Contabilidad en las personas que realizan actividades mercantiles y no mercantiles

Sabemos que quienes son comerciantes están  obligados  a llevar contabilidad,  y quienes no son comerciantes porque ejercen actividades que la ley no considera mercantiles, no están obligados a llevar contabilidad, ¿Pero qué pasa con quienes ejercen actividades tanto mercantiles como no mercantiles?

Una persona, por el hecho de realizar una sola actividad comercial de forma regular, ya es considerada comerciante, y en ese sentido debe cumplir todas las obligaciones que le son propias, entre ellas la de llevar contabilidad en debida forma.

Ahora, si el comerciante, además realiza actividades que la ley no considera mercantiles, por el hecho de ya estar obligado a llevar contabilidad, tendrá que  incorporar esas actividades no mercantiles dentro de la contabilidad, puesto que no se puede llevar contabilidad sobre una parte, que sería equivalente a fraccionar la contabilidad con respecto a la realidad económica del comerciante y eso la haría completamente inútil.

Debemos recordar que el decreto 2649 de 1993, en su artículo 6, habla del ente económico como una unidad, lo que hace suponer que en este caso, el comerciante, económicamente y contablemente debe ser tratado como una unidad, de suerte que no se puede fraccionar con respecto a unas actividades económicas, puesto que haría nugatorio el objetivo de la contabilidad, cual es ofrecer información económica y financiera real y fiable, y esta sólo será real, fiable y además útil, si en ella se contemplan todas las actividades del comerciante que le generan renta y que componen su patrimonio.

12 / 06 / 2010

Opinar o comentar

9 Opiniones en “Contabilidad en las personas que realizan actividades mercantiles y no mercantiles”
  1. kevyn dice:

    yo me aburro en contabilidad pero me obligan y sy van a responder esten de acuerdo mi profesor se llama norberto la papa salada

  2. kevyn dice:

    yo mr pregunto por q ablan de eso sy no esta buscando otra cosa

  3. LUIS CALERO ROMERO dice:

    gracias

  4. ♥♥♥♥ dice:

    lo realizan las personas q ganan mas de 60.000 dolares eso creooo

  5. Alvaro Bedoya dice:

    Buena Tarde, soy agricultor, persona natural (por lo tanto no estoy obligado a llevar contabilidad), pero los ultimos 5 meses el 90% de mis ventas son compras a terceros (practicamente solo estoy comercializando)productos agricolas. Mis ventas superan los 30 millones mensuales, debo llevar contabilidad? a que obligaciones tributarias estoy obligado?

    Muchas Gracias,

    Alvaro Bedoya

  6. Paola Torres dice:

    Hola se q estoy en el foro equivocado para esta pregunta, necesito saber cuando hago las conciliaciones bancarias encuentro en el extracto, valores q no estan registrados en libros…que debo hacer ua nota debito o nota credito????… q pasa al respecto, y valores q estan en libros pero no en extractos, ahi la situacion es peor q debo hacer?¿?¿?¿…necesito tambn q me guien para hacer el pago de aportes parafiscales…estoy empezando a ejercer mi profesion…y como saben es muy diferente a lo q se ve en la universidad

    gracias por su ayuda
    Dios los bendiga

    • Ricardo Ruiz dice:

      Paola…

      En las conciliaciones bancarias debes realizar tanto notas débito como notas crédito. En general en el extracto encuentras valores que te ha descontado el banco (GMF, comisiones, IVA, retención en la fuente , etc) y valores que te ha aumentado el banco (Rendimientos financieros, consignaciones de terceros, etc). Por este motivo debes considerar ambos casos.

      En cuanto al pago de parafiscales se debe realizar mes vencido con base a lo causado en la contabilidad en el mes inmediatamente anterior a traves de los sistemas electrónicos autorizados (planilla electrónica). Debes suscribirte a una cuenta donde te darán usuario y clave de acceso la cual estarás utilizando en forma mensua.

      Cordialmente,

      Ricardo Ruiz
      rruizgordillo@hotmail.com

    • Jhon Pescador dice:

      Buenas Tardes, quiero comentarle que en mi lugar simplemente realizaria una nota bancaria o nota de contabilidad afectando en banco de acuerdo a la necesecidad, con respecto a la segunda premisa puedo decirle que en paso a seguir es hacer la correspondiente revision del movimiento en su contabilidad y si es preciso hacer el reclamo a la entidad bancaria….

      Me gustaria saber exactamente que inquietud tiene en aportes parafiscales para poder orientarle.

      Hasta pronto y suerte

      JPescador

    • ptm dice:

      chingara tu madre eso deve de ser no cres.. pendejoo..

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