Cuando no hay que pagar el auxilio de transporte
Lo más consultado hoy
Tarifas de la matrícula o registro mercantil 2009
Contrato de servicios como soporte fiscal
Ley de la oferta y la demanda frente al nivel de los salarios
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
Bogotá. D.C., 23 de Agosto de 2005
Concepto: 3727
Ref: Rdo. No75248 -Auxilio de transporte
Damos respuesta a su petición, radicada con el número de la referencia, de formular este Ministerio consulta a la Sala Civil del Consejo de Estado, sobre el artículo 2° de la Ley 15 de 1959, reglamentado por el artículo 5 del Decreto No 1258 del mismo año, en los siguientes términos:
El artículo 2° de la Ley 15 de 1959, señala:
” Establécese el cargo de los patronos en los municipios donde las condiciones del transporte así lo requieran, ajuicio del gobierno, el pago del transporte desde el sector de su residencia hasta el sitio de su trabajo para todos y cada uno de los trabajadores cuya remuneración no exceda de (…), El gobierno podré decretar en relación con este auxilio tas exoneraciones totales o parciales que considere convenientes, así como también podrá graduar su pago por escala de salarios, o número de trabajadores, o monto del patrimonio del respectivo taller, negocio o empresa.
La anterior disposición por razón del cambio de las circunstancias que se han dado en el País, desde la fecha de su expedición, ha sido sujeta de varias derogatorias algunas expresas y otras tácitas como la que limitaba su aplicación a determinados municipios , y la del caso del pago únicamente por los días trabajados.
Es así que el Consejo de Estado, en Sentencia de noviembre 25 de 1983, se pronunció sobre el lema que nos ocupa en los siguientes términos:
“En efecto, el derecho en mención (D. 25, enero 9/63), igualmente reglamentario de la Ley 15 de 1959, cambió el valor variable del auxilio de transporte por una suma determinada, la cual se ordenó entregar directamente a los trabajadores oficiales y particulares, sin tener en cuenta los criterios de distancia, pues se eliminó lo relativo a los mil metros, lo del número de pasajes a pagar y lo referente a la tarifa que debía de tenerse en cuenta para tales efectos”.
Es en razón de lo expuesto que el artículo 5° del Decreto 1258 de 1959, que señalaba que el auxilio de transporte se pagará únicamente en los días en que el trabajador preste sus servicios , pierde su vigencia con la expedición de normas posteriores que dispusieron su pago en sumas fijas mensuales, lo cual descarta los descuentos por concepto de los días de descanso obligatorio; luego prima el mandato de las últimas disposiciones que fijan periódicamente ese valor.
También es claro para el despacho, que durante los eventos de suspensión del contrato de trabajo que menciona el artículo 51 del Código Sustantivo del Trabajo, subrogado por el artículo 4° de la Ley 50 de 1990, el tiempo de incapacidad y el lapso de las vacaciones no hay lugar al pago del mencionado auxilio.
así mismo le manifestamos que cuando el empleador presea en forma gratuita el servicio de transporte a sus trabajadores, no está obligado a remunerar el auxilio que nos ocupa.( Art. 4′ Ley 15/59).
En efecto, el Decreto No 4361 de diciembre 22 de 2004, que fijo el valor del auxilio de transporte para el presente año señala:
“Artículo 1”.- Fijar, e partir del primero (1º) de enero del ano dos mil cinco (2005), el auxilio de transporte a cargo de los empleadores, a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devenguen hasta (dos) veces el Salario Mínimo Legal Vigente, en la suma de CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS PESOS (44.500,00 )[Hoy 47.700, decreto 4726 de 2005] Moneda Comente, mensuales: el cual se pagará en todos los lugares del país donde se preste el servicio público de transporte”.
Con base en las disposiciones y fallos transcritos está oficina, ratifica el concepto de que el auxilio de transporte debe de cancelársele a los trabajadores que tienen los requisitos que consagra el preinserto Decreto No. 4361, lo que conlleva a que no haya descuentos de su valor por los días de descanso obligatorio, salvo el tiempo de las vacaciones y los eventos ya mencionados.
Finalmente le manifestamos, que por considerar que no existe vació ó controversia sobre la norma que se solicita formular consulta ante la Silla Civil del Consejo de estado, está oficina se abstiene de atender su pedimento.
El presente concepto se da en los términos del artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.
Cordialmente,
ALBA VALDERRAMA DE PEÑA
Jefe Oficina Asesora Jurídica y de Apoyo Legislativo
Este tema y muchos más en Nuestra Guía Laboral


que base se tiene en cuenta para los dos salarios minimos, si setiene encuente las comisiones si o no y si setriene encuenta las horas extras para determinar los dos salarios minimos.
ejemplo: un trabajador que tiene de sueldo 2 salarios minimos y ese mes se gano $60.000 de comision y $35.000 de horas hextra tiene derecho al pago de auxilio de transporte. las comisione y/o las horas estras hasen base para el calculo de los dos salarios minimos para el pago de axilio de traspote
espero una pronta respuesta
es decir si el trabajador vive antes de 1.000 metros de distancia del sitio de trabajo, no tiene derecho al auxilio de transporte?
si yo trabajo a seis cuadras de donde vivo, mi patrono esta obligado a pagarme el subsidio de transporte?
trabajo 6 horas diarias y tengo un sueldo basico de 750.000, pero con las horas extras el sueldo es de 1`100.000 tengo derecho al auxilio de transporte
Hace mas de 2 mese la empresa se trasladò fuera del perimetro urbano a 18km de distancia.
Mi pregunta es :
Està la empresa en obligaciò de faciliatr el trasporte a los trabajadores?
La mayorìa poseen motocicleta (4 de 7) y donde el gerente no se presta ni para dar un auxilio de transporte.
Que ley cobija a los trabajdores respecto al tarsporte?
en un municipio que no existe servicio de transporte organizado, es obligatorio pagar auxilio de transporte. puesto que todos los decretos reglamentarios del auxilio de transporte dicen taxitamente
” el cual se pagará en todos los lugares del país donde se preste el servicio público de transporte”.
UN APRENDIZ SENA TIENE DERECHO A SUBSIDIO DE TRANSPORTE
Buenas Noches, tengo la inquietud si una persona que gana el minimo, lleva 22 años en una empresa y vive a menos de 1000 metros del lugar de trabajo se le puede quitar el derecho al auxilio de transporte.
quiero saber si se paga subsidio de tranporte en licencia de maternidad
TENGO VARIOS TRABAJADORES LAS LABORES SE CORDINANA SEGUN SALGA TRABAJO, SIN EMBARGO PAGO TODO LO DE LEY .
EL MOTIVO ES QUE CADA UNO CUANDO ENTRAN (UN EJEMPLO) A LAS 5;00 AM ME COBRAN EL TAXI O BUSES QUE TOMAS PARA VENIRSE A ESA HORA A LABORAR, EL LIO ES QUE PAGO TODO INCLUYENDO EL AUXILIO DE TRANSPORTE PERO ELLOS COBRAN ESA TARIFA DE MAS POR QUE ENTRAN A UNA HORA ADICIONAL , HORAS QUE PAGO COMO EXTRAS DESDE EL MOMENTO QUE ENTRAN A LA EMPRESA.
GRACIAS REQUIERO O SOLICITO INFORMACION RESPECTO AL TEMA Y OJALA EL ARTICULO DEL CODIGO SUSTANTIVO DE TRABAJO QUE ACLARE ESTA SITUACION.
GRACIAS.
CORDIALMENTE
NANCY SANDOVAL
Buenas noches. quiero saber si un aprendiz sena tiene derecho a subsidio de transporte y que articulo lo dice.
gracias.
Buenos días, quisiera saber si la ley obliga a las empresas a reconocer el subsidio de transporte para los aprendices que están en cada etapa, ya sea lectiva o productiva, además si la ley establece el pago cuando la empresa no está ubicada cerca a la zona de residencia del aprendiz, está a más de 20 km. Hasta donde tengo entendido el pago es voluntario.Agradezco la colaboración
buenos días….tengo un inquietud, cuando un trabajador gana un salario básico de menos de 2 salarios mínimos, pero con las horas extras sobrepasa el tope de los 2 salarios para que le reconozcan el auxilio de transporte….se puede dejar de pagar? Agradezco que alguien me ayude a solucionar la duda
Gracias!
Tienen obligacion las cooperativas de trabajo pagar a sus “suminstrados”, subsidio de transporte cuando ganan menos de 2 salarios mínimos legales mensuales?
Hay soporte legal para no hacerlo? Qué ley o decreto?
Gracias.
estoy haciendo vacacioones en una empresa, el contrato es supuestamente por prestacion de servicios, pero me toca cumplir un horario. tengo derecho a auxilio de trasporte?
trabajo con una empresa donde gano solo el minimo legal e tenido incapacidades. desafortunadamente continuas, la empresa no me paga sudsidio de transportes por los dias que no trabajo por la incapacidad; mi pregunta concreta es tengo ono derecho al subsidio de transportes.agradeseria una respuesta ami solicitud ¿gracias ?….
trabajo con una empresa donde gano solo el minimo legal e tenido incapacidades.desafortunadamente continuas,la empresa no me paga sudsidio de transportes por los dias queno trabajo porla incapacidad: mi pregunta concreta es tengo ono derecho al sudsidio de transportes. agradeseria una respuesta ami solicitud. ¿ gracias ?…