Deducción especial por inversión en activos fijos productivos para el 2010
Para el año gravable 2010 y siguientes, la ley 1370 de 2009 trajo algunas modificaciones respecto a la deducción especial por inversión en activos fijos reales productivos, deducción contemplada por el artículo 158-3 del estatuto tributario.
Es así como a partir del año gravable 2010, la deducción ya no será del 40% sino del 30%. El 40% se puede aplicar hasta el 2009 que se declara en el 2010.
Igualmente, la ley 1370 modificó el artículo 240-1 del estatuto tributario en el sentido de prohibir que la tarifa especial en renta del 15% para las zonas francas se pueda aplicar de forma concurrente con el beneficio contemplado por el artículo 158-3 del estatuto tributario, esto es la deducción especial por inversión en activos fijos reales productivos.
Recordemos que quien haga uso de este beneficio tributario no se podrá acoger al beneficio de auditoría contemplado por el artículo 689-1 del estatuto tributario.


buenas noches
me podrían informa acerca del requisito que se debe cumplir a partir de 2014 que trata de utilizar el sistema financiero para poder deducir la inversion en activos fijos. muchas gracias