Contabilización de las pérdidas fiscales
Las perdidas fiscales no se pueden incorporar en la contabilidad puesto que son resultados extracontables, puramente fiscales.
Las pérdidas fiscales, no son el producto de la realidad contable de la empresa, sino el resultado de normas fiscales, por tanto, no se pueden incorporar en la contabilidad de la empresa.
Sin embargo, como la empresa debe reflejar todas aquellas situaciones que afecten de una u otra forma los estados financieros, las pérdidas fiscales se deben reconocer en las cuentas de orden.
La cuenta que se debe utilizar es la 82 [Deudoras fiscales], que en su dinámica expresa:
Descripción
Registra las diferencias existentes entre el valor de las cuentas de naturaleza activa según la contabilidad y las de igual naturaleza utilizadas para propósitos de declaraciones tributarias. Comprende conceptos tales como diferencias entre costo contable y fiscal, entre corrección monetaria contable y fiscal, pérdidas fiscales por amortizar y exceso entre renta presuntiva y renta líquida por amortizar.Dinámica
Debitos
a. Por el mayor valor resultante de comparar los valores registrados contablemente y los utilizados para efectos tributarios.
b Por el valor de las pérdidas fiscales por amortizar.
c. Por el valor del ajuste por inflación de las partidas no monetarias.Créditos
a Por venta o retiro del bien, materia de la diferencia registrada.
b Por el valor amortizado, o terminación de la prerrogativa fiscal respectiva.
c Por la extinción de la diferencia respectiva.
La contrapartida, es la cuenta 85 (Deudoras fiscales por contra)
Una vez las pérdidas fiscales se vayan compensando, la cuenta 82 se va disminuyendo en proporción de la pérdida compensada [Consulte: Compensación de pérdidas fiscales]
Ni las pérdidas fiscales ni su compensación pueden afectar registros contables dentro de las cuentas de resultado o de balance.
Al compensar las pérdidas fiscales, el impuesto de renta proyectado puede ser menor, por tanto, el pasivo estimado en razón del impuesto de renta, debe ser sujeto del respectivo ajuste como consecuencia de la compensación de las pérdidas fiscales, pero esto no implica que las pérdidas fiscales o su compensación se deban contabilizar en el pasivo o en el ingreso.


2004 por sentencia de la suprema corte de justicia pagan a x empresa 84,000,000.00 por expropiación de 50 hectáreas.
El avalúo efectuado era por la cantidad de $1,400,000.00 (mil cuatrocientos millones de pesos).
Durante años hemos litigado por la reversión de 234 hectáreas que incluyen las 50 mencionadas.
Existe o no pérdida fiscal? Se puede hacer efectiva ésta?
Pregunta:
persona Natural que en la declaraciòn de Renta del 2010 presenta
pèrdida Liquida del ejercicio (R 58)DEL FORMATO 110, esta obligada a
liquidar Renta presuntiva para el mismo año?
si.
Solo las personas juridicas el primer año no declaran renta presuntiva