¿Cuándo una persona natural debe inscribirse en el Rut?
El registro único tributario (Rut), es un mecanismo establecido por el estado para identificar a las personas que tienen alguna obligación tributaria, ya sea formal o sustancial.
Pero, ¿cuándo una persona natural tienen la obligación de inscribirse en el Rut?
Una persona natural está en la obligación de inscribirse en el Rut cuando tenga alguna obligación o responsabilidad tributaria frente a la Dian.
Entre las obligaciones tributarias está la obligación de declarar renta, le de inscribirse en el régimen común o en el régimen simplificado cuando desarrolle operaciones gravadas con el impuesto a las ventas, de practicar retención en la fuente cuando de acuerdo a la ley sea agente de retención, la de expedir factura, etc.
Del artículo 555-2 del estatuto tributario, se pueden inferir los casos en que una persona natural debe inscribirse en el Rut:
El Registro Unico Tributario, RUT, administrado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, constituye el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y no contribuyentes declarantes de ingresos y patrimonio; los responsables del Régimen Común y los pertenecientes al régimen simplificado; los agentes retenedores; los importadores, exportadores y demás usuarios aduaneros, y los demás sujetos de obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, respecto de los cuales esta requiera su inscripción.(…)
Si no se tiene ninguna obligación tributaria, no habrá necesidad de inscribirse en el Rut, como es el caso de las personas vinculadas mediante un contrato de trabajo, siempre que no estén obligados a declarar.
Una persona cualquiera que preste un servicio gravado o venda un producto gravado, así el valor de sus ventas sea ínfimo, tendrá que inscribirse en el Rut, puesto que en algún momento algún cliente se lo exigirá, ya que por desarrollar una actividad gravada, está obligado a inscribirse en el Rut.


Hola buenos días, tengo una preguntita: voy a prestar servicios de outsourcing a una empresa española y obviamente para pagarme, me exigen que emita factura. Para expedir una factura, tengo que crear una empresa o simplemente al estar inscrita en el RUT ya puedo expedir esta factura?
Muchas gracias por su ayuda,
Un saludo.
Señores GERENCIE.COM,Felicitaciones y gracias por las informaciones las cuales son de alta calidad social,comercial y familiar.
Me permito realizar la siguiente pregunta:
Existe algún decreto,Ley u otra norma que explique si una entidad sin animo de lucro puede inscribirse ante la camara de comercio sin efectuar pago por su inscripción ? Ejemplo :” una corporación de veeduria permanente.”
Agradezco su orientación al respecto,
Felicidades y éxitos.
PEDRO ALEJANDRINO LOPEZ MOSQUERA
que capital de patrimonio debe ser declarado ante la dian .por favor alguien me responda a mi correo se le agradese luismavia7@hotmail.com colombia
el libro fiscal virtual que ofrece gerencie.com es valido para presentarlo a la DIAN o es indispensable tener el libro en fisico.
Voy a Laborar por prestación de servicios y para esto me solicitan el RUT… mi pregunta es ¿¿¿al tener el Rut debo declarar Renta??? o ¿¿¿que declaraciones tengo que presentar ante la DIAN???.
El tener RUT no obliga a declarar renta. Son los montos de ingresos y el Patrimonio de la persona lo que obliga.
Si va a laborar por orden de Prestación de Sericios le van a hacer descuentos por concepto de retención en la fuente, lo cual es una de las causas para inscribirse en el RUT. El hecho de inscribirse en el RUT no obliga a declarar Renta, es el hecho de declarar renta lo que obliga a inscribirse en el RUT. El hecho de declarar renta viene dado por el patrimonio y por los ingresos mensuales.
SOY EMPLEADA QUE EN MIS RATOS LIBRES COMPRO ROPA, ACCESORIOS, ZAPATOS Y DEMAS PARA VENDERLES A MIS AMIGAS…………..UNA AMIGA QUE VIVE EN AMAZONAS ME SOLICITO QUE LE ENVIE MERCANCIA YA QUE ELLA PIENZA ABRIR UN LOCAL COMERCIAL LA MERCANCIA QUE YO ENVIO VA A SER MAS BARATA MI PREGUNTA ES YO COMPRO Y NO ME EXPIDEN FACTURA COMO HAGO MI MERCANCIA LEGAL