Declaraciones tributarias que arrojen un saldo a pagar inferior a $1.000.000 durante el 2013 se deben pagar en una cuota

Las declaraciones tributarias que en el año gravable 2013 arrojen un saldo a pagar inferior a 41 UVt, que a valores de 2013 equivale a $1.100.000 se deben pagar en una sola cuota y en el mismo día en que venza el plazo para declarar sin considerar el tipo de contribuyente que se sea.

Esto aplica para las diferentes declaraciones tributarias a nivel nacional como el impuesto de renta y complementarios, del impuesto a las ventas, de retención en la fuente, etc.

El artículo 37 del decreto 2634 del 17 de diciembre de 2012 expedido por el ministerio de hacienda dispuso:

Plazo para el  pago de declaraciones tributarias con saldo a pagar inferior a cuarenta y una (41) Unidades de Valor Tributario - UVT. El  plazo para el pago de las declaraciones tributarias que arrojen un saldo a pagar inferior a cuarenta y una (41)  Unidades de Valor Tributario UVT  ($1.100.000) (valor 2013) a la fecha de su presentación,  vence  el  mismo  día  del  plazo  señalado  para  la  presentación  de  la respectiva declaración, debiendo cancelarse en una sola cuota:

Por último aclarar que el valor referencia, como textualmente lo dice el decreto, es el saldo a pagar determinado en la respectiva declaración, valor que es distinto al impuesto a cargo. El saldo a pagar el último valor determinado en la declaración.

08 / 01 / 2013

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