¿Cuántas veces se puede renovar un contrato de trabajo a término fijo?
¿Cuántas veces puede un empleador renovar el contrato de trabajo a término fijo?
Existe la creencia popular que un contrato de trabajo a término fijo que se renueve muchas veces, se convierte en un contrato a término indefinido, lo cual es absolutamente equivocado.
La ley laboral no contempló que un contrato de trabajo a término fijo renovado más de X veces, se convirtiera en indefinido, y es más, de forma taxativa estableció la posibilidad de que se renovara indefinidamente.
En efecto, el artículo 46 del código sustantivo del trabajo dice:
Contrato a término fijo. El contrato de trabajo a término fijo debe constar siempre por escrito y su duración no puede ser superior a tres (3) años, pero es renovable indefinidamente.
(…)
Es absolutamente claro que un contrato de trabajo a término fijo se puede renovar muchas veces (no hay límite en el número de renovaciones), sin que exista riesgo alguno que el trabajador pueda alegar la existencia o configuración de un contrato a término indefinido.
Lo que existe es una limitación en el número de veces que se puede renovar el contrato de trabajo a término fijo inferior a un año, pero la consecuencia no será un contrato a término indefinido, sino un periodo mínimo de un año. Consulte: ¿Cuántas veces se puede renovar un contrato de trabajo inferior a un año?


sE CONSULTA ES VIABLE PACTAR EN UN CONTRATO DE TRABAJO A TERMINO INDEFINIDO UNA CLAUSULA DE PERMANENCIA MINIMA
HOLA TNGO UNA DUDA TENGO UN CONTRATO DE UN AÑO ANTERIORMENTE YA HABIA FIRMADO UNO, QUE POSIBILIDAD HAY EN QUE ME DEJE FIJA TENGO UNA HIJA QUE MANTENER.POR FAVOR ESPERO RESPUESTAS GRACIAS
Buenas tardes mi pregunta es la siguiente tengo un contrato a termino fijo que lo firme el 14 de agosto del 2006 pero desde esa fecha no firme mas contrato hasta el dia de hoy. Yo quiero saber si este contrato paso a termino indefenido o me pueden sacar por terminacion del contrato. muchas gracias le agradesco por su colaboracion
Aunque en su nota usted dice que el contrato fue celebrado a término fijo pero no indica el plazo pactado, de todas maneras cabe anotar que dicho contrato se convirtió a un año, o si lo era a un año conservó esa duración, el cual ha venido prorrogándose al vencimiento de cada período. Así pues, su contrato sigue siendo a término fijo, y por tanto el empleador puede válidamente negarse a prorrogarlo y para ello le basta con avisarle a usted con 30 días de anticipación al vencimiento del actual ciclo, o de cualquiera de los próximos.
Saludos,
Se firma contrato a término fijo a un año, nunca se notifica terminación por lo cual se prorroga automáticamente. 30 días antes de cumplir los 4 años notifican que no se renueva.
La pregunta es: Al no notificarse durante los 3 primeros años no se convierte en contrato a termino fijo superior a 3 años incumpliendo con el artículo que dice: “El contrato de trabajo a término fijo debe constar siempre por escrito y su duración no puede ser superior a tres (3) años”?
en julio 2011 firme contrato por seis meses contrato inferior a un año. con un salario de $2,200.000 en diciembre me liquidaron y continue trabajando con la empresa pero me bajaron el salario al minimo y comisiones no prestacionales sin firmar nuevo contrato. si me liquidan cual seria mi liquidacion y con que antelacion me deben avisar que no sera renovado mi contrato.
Hola este articulo se contradice con el titulado “EFECTOS DE CELEBRAR CONTRATOS A TERMINO FIJO INFERIOR A UN AÑO DE MANERA SUCESIVA CON UN TRABAJADOR” del 21 de mayo de 2012. En el cual dicen que si un empleador renueva el contrato a termino fijo menor de un año al mismo trabajador todos los años, SE CONVIERTE EN CONTRATO A TERMINO INDEFINIDO. Bueno en aquel no tiene soporte legal y en este menciona al Articulo 46 del CST por lo tanto este es el que convence.
Para resolver su inquetud me permito invitarla a leer el comentario que publiqué recientemente en el lugar en donde aparece el editorial a que usted alude.
Cordial saludo,
Buenos días
Quiero saber si un administrador de un conjunto residencial que lleva 12 años administrando y siempre se hace reelegir gracias a todas sus patrañas quien al parecer tienía un contrato por servicios y el cual al parecer no se a vuelto a hacer pero el sigue en el cargo,
Mi pregunta esÑ
Puede este administrador iniciar un proceso cuando se logre que otro administrador llegue?
Que clase de perjuicios nos ocasionaría?
Hay alguna ley donde se diga que el administrador de propiedad horizontal no puede ser nombrado después de cierto tiempo de servicios?
La alcaldía tiene alguna responsabilidad en cuanto esta acepta el nombramiento del mismo no cumpliendo con la ley 675 que dice que tiene que ser nombrado por el concejo no por asamblea ?, este señor siempre se ha hecho nombrar por asamblea.
Gracias
Sus respuestas las recibo en mi correo electronico
gonzalezolga1@hotmail.com
Cordial saludo
Quisiera hacer la siguiente consulta, un contrato de trabajo cuyo termino es a un año se puede renovar por un termino inferior?, cabe aclarar que previamente se dieron 3 renovaciones iguales de 3 meses, la cuarta quedo a un año
mil gracias por la colaboración
Llevo 3 años continuos en la empresa con contratos a termino fijo de 6 meses y el nuevo contrato lo firme por 4 meses. Me pueden despedir en 4 meses? Esto es legal? si me despiden como debo proceder….gracias
fernando dice:
febrero 11, 2012 a las 3:11 pm
Llevo 3 años continuos en la empresa con contratos a termino fijo de 6 meses y el nuevo contrato lo firme por 4 meses. Me pueden despedir en 4 meses?…si esto. Sucede como puedo proceder…
Llevo 3 años continuos en la empresa con contratos a termino fijo de 6 meses y el nuevo contrato lo firme por 4 meses. Este contrato si tiene validez…
la pregunta mia es llevo 9 años 2 meses en mi empresa y me acuerdo que solo firme dos contratos laborales cuando pedia cartas laborales me las daban a termino indefinido y despues de 2 años me las dan a termino fijo no se que significa esto me pueden guiar gracias
Buenos días.
Durante 6 años la organización en la que he trabajado ha renovado mi contrado anualmente. Me dieron aviso que no me renovarán el contrato que termina en diciembre de 2011. Las causas no están justificadas dentro de lo estipulado por la organzaición en cuanto al seguimiento que se le da a los empleados cuando no están cumpliendo con lo que ellos esperan. En el mes de octubre mi jefe me indicó y asignó las tareas que tendría para el 2012, con base en eso hice mis planes económicos del 2012, pero como ya dije hace unos días me dijeron que no renovarían el contrato, y en medio de la reunión uno de mis superiores hizo el comentario sobre una situación personal, en la que ésta organización me había aparentemente acompañado con terapia psicológica. Se trata de un diagnostico de depresión leve, la que en ningún momento impidió el cumplimiento de mis objetivos y rendimiento, sin embargo el superior comenta la situación sin razón alguna, lo que me hace pensar que mi información confidencial como paciente se ha filtrado hasta mis jefes. Qué puedo hacer en éste caso, en el que siento que me han vulnerado como persona, y en el que sin causa justa me despiden y en el que además ya había un compromiso verbal de trabajo.
Agradezco sus comentarios,
Nita
En principio, el empleador es libre de renovarle o no el contrato de trabajo al trabajador. Igual derecho tiene éste de continuar o no en su trabajo. La ley sólo exige que la parte que no esté interesada en prorrogar el contrato le haga saber a la otra esa decisión con una anticipación no inferior a 30 días respecto de la fecha en que se vence el plazo pactado.
Sin embargo, si la decisión del empleador de no prorrogar el contrato de trabajo obedece a que el trabajador sufre una enfermedad que si bien es cierto lo afecta pero no interfiere su desempeño laboral, esa decisión del empleador es reprochable porque vulnera el derecho del trabajador a no ser discriminado por razón de sus condiciones de salud. Otra cosa sería que la enfermedad le impidiera al trabajador desempeñar sus funciones, o alterara el normal desarrollo de las actividades de la empresa.
Salvo que se trate de un enajenado mental, el ser humano no actúa sin razones suficientes; en toda conducta humana siempre habrá un motivo determinante de ésta.
Entonces, si el trabajador cumple sus obligaciones, es responsable, eficiente, mantiene buenas relaciones con sus jefes y compañeros, y el cargo que desempeña es necesario o razonablemente conveniente para la empresa, qué razón puede tener el empleador para prescindir de ese trabajador? !Esa es la pregunta que debe responderse¡
Y si la respuesta es el estado de salud del trabajador, “esa motivación implica una grave segregación social, una especie de apartheid médico y un desconocimiento de la igualdad ciudadana y del derecho a la no discriminación. Con ello obviamente se vulneran esos derechos fundamentales, así como también el derecho a la dignidad” (La expresión entre comillas corresponde a la sentencia de la Corte Constitucional SU-256 de 1996, M. P. Dr. Vladimiro Naranjo Mesa).
Lo anterior significa, que el trabajador que se vea envuelto en ese tipo de situaciones puede hacer uso de la acción de tutela para que se le amparen los derechos vulnerados.
Cordial saludo,
Tengo una inquiestud….
Existe una situacion laborar y es la siguiente:
El Sr ABC trabaja con la empresa xyz cun contrato indefinido…la empresa cambio de razon social…y liquido a todos los empleados sin pago de indernizacion…Se realiza una contratacion con los mismo empleados a indefindio pero solo se deja un contracto a termino fijo a 6 meses que el caso del Sr ABC este Contracto caduca se liquida y se paga la liquidacion sin indernizacion y se realiza un nuevo contracto a termino fijo a 3 meses la empresa cuando termina en tiempo de este contrato no lo termina por que la persona se encuentra incapacitada y se renueva tres meses y a la fecha se termina en tiempo y no esposible terminarlo por que la persona se encuentra incapacitada nuevamente….que se puede hacer…con el Sr. ABC….que pro y contras exister por estos procesos laborales?
cual es la mejor opcion para este caso…
Tengo una pregunta, un empleado que tenia un contrato a termino fijo de 1 año firmado el 6 de diciembre del 2007, en diciembre del 2008 se firmo un nuevo contrato diferente,pero con la misma labor a termino fijo de 1 año, en el 2009 y en el 2010 se realizo prorroga del contrato por 1 año nuevamente. Puedo dar por terminado su contrato avisando con antelacion a 30 dias sin ningun inconveniente??
Si el empleado es bueno y se le necesita, pues adelante contratelo sin ninguna restriccion. ustedes lo necesitan y lo mas probable es que él desea el empleo. no hay nada que temer en materia laboral para ustedes.
pregunto? que pasa si alguien sabe que su empleado es bueno y desea contratarlo… como lo puedes retener para que no se vaya, mejor que sucede si es la competencia la que lo quiere vincular.
Estamos a sus ordenes en google. organizacion juridica Reynaldo Diaz Amado y A.S.
Tengo una pregunta
en la empresa tenemos el caso de un trabajador que se le cumple el contrato de trabajo por un año ,mañana, le pasamos la carta hace un mes informandole que su contrato se va a terminar?
esta persona ya lleva 4 años en la empresa y hemos manejado el contrato se termina , iniciamos el siguiente contrato.
en este momento se requiere para que siga laborando
que debemos hacer
debemos liquidar su contrato?
y dejar mas o menos 1 a 2 meses para volver a contratarlo? a temino fijo
Con cual es minimo de salario que se puede llegar a contratar una persona con salario integral a termino fijo de 1 año. y sobre cuanto es el minimo para cotizar al sistema de seguridad.
Puede ser contratada nuevamente a partir del día siguiente.
Cordial saludo,
Tengo una pregunta:
Si una persona renuncia, se le hace su liquidacion , se le paga y luego de este se requiere de nuevo en la empresa y ella acepta volver. ¿Al cuanto tiempo puede ser reintegrada, o no afecta en nada si ingresa al siguiente dia?
Gracias