Decreto 2784 de 2012… y llegaron las NIIF

El Gobierno ha promulgado este Decreto donde procede a expedir las Normas de Información Financiera (NIF), las cuales comprenden las NIIF emitidas en español a enero 1 de 2012 por parte de IASB, las cuales deben ser aplicables por las entidades que pertenezcan al grupo I.

Entidades del grupo I

  • Emisores de valores inscritos en el Registro Nacional de Valores (Decreto 2555 de 2010).
  • Entidades consideradas como de interés público
  • Entidades que cumplan con los siguientes parámetros:
    • Tengan una planta de personal superior a 200 trabajadores
    •  Tengan activos totales superiores a 30.000 SMMLV (por el año 2013 $ 17.685 millones)

Y que adicionalmente deben cumplir con cualquiera de los siguientes requisitos:

  • Ser subordinada o sucursal de una compañía extranjera que aplique NIIF plenas
  • Ser subordinada o matriz de una compañía nacional que deba aplicar NIIF plenas.
  • Ser matriz, asociada o negocio conjunto de una o más entidades extranjeras que apliquen NIIF plenas.
  • Que realicen exportaciones o importaciones que representen más del 50% de las compras o de las ventas, respectivamente.

Entidades de interés público

  • Establecimientos bancarios,
  • Corporaciones financieras,
  • Compañías de financiamiento,
  • Cooperativas financieras,
  • Organismos cooperativos de grado superior,
  • Entidades aseguradoras,
  • Sociedades de capitalización,
  • Sociedades comisionistas de bolsa,
  • Sociedades administradoras de fondos de pensiones y cesantías privadas,
  • Fondos de pensiones y cesantías privadas,
  • Negocios fiduciarios donde el fideicomitente se encuentre en el grupo I,
  • Bolsas de valores,
  • Sociedades administradoras de depósitos centralizados de valores,
  • Cámaras de riesgo central de contraparte,
  • Sociedades administradoras de inversión,
  • Sociedades titularizadoras,
  • Sociedades de intermediación cambiaria y servicios financieros especiales,
  • Carteras colectivas administradas por sociedades fiduciarias,
  • Sociedades comisionistas de bolsa, y
  • Sociedades administradoras de inversión.

Cronograma de aplicación

  • Periodo de preparación, comprende enero 1 diciembre 31 de 2013, deben enviar un plan de implementación de las NIIF.
  • Fecha de transición, (elaboración del balance de apertura, es decir los saldos iniciales) enero 1 de 2014
  • Periodo de transición, (debe llevarse la contabilidad bajo decreto 2649  y la contabilidad bajo NIIF) enero 1 a diciembre 31 de 2014
  • Primer periodo de aplicación, (se deja de aplicar el modelo del decreto 2649 y se emiten a diciembre 31 los primeros estados financieros bajo NIIF) enero 1 de 2015
04 / 01 / 2013

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