Contabilización del leasing financiero

Concepto y definición de leasing.

Termino ingles que puede traducirse por arrendamiento financiero. Fórmula que permite a la empresa tomar unos bienes en arrendamiento y pagar un Canon a la sociedad arrendadora. La sociedad de ” leasing ” ofrece además una opción e compra del bien por un valor residual.

Operación constituida a través de un contrato de naturaleza mercantil en virtud del cual la compañía leasing entrega a los usuarios o arrendatarios a título de leasing la tenencia de un bien para que estos lo usen y lo disfruten pagando un canon mensual durante el período de duración del contrato, y a su terminación si así lo deciden, opten por adquirirlo previa la cancelación de la opción de adquisición pactada.

Leasing financiero

El artículo 127-1 Del Estatuto tributario establece que:

(…)

2. Los contratos de arrendamiento financiero de inmuebles, en la parte que correspondan a terreno, cualquiera que sea su plazo; los contratos de “lease back” o retroarriendo, cualquiera que sea el activo fijo objeto de arrendamiento y el plazo de los mismos; y los contratos de arrendamiento financiero que versen sobre los bienes mencionados en el numeral anterior, pero cuyos plazos sean inferiores a los allí establecidos (inmuebles cuyo plazo sea igual o superior a 60 meses; maquinaria, equipo, muebles y enseres, cuyo plazo sea igual o superior a 36 meses; vehículos de uso productivo y equipo de computación, cuyo plazo sea igual o superior a 24 meses); tendrán para efectos contables y tributarios, el siguiente tratamiento: [Negrilla fuera de texto]

a. Al inicio del contrato, el arrendatario deberá registrar un activo y un pasivo por el valor total del bien objeto de arrendamiento. Esto es, por una suma igual al valor presente de los cánones y opciones de compra pactados, calculado a la fecha de iniciación del contrato, y a la tasa pactada en el mismo. La suma registrada como pasivo por el arrendatario, debe coincidir con la registrada por el arrendador como activo monetario, en la cuenta de bienes dados en leasing. En el evento de que el arrendatario vaya a hacer uso del descuento del impuesto a las ventas previsto en el artículo 258-1 (Artículo derogado por el artículo 134 de la ley 633 de 2000) del Estatuto Tributario, deberá reclasificar el activo en tal monto, para registrar el impuesto a las ventas a descontar como un anticipo del impuesto de renta. [Negrilla fuera de texto]

b. El valor registrado en el activo por el arrendatario, salvo la parte que corresponda al impuesto a las ventas que vaya a ser descontado, tendrá la naturaleza de activo no monetario, sometido a Ajustes por inflación. En el caso de que el bien objeto de arrendamiento financiero sea un activo depreciable o amortizable, el activo no monetario registrado por el arrendatario se depreciará o amortizará, utilizando las mismas reglas y normas que se aplicarían si el bien arrendado fuera de su propiedad, es decir, teniendo en cuenta la vida útil del bien arrendado. En el caso de que el bien arrendado sea un activo no depreciable o no amortizable, el arrendatario no podrá depreciar el activo no monetario registrado en su contabilidad.

c. Los cánones de arrendamiento causados a cargo del arrendatario, deberán descomponerse en la parte que corresponda a abono a capital y la parte que corresponda a intereses o costo financiero. La parte correspondiente a abonos de capital, se cargará directamente contra el pasivo registrado por el arrendatario, como un menor valor de éste. La parte de cada canon correspondiente a intereses o costo financiero, será un gasto deducible para arrendatario.

Para los efectos de este literal, el contrato debe estipular, tanto el valor del bien en el momento de su celebración, incluyendo el impuesto sobre las ventas, como la parte del valor de los cánones periódicos pactados que corresponde a cada uno de los conceptos de financiación y amortización de capital.

d. Al momento de ejercer la opción de compra, el valor pactado para tal fin se cargará contra el pasivo del arrendatario, debiendo quedar éste en ceros. Cualquier diferencia se ajustará contra los resultados del ejercicio. En el evento de que el arrendatario no ejerza la opción de compra, se efectuarán los ajustes en su renta y patrimonio, deduciendo en la declaración de renta del año en que haya finalizado el contrato, la totalidad del saldo por depreciar del activo no monetario registrado por el arrendatario. Por su parte, el arrendador hará los ajustes del caso.

e. Los valores determinados de acuerdo con los literales anteriores, serán utilizados por el arrendatario para: declarar el valor patrimonial del activo; realizar el cálculo de la depreciación, cuando ella sea procedente; aplicar los ajustes por inflación; determinar el saldo del pasivo y su amortización; y, calcular el monto de los costos financieros deducibles.

(…)

Contabilización del leasing financiero (Arrendatario)

De lo anteriormente trascrito, podemos concluir tres cosas:

1. El arrendatario debe contabilizar el bien adquirido mediante leasing financiero, como un activo y un pasivo.

2. El canon mensual de arrendamiento se debe dividir en abono a capital y en gasto financiero.

Contabilización del arrendamiento financiero por tres años de un vehículo por 40.000.000, incluida una opción de compra por 4.000.000.

Contabilización de la adquisición

162535* 40.000.000
211520 40.000.000

Contabilización mensual del canon de arrendamiento.

(Suponemos un canon mensual fijo de 1.000.000, de los cuales, 200.000 corresponden al gasto financiero)**

522040 200.000
2408 32.000***
211520 800.000
1110 1.032.000

Contabilización de la depreciación mensual

526510 666.667
169830 666.667

Contabilización del uso de la opción de compra****

211520 4.000.000
1110 4.000.000
154005 40.000.000
169830 24.000.000
159235 24.000.000

*. Un activo adquirido mediante la modalidad de leasing financiero, se debe contabilizar como un derecho (Intangible), puesto que el domino jurídico del bien, aun pertenece al arrendador; el arrendatario sólo es poseedor de un derecho para ejercer la compra del bien, y hasta tanto no haga uso de ese derecho, el activo no se puede contabilizar en la cuenta 15.

**. Por simplicidad en los ejemplos, sólo se ha calculado y contabilizado el primer mes. Para el cálculo de los meses siguientes, se debe tener claro que se trata de una amortización de un crédito, por lo que se deben aplicar los conceptos de matemáticas financieras, lo que significa que el segundo mes, la amortización de capital es superior al primer mes, y el costo financiero es menor al primer mes, así sucesivamente hasta amortizar todo el valor.

***. La parte correspondiente al costo financiero (valor real del arrendamiento) genera Iva a la tarifa general.

****. El valor de la opción de compra es el valor que debe quedar como residuo una vez se pague el último canon de arrendamiento, por lo que ésta no es objeto de amortización durante la vida del contrato, sólo se amortiza al ejercerse la opción de compra.

Contabilización del leasing financiero (Arrendador)

La contabilización desde el punto de vista del arrendador, es más sencilla puesto que no se debe ni ajustar por inflación ni depreciar.

La única contabilización que debe hacer el reconocimiento del ingreso y del Impuesto a las ventas generado, lo mismo que la amortización del abono a capital que el arrendatario ha hecho. Básicamente e la misma contabilización que la realizada por el arrendatario solo que a la “inversa”: en lugar de gastos es ingreso, en lugar de Iva descontable es Iva generado y en lugar de amortizar el pasivo, amortiza el activo (Bienes dados en leasing).

Conceptos para aclarar.

Arrendador: Es arrendador el que se obliga a ceder el uso de la cosa, ejecutar la obra o prestar el servicio. Persona que da en arrendamiento aquello que le pertenece. Persona jurídica propietaria del bien que se alquila o arrienda.

Arrendatario: Es arrendatario el que adquiere el uso de la cosa o el derecho a la obra o servicio que se obliga a pagar. Persona que toma en arriendo alguna cosa. Persona física o jurídica que alquila el bien.

Documento publicado el Jueves 28 de Agosto de 2008

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Comentarios

18 Opiniones en “Contabilización del leasing financiero”
  1. JAVIER ANDRES AVILA DURAN dice:

    por que la Contabilización mensual del canon de arrendamiento da a pagar 1.232.000 y no 1.032.000?

  2. MISAEL VARGAS QUINTANA dice:

    Porqué se traslada al Activo fijo solamente el valor de la opción de compra?cuando todavía quedan en la cuenta 162535 $ 16 millones del vehículo? y ya se tiene la propiedad del vehículo al ejercer la opción de compra?

  3. Eutimio Cárdenas dice:

    ¿En que momento causan la opcion de compra? Aqui solo contabilizaron el pago de la ésta. ¿y la cuasación?

  4. Hector dice:

    Faltó contabilizar el crédito en la cuenta 162535 por $ 40.000.000, en la seccion de CONTABILIZACION DEL USO DE LA OPCION DE COMPRA

    Gracias

  5. patty dice:

    De ante mano gracias por la infotmación.

    Me gustaria saber: cual es el proceso a seguir cuando un leasing con opcion de compra se vende antes de que se pague la ultima cuota o que sea de nuestra posesión,

    agradeseia colaboración.

  6. DAVID GONZALEZ dice:

    que documentos se requieren para obtener un leasing ? y que requisitos?

  7. Edgar Landinez dice:

    La “Contabilización del uso de la opción de compra****” esta desbalanceada, cual es la contrapartida de los 40 millones que estan al debito en la 154005.

  8. Milena dice:

    Que beneficios económicos trae un leasing?, no es mejor solicitar un préstamo y pagar las cuotas para adquirir un producto, cual me brindaría interés mas bajos? y mejores opciones de adquisición. Ademas si lo estoy pagando pero no esta dentro de mi capital quien paga los impuestos por este inmueble o vehiculo

  9. Leoluis dice:

    Buen día,

    Deseo confirmar con ustedes la manera adecuada de registrar un siniestro ocurrido sobre un leasing financiero de un vehículo, cuya obligación aun no se ha finalizado. Si alguien tiene claridad o conocimiento sobre el tema les agradeceria.

    Slds,

  10. urieltovarg@gmail.com dice:

    Buenos dìas.

    No se porque razòn la compra de este vehìculo a 36 meses le dan la modalidad de “arrendamiento fiianciero”, cuando lo que establece el artìculo 127-1 del E.T., es que para el contrato de arrendamiento financiero de vehìculos de uso productivo y de equipo de computaciòn, cuyo plazo sea igual o superior a 24 meses; seràn considerados como arrendamiento operativo.

    Entonces, al ser adquirido este vèhiculo a un plazo mayor al anteriormente estipulado, estamos frente a la modalidad del leasing operativo el cual debe contabilizarse como un gasto deducible y no como ustedes lo manifiestan en este ejemplo.

    URIEL TOVAR G.
    CEL.3115014611

  11. Diego dice:

    Una pregunta, cuando se genera intereses moratorios en arriendo de u n inmuble, estos intereses generar una retencion? o no

  12. Oscar dice:

    Hola, por qué contabilizan IVA si el numeral 3 del Art 476 del ET, en cuanto a servicios excluidos de IVA, ha establecido que el arrendamiento financiero (Leasing) pertenece a este grupo.

  13. william Camelo dice:

    Perfecta la contabilización de dicho derecho para el caso del lesing financiero, pero una gran inquietud,

    Si tengo un bien raiz por 1.000.000.000 millones con una depreciacion de 100.000.000,
    tendria en mi contabilidad:
    cuenta 1516 1.000.000.000
    1592 800.000.000
    Y hubiese registrado en los dos años en la cuenta 5160 ” Depreciación por 200.000.000

    Registro el Leasing Financiero:
    16 1.500.000.000
    21 1.500.000.000

    La pregunta del millon es, y que hago con los valores de la cuenta 1516 y 1592 ? ? ? ? ?
    Los hago credito a la cuenta 1516 y Debito a la cuenta 1592, y el saldo debito a donde lo envio ? ? ? ? ? ? ?

    No puedo dejarlos en la contabiliad porque ya el bien no es de la compañia, ya se hizo escritura publica, ahora pertenece a la compañia de leasing.

    Adicional si me pide la compañia de Leasing que le expida la factura, debo registrarla credito al ingreso y debito a una cuenta por cobrar ???? Que hago con estas partidas.

    williamcamelo88@hotmail.com

  14. maria bolaños dice:

    En lacontabilizacion quedan vivos los 40.000.000 en la cuenta 16 y esta cuando la cancelan ?

    • Jhonnier dice:

      Si te fijas en la contabilizacion de: “Contabilización del uso de la opción de compra****”
      las cuentas no estan cuadradas, no son sumas iguales.
      Segun recuerdo en la U, al transladar el bien como activo fijo en la 15, se debe acreditar los 40.000.000 de la 162535, de sta manera cuadra las sumas iguales CR y DB, de ese punto.

  15. carlos ivan dice:

    El arrendatario como contabiliza:
    Un Leasing Financiero puro.
    Un Leasing Financiero con opcion de compra.
    Un Leasing Operativo.
    Ya que el art 127-1 ET no explica con detalle la contabilizacion.

    Gracias.

  16. Jhonnier dice:

    Como seria la contabilizacion, si el leasing f/ciero se paga x anticipado?

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