trabajo igual salario, que pasa que no se cumple, todos tenemos que
    entregarle cuentas a Dios, hay les dejo una citas biblicas por si
    de pronto hacen lo correcto que Dios tenga misericordia. (6:5 Siervos, obedeced a vuestros amos terrenales con temor y temblor, con sencillez de vuestro corazón, como a Cristo;
    6:6 no sirviendo al ojo, como los que quieren agradar a los hombres, sino como siervos de Cristo, de corazón haciendo la voluntad de Dios;
    6:7 sirviendo de buena voluntad, como al Señor y no a los hombres,
    6:8 sabiendo que el bien que cada uno hiciere, ése recibirá del Señor, sea siervo o sea libre.
    6:9 Y vosotros, amos, haced con ellos lo mismo, dejando las amenazas, sabiendo que el Señor de ellos y vuestro está en los cielos, y que para él no hay acepción de personas.
    ( efesios:6.5..)

  15. guillermo cuervo riveros dice:

    Buenas tardes llevo 16 años en una empresa, y en una ultima reunion nos dijeron que la empresa no estaba en esa politica de despedir personal. Unicamente que alque se le cumpliera el contrato no se le prorrograba mas. Entonces cual es la politica de no despedir personal?… ¿ Tengo derecho a una liquidacion ?. YA que firme contrato a termino fijo por tres ( 3 ) años y luego por tiempo indefinido ?

    • RAUL ARRIETA GONZALEZ dice:

      No se entiende muy bien en tu pregunta si tienes contrato a termino fijo o indefinido, partamos del supuesto de que es indefinido claro que tienes derecho a indemnizacion siempre y cuando el despido no sea por culpa tuya; si por el contrario tu contrato es a termino fijo no tienes derecho a indemnizacion si te avisan con un mes de antelacion a la terminacion del mismo, ya que la naturaleza del contrato a termino fijo es que se puede prorrogar indefinidamente por el termino inicialmente pactado.

  16. kevin jimenez dice:

    que pasa cuando una person firma un contrato eventual de 6 meses cuales son los beneficios y al final el patrono sale con finiquito en lo cual no asido detallado en el contrato anterior.

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