¿Cuándo se debe pagar el salario?

Los salarios se deben pagar una vez se haya cumplido el periodo de pago pactado entre las partes en el contrato de trabajo, y en la fecha en que se haya acordado.

Periodo de pago en el contrato de trabajo.

Al firmar el contrato de trabajo, las partes acuerdan el periodo de pago, y según ese periodo acordado se define la fecha en que el empleador debe pagar los salarios.

Al respecto señala el artículo 134 del código sustantivo del trabajo:

  1. El salario en dinero debe pagarse por períodos iguales y vencidos, en moneda legal. El período de pago para los jornales no puede ser mayor de una semana, y para sueldos no mayor de un mes.
  2. El pago del trabajo suplementario o de horas extras y el del recargo por trabajo nocturno debe efectuarse junto con el salario ordinario del período en que se han causado, o a más tardar con el salario del período siguiente.

De acuerdo a lo anterior, el periodo de pago puede ser diario, semanal, quincenal o mensual. En todo caso, el periodo de pago no podrá ser superior al mes y en el caso de quienes laboran mediante la figura de jornales, el periodo de pago no podrá ser superior a una semana.

Fecha en que se debe pagar el salario.

Una cosa es el periodo de pago, y otra es la fecha o plazo para pagar el salario.

Se puede pactar un periodo de pago mensual, por ejemplo, pero que el pago se haga el primer día hábil del mes siguiente, o que se pague el último día del mes, o de la quincena, etc.

Quiere decir esto, que tan pronto como se termine el periodo pactado, el empleador debe pagar el salario a sus trabajadores en el plazo estipulado en el contrato.

El artículo 134 del código sustantivo del trabajo contempla una excepción en cuanto al plazo para pagar el trabajo suplementario y el recargo nocturno, que se pueden pagar en el periodo siguiente, lo que implica que el empleado sólo podrá exigir su pago en el siguiente periodo.

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Esta excepción no cobija los recargos dominicales y festivos, ni las comisiones, por lo que estas deberán pagarse junto con el salario en el mismo periodo en el que se hayan causado.

Plazo máximo para pago de nómina en Colombia.

Como ya señalamos, la nómina debe pagarse una vez se termina el periodo causado, en el plazo o fecha que se haya acordado.

Una vez se cumpla el plazo o término para el pago de la nómina, por ejemplo, los primeros 5 días hábiles del mes o periodo siguiente, el pago debe hacerse, pues de lo contrario el empleador entra en incumplimiento.

En la práctica la mayoría de los empleadores pagan tarde la nómina sin ninguna consecuencia, pero si ese retardo es reiterado y relevante, se puede configurar una causa justa para que el trabajador renuncie, como pasa a explicarse.

En cuanto al pago seguridad social y aportes parafiscales que hacen parte de la nómina, debe hacerse dentro de los plazos que fija el cogobierno, y sino se hace en esos plazos se deben pagar intereses moratorios.

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Sanción para el empleador que no paga oportunamente los salarios.

El código sustantivo del trabajo no contempla una consecuencia expresa para el empleador que no paga los salarios en la fecha en que le corresponde, pero señala el numeral 6 del literal B del artículo 62 del código sustantivo de trabajo, respecto a las justas causas que tiene el trabajador para terminar el contrato de trabajo:

«El incumplimiento sistemático sin razones válidas por parte del empleador, de sus obligaciones convencionales o legales.»

Una de las obligaciones del empleador es pagar el salario en las fechas acordadas, y si no lo hace naturalmente está incumpliendo son su obligación, pero ese incumplimiento configura justa causa de renuncia siempre que sea sistemático, es decir, siempre que se vuelva la norma general, y que el pago retardado sea representativo.

Despido indirecto del trabajador.El despido indirecto se da cuando el trabajador renuncia debido a que el empleador lo obliga a renunciar, y da lugar al pago de la indemnización por despido injusto.

Por ejemplo, en el contrato se puede acordar un pago mensual que se hará efectivo en los primeros dos días del siguiente mes, y el empleador paga los días 5 de vez en cuando.

En tal situación no se configura una afectación importante al trabajador y difícil es alegar una causa justa para la terminación del contrato de trabajo.

Cambio de periodicidad de pago de la nómina.

El empleador, previo acuerdo con el trabajador, puede cambiar la periodicidad del pago de la nómina de quincenal a mensual, o viceversa.

El acuerdo entre las partes es necesario en razón a que es un elemento incluido dentro del contrato de trabajo, y cualquier modificación requiere acuerdo entre las partes.

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