Costo fiscal de los bienes inmuebles que tienen el carácter de activos fijos

Los activos fijos o inmovilizados están definidos en el artículo 60 del Estatuto Tributario, como los bienes corporales muebles e inmuebles y los incorporales, que no se enajenan dentro del giro ordinario del negocio del contribuyente; para determinar el costo fiscal de los inmuebles que tienen el carácter de activos fijos, los contribuyentes tienen tres métodos, uno por norma general y dos alternativos; el general está señalada en el artículo 69 ibídem y consiste en que el costo fiscal, es el costo de adquisición o el costo declarado en el año inmediatamente anterior, más las adiciones, mejoras, construcciones, reparaciones locativas no deducidas y contribuciones por valorización, menos la depreciación; adicionalmente, los contribuyentes podrán ajustar anualmente el costo de los activos fijos, en el porcentaje en que se ajusta la unidad de valor tributario (UVT).

A su vez el primer costo fiscal alternativo, está regulado por el artículo 72 ibídem, este consiste en tomar el autoavalúo o avalúo catastral que figure en la declaración inicial del impuesto predial unificado y/o declaración de renta, correspondiente al año anterior a la enajenación, no obstante cuando se trate de avalúo formado, el valor que se utilice como costo fiscal debe ser el mismo denunciado en la declaración del impuesto de renta y complementarios correspondiente al año gravable anterior al de la enajenación, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 7 del Decreto 326 de 1995.

El segundo costo fiscal alternativo es el regulado por el artículo 73 ibídem, él cual solo aplica para personas naturales y consiste en ajustar el costo de adquisición del bien inmueble por el incremento porcentual del valor de la propiedad raíz, registrado entre el 1 de enero del año en que se adquirió el bien y el 1 de enero del año en el que se enajena; adicionalmente, este costo ajustado podrá incrementarse con el valor de las mejoras y las contribuciones por valorización y debe figurar en la declaración de renta del año anterior al de la enajenación, en el caso de que la persona natural sea declarante.

Cabe anotar que los contribuyentes no obligados a llevar libros de contabilidad deben declarar los inmuebles por el mayor valor entre el costo de adquisición, el costo fiscal, el autoavalúo o el avalúo catastral actualizado al final del ejercicio.

29 / 07 / 2010

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3 Opiniones en “Costo fiscal de los bienes inmuebles que tienen el carácter de activos fijos”
  1. fernanda pardo dice:

    Buen dia, tengo una casa que en el 2011 la declare por valor de 310.000.000 millones y en este año 2012 le realice mejoras por valor de 150.000.000 cual es el costo fiscal si proyecto venderla en este mismo año es decir 2012.

    Gracias

  2. FERNANDO ROMERO dice:

    BUEN DIA, ME PODRIAN COLABORAR
    COMPRE UNA CASA POR EL VR. QUE DICE EL AVALUO CATASTRAL DEL 2011 Q FUE DE 100.400.000.oo, TENGO QUE INGRESARLA A LA CONTABILIDAD COMO ACTIVO FIJO¡¡¡¡ ¿CUAL ES EL VR CON QUE SE DEBE REGISTRAR ESA COMPRA DE LA CASA SEGUN TENGO ENTENDIDO QUE HAY UNA PARTE A TERRENO Y OTRA A EDIFICACIONES ESTOY MUY CONFUNDIDO PORQ NO SE POR Q VR. SE VA A REGISTAR.

    POR OTRO LADO ESA CASA SE VA DEMOLER TOTALMENTE A CONSTRUIR UNA BODEGA ESAS MEJORAS INCEMENTAN EL VR DE LA CASA??? Y SI LO INCREMENTA YA LA CASA NO ME VALDRIA 100M COMO FUE EL PRECIO INICIAL SINO MAS LOS AVALUOS???? SERIA MUY GRATO QUE ME AYUDARAN CON LA RESPUESTA. MIL GRACIAS….

  3. dulce fernandez dice:

    Un inmueble fuè adquirido por una persona natural en 1994 por documento NOTARIADO. Luego fuè REGISTRADO en 2003. Se va a enajenar y se desea saber desde que fecha puede efectuar el ajuste por inflaciòn permitido por la Ley para determinar su costo fiscal.
    Desde 1994 (fecha del documento notariado) o desde 2003 fecha de registro del documento.
    Gracias.

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