Decreto 2784 de 2012… y llegaron las NIIF
El Gobierno ha promulgado este Decreto donde procede a expedir las Normas de Información Financiera (NIF), las cuales comprenden las NIIF emitidas en español a enero 1 de 2012 por parte de IASB, las cuales deben ser aplicables por las entidades que pertenezcan al grupo I.
Entidades del grupo I
- Emisores de valores inscritos en el Registro Nacional de Valores (Decreto 2555 de 2010).
- Entidades consideradas como de interés público
- Entidades que cumplan con los siguientes parámetros:
- Tengan una planta de personal superior a 200 trabajadores
- Tengan activos totales superiores a 30.000 SMMLV (por el año 2013 $ 17.685 millones)
Y que adicionalmente deben cumplir con cualquiera de los siguientes requisitos:
- Ser subordinada o sucursal de una compañía extranjera que aplique NIIF plenas
- Ser subordinada o matriz de una compañía nacional que deba aplicar NIIF plenas.
- Ser matriz, asociada o negocio conjunto de una o más entidades extranjeras que apliquen NIIF plenas.
- Que realicen exportaciones o importaciones que representen más del 50% de las compras o de las ventas, respectivamente.
Entidades de interés público
- Establecimientos bancarios,
- Corporaciones financieras,
- Compañías de financiamiento,
- Cooperativas financieras,
- Organismos cooperativos de grado superior,
- Entidades aseguradoras,
- Sociedades de capitalización,
- Sociedades comisionistas de bolsa,
- Sociedades administradoras de fondos de pensiones y cesantías privadas,
- Fondos de pensiones y cesantías privadas,
- Negocios fiduciarios donde el fideicomitente se encuentre en el grupo I,
- Bolsas de valores,
- Sociedades administradoras de depósitos centralizados de valores,
- Cámaras de riesgo central de contraparte,
- Sociedades administradoras de inversión,
- Sociedades titularizadoras,
- Sociedades de intermediación cambiaria y servicios financieros especiales,
- Carteras colectivas administradas por sociedades fiduciarias,
- Sociedades comisionistas de bolsa, y
- Sociedades administradoras de inversión.
Cronograma de aplicación
- Periodo de preparación, comprende enero 1 diciembre 31 de 2013, deben enviar un plan de implementación de las NIIF.
- Fecha de transición, (elaboración del balance de apertura, es decir los saldos iniciales) enero 1 de 2014
- Periodo de transición, (debe llevarse la contabilidad bajo decreto 2649 y la contabilidad bajo NIIF) enero 1 a diciembre 31 de 2014
- Primer periodo de aplicación, (se deja de aplicar el modelo del decreto 2649 y se emiten a diciembre 31 los primeros estados financieros bajo NIIF) enero 1 de 2015
04 / 01 / 2013

