Derecho de petición
El derecho de petición es un derecho que la Constitución nacional en su artículo 23 ha concedido a los ciudadanos para que estos puedan presentar peticiones a las autoridades, para que se les suministre información sobre situaciones de interés general y/o particular.
Textualmente el artículo 23 de la constitución nacional contempla:
“Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales”.
El artículo 5 del Código contencioso administrativo, viene a desarrollar este principio constitucional en los siguientes términos:
Peticiones escritas y verbales. Toda persona podrá hacer peticiones respetuosas a las autoridades, verbalmente o por escrito, a través de cualquier medio.
Las escritas deberán contener, por lo menos:
1. La designación de la autoridad a la que se dirigen.
2. Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante legal o apoderado, si es el caso, con indicación del documento de identidad y de la dirección.
3. El objeto de la petición.
4. Las razones en que se apoya.
5. La relación de documentos que se acompañan.
6. La firma del peticionario, cuando fuere el caso.
Si quien presenta una petición verbal afirma no saber o no poder escribir y pide constancia de haberla presentado, el funcionario la expedirá en forma sucinta.
Las autoridades podrán exigir, en forma general, que ciertas peticiones se presenten por escrito. Para algunos de estos casos podrán elaborar formularios para que los diligencien los interesados, en todo lo que les sea aplicable, y añadan las informaciones o aclaraciones pertinentes.
A la petición escrita se podrá acompañar una copia que, autenticada por el uncionario respectivo, con anotación de la fecha de su presentación y del número y clase de los documentos anexos, tendrá el mismo valor legal del original y se devolverá al interesado. Esta autenticación no causará derecho alguno a cargo del peticionario.
Alcance del derecho de petición.
Los particulares pueden solicitar y tener acceso a la información y documentación que repose en las diferentes entidades, siempre y cuando no se trate de información que por ley, no tengan el carácter de reservados, caso en los cuales no procede el derecho de petición.
Tipos de peticiones que se pueden formular.
Mediante un derecho de petición se puedan hacer las siguientes peticiones:
- Quejas, cuando ponen en conocimiento de las autoridades conductas irregulares de empleados oficiales o particulares a quienes se ha atribuido o adjudicado la prestación de un servicio público.
- Reclamos, cuando se da a las autoridades noticia de la suspensión injustificada o de la prestación deficiente de un servicio público.
- Manifestaciones, cuando hacen llegar a las autoridades la opinión del peticionario sobre una materia sometida a actuación administrativa.
- Peticiones de información, cuando se formulan a las autoridades para que estas:
- Den a conocer cómo han actuado en un caso concreto.
- Permitan el acceso a los documentos públicos que tienen en su poder.
- Expidan copia de documentos que reposan en una oficina pública.
- Consultas, cuando se presentan a las autoridades para que manifiesten su parecer sobre materias relacionadas con sus atribuciones.
Termino de que disponen las autoridades para dar respuesta a los derechos de petición.
Como máximo, las autoridades a quienes se les presente un derecho de petición, deben responder dentro de los siguientes plazos:
Quince (15) días para contestar quejas, reclamos y manifestaciones.
Diez (10) días para contestar peticiones de información.
Treinta (30) días para contestar consultas.
En el caso que las autoridades no den respuesta a las peticiones solicitadas, los funcionarios responsables de dar respuesta, pueden ser objeto de sanciones disciplinarias, pues se incurre en causal de mala conducta.
Acción de tutela para proteger el derecho de petición.
Cualquier ciudadano que considere que por acción u omisión de las autoridades o de los particulares que presten un servicio público o actúen o deban actuar en desarrollo de funciones públicas, vulneren o amenacen el derecho constitucional de petición, puede recurrir a la acción de tutela para reclamar ante los jueces la protección inmediata de su derecho constitucional.
Modelo de presentación de un derecho de petición
DERECHO DE PETICIÓN
Ciudad y fecha
Señores _____________
________ , identificado con la cédula de ciudadanía número ________, expedida en la ciudad de ________, con residencia en ________ , en ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Nacional y en el artículo 5º del Código Contencioso Administrativo, me permito muy respetuosamente solicitar de esta entidad lo siguiente:
________________________________________________________ ________________________________________________________ _______.
Apoyo mi petición en las razones que paso a exponer: __________________________________________________
A efectos de sustentar la solicitud efectuada me permito acompañar los siguientes documentos: ___________________________________.
Espero la pronta resolución de la presente petición.
Atentamente,
Firma del peticionario _______________________
C.C. No. ____________ de _____________


buenos dias
Quien me puede asesorar?
Tengo a mi padre afiliado a la EPS de cruz Blanca, hace 5 años sufre del corazon y cada vez que se siente mal y tenemos una urgencia con el, vamos de inmediato a la clinica de Salucoop y tan pronto llegamos a urgencias la espera es de 2 horas mientras la niña o la recepcionista encargada de esta sala, determina que mi padre debe de esperar para ser atendido. ¨cosa que no debe ser asi¨ por que ella no esta capacitada y no es medico para determinar si el paciente de verdad esta apto o en capacidad de esperar para hacer atendido.
una vez lo atienden se dan cuenta que es una urgencia, lo conectan a los miles de aparatos por que saben que es una taquicardia, lo controlan por unas cuantas horas, nos informan que desafortundamente no hay un cardiologo inmediato para que lo atienda, entonces nos dicen que en vez de hospitalizarlo, mejor es llevarlo a casa junto con la droga estabilizidora que SUPUESTAMENTE lo va a controlar y sin embargo nos informan que el no debe de estar solo ni un segundo por que en cualquier momento puede recaer, mientras se logra una cita con este cardiologo que nunca llega.
Necesito de su amable ayuda y colaboracion, para saber que debo de hacer para que mi padre por fin tenga un dictamen seguro con un Cardiologo, debido a que llevamos casi 5 años en este sufrimiento de no poder contactar por medio dela EPs.
A DONDE BEDO DE IR?
QUE DEBO DE HACER?
CON QUIEN DEBO DE HABLAR?
muchass gracias por su colaboracion y si no tengo ayuda de asesoria, por favor me pueden direccionar con alguien para darle una solucion a este problema que tengo con mi padre.
Dios lo bendigan.
lizeth ospina
Lizeth
Partamos del principio que Saludcoop está intervenida y en tal virtud si los servicios antes eran deficientes, ahora son más que precarios, malos.
Como usted debe tener los estudios y quizá hasta copia de la epicrisis de las dolencias de su padre, con estos documentos y esta misma narración, le sugeriría recurrir directamente a la Acción de Tutela con Cruz Blanca y Saludcoop para que el señor tenga inmediatamente la debida atención por un Cardiologo si es que así lo ha sugerido la remisión interna.-
Buenas tardes, tengo un contrato por un año con TIGO, pero el servicio que me han prestado ha sido deficiente, ya que teniendo un plan de 2GB por mes sólo puedo navegar 15 días, puse la queja en la oficina, pero me dijeron que no podía navegar porque se habían consumido los 2 GB, cosa que no creo posible ya que no descargo archivos pesados, no navego todo el día y sólo navego para tareas de niños de primaria. Sin embargo, el primero mes de adquirido el plan no tuve ningún problema, aunque mi plan tiene las redes sociales gratis, no puedo chatear en redes sociales, deseo terminar este contrato, porque incluso sin terminar el consumo me han cortado el internet mandándome a comprar paquetes de internet qué debo hacer para que no me cobren permanencia, esto es un resumen de todo lo que he tenido que aguantar, ya que ni siquiera las funcionarias de Tigo han podido resolver mi problema incluso un día me tuvieron que dar una sim nueva porque la de mi plan no acepta comprar paquetes, habiendo recargado la misma. Agradezco su colaboración.
Osiris
En verdad es muy dificil determinar la causal tecnica de la disparidad entre el servicio ofrecido y el disfrutado, siendo probable la existencia de inconvenientes derivados del entorno del área de cobertura, en consecuencia, le sugeriría elevar la queja a la SIC con base en el nuevo estatuto del consumidor, al mismo tiempo que, mediante un Derecho de Petición al Operador, solicitar explicación del porqué se presenta la situación dejando entrever su intención de dar por terminado el contrato por deficiente prestación del servicio. El operador tiene 10 días hábiles para contestarle.-
pero siclaramente ellos le dicen que si uno se traslada ellos le hacen a uno el traslado mas no especifican lugares en tonces yo no estoy obligada apagar algo de lo que ellos no me pueden prestar un servicio sere yo la responsable de su indeficiencia para prestar un servio
Marly
Uno debe LEER y ENTENDER totalmente el contrato antes de firmar, sobre todo en las clausulas de exclusiones, condiciones y restricciones.
que articulos o normas avoco para elevar un derecho de peticion, por cuanto por ejemplo el decreto 01 del 02 de enero de 1984 fue derogado, gracias.
Javier
Para elevar no tiene que invocar ninguna norma toda vez que su origen está en la Constitución Política
bueno mi preguntaes tengo derecho a cancelar un servicio de internet sin tener que pagar clausula de pernanencia ya que el sitio donde me traslado este no tiene cobertura
Marly.
No, debe pagar la clausula de permanencia, toda vez que es usted la que da por terminado el contrato; el hecho que se traslade a un sitio que no haya “cobertura” no es asunto de la empresa prestadora del servicio, sino suya.
el derecho de peticion solo va dirigido alas empresas publicas
No amigo, está peligrosamente equivocado
Buenas tardes: pasé una solicitud por escrito al ministerio de trabajo para que me dieran copia de una queja interpuesta ante esa entidad, queja referida a un accidente de trabajo y despido durante la incapacidad por el mismo accidente. Me contestaron que revisados los archivos no encontraron queja alguna. ¡ que debo hacer si me urgen esos documentos para demostrar que mi enfermedad se originó en ese accidente y no es una enfermedad comun como lo decretó la Junta Nacional de invalidez. Gracias
Doris.
Si usted en sus archivos no tiene copia del recibido de la queja, y ya el Ministerio le respondió que no la tiene… no hay nada más que hacer.
Lo unico que tengo es una citación a la representante de la cooperativa de trabajo por parte del ministerio de trabajo
Gracias por responder
Doris
Hagamos una cosa, si le parece escaneeme y envieme al correo esa citación, la solicitud que le hizo al Ministerio y la respuesta, para mirar como le podríamos colaborar : ferandante@gmail.com
Buenas tardes
mi pregunta es la siguiente mi papa cancelo una linea telefonica q tenia en movistar el 31 de octubre del 2011.esta fue activada nuevamente el 9 noviembre del mismo ano sin autorizacion de el.
recibio una llamada a mediados del mes de junio exigiendo q cancelara dicha factura por q lo iban a enviar a datacredito.Desde entpnces hemos estado pidiendo la cancelacion nuevamente de esta linea,se han entregado 3 cartas y no han dado ninguna respuesta q podria hacer mi papa en este caso. agradezco su colaboracion.
Diana
El titular de la línea debe cursar un Derecho de Petición a manera de “reclamo” indicando las particularidades que señala, sobre todo haciendo hincapié en que le sea informado mediante que forma fue “reactivada” la línea que ya había sido “cancelada”; la empresa tiene 15 días hábiles para contestarle, de no hacerlo procede la Acción de Tutela.
ojo con el silencio administrativo positivo,me imagino que al decir movistar hace referencia a la antigua empresa telefonica.
Buenas tardes, mi caso es el siguiente: Soy trabajadora de Rx en un consultorio particular en monteria hace 22 años, la empresa no estaba cancelando los aportes al seguro social como pension de alto riesgo sino hasta hace 2 años, el empleador esta en la disposicion de pagar al ISS los puntos adicionales, pero se pasò una carta al seguro para que reconocieran algunos pagos que no han ingresado al sistema como tal y no han respondido. En la regional còrdoba no resuelven pues este caso compete a la direccion general; como han tardado mas de 6 meses se puede pasar un derecho de peticion a la persona encargada en Bogotà y cuanto debo esperar para la respuesta?
MaryGp.
Si señora.
Eleve el Derecho de Petición directamente a la Dirección Nacional en Bogotá; el término de respuesta es de 10 días hábiles más la distancia. No olvide acompañar copia de toda la documentación que tenga, e indicar dirección para correspondencia; por ultimo envielo por Correo certificado especial con constancia de entrega.
BUENAS TRADES SOLICITO SU ACESORIA ADQUIRI UN SERVICIO DE TELMEX INTERNET Y TV ME TRASLADE DE VIVIENDA Y NO ME TRASLADARON EL SERVICIO PORQUE EN EL SECTOR NO TIENEN RED PERO SI ME ESTAN COBRANDO HASTA QUE TERMINE EL CONTRATO QUE PUEDO HACER GRACIAS.
Luigi.
Por favor acojase a las normas de cortesía del blog, para poderle colaborar:
“…no escribir en mayúscula sostenida, resulta muy difícil leerle…”
Cordial saludo, puedo elevar un derecho de petición a una universidad para rectificación de una nota, la cual lo he solicitado por el mecanismo de sistema de atención al usuario desde hace aproximadamente un mes y solo he obtenido respuesta que mi petición ya fue remitida al tutor, pero sin resultados concretos.
Éxitos…Gracias
Javier
Si señor.
Dirijalo directamente a la Decanatura de la carrera que esté cursando, haciendo referencia a que su requerimiento es para que le den respuesta al reclamo de rectificación y no a que le informen que “ya fue remitida al tutor”.
Sin embargo, previamente revise el regimen acadámico de la Universidad
realice un retiro por cajero me devito la plata pero no me entrego la plata me desplace al banco bogota hable con el gerente y lo único que me dijo era que tenia que colocar una queja por teléfono y espera quince días hasta que no le hagan un arqueo al cajero estoy desespero no e podido comprar la leche a mi hija no pude pagar el arriendo ni los servios que se debe hacer en este caso porque retire todo el sueldo
Misael.
Ese es el procedimiento, hasta que no verifiquen los videos de la cámara de seguridad asi como los protocolos de uso que usted dió a su tarjeta, asi como los de consignación de nómina.
Preparese para una negativa, porque los errores de los bancos terminan siendo de cuenta de sus clientes, y en consecuencia deberá recurrir a la vía judicial para recuperar su dinero.
En febrero de este año mi padre solicito un crédito en banco pichincha el cual fue aprobado, el cheque que nos entregaron finalmente no lo utilizamos y por no saber no hicimos la devolución a tiempo, hace un mes fuimos al banco a solicitar que borraran el crédito por que ibamos a devolver el cheque, el banco se niega a aceptarlo y nos dicen que tenemos que pagar 750.000 y devolver el cheque.
Teniendo en cuenta que el banco nunca desembolso el dinero y que tenemos el cheque en nuestro poder listo para entregarlo q podemos hacer para q no nos cobren intereses por un dinero no utilizado y evitemos ser reportados en las centrales de riesgos.
Quedo atenta y gracias por una pronta respuesta.
Alejandra.
Una vez el banco entrega el cheque, si no es retornado dentro de los cinco días siguientes, independientemente que el mismo sea efectivo o “guardado”, se entiende desembolsado el crédito, ya que su valor, contable y operacionalmente para el banco aparece como una cuenta ya acreditada.
En ese orden de ideas, no es tan facil como “borrar el crédito”, porque en el estudio, aprobación, y desembolso del mismo se incurrió por parte del banco en costos y gastos administrativos que deberan ser asumidos por el prestatario.
Asi las cosas, lo que usted debe hacer es pedir una explicación de los rubros que alcanzan los $ 750.000 cobrados por el banco, y solicitar hasta donde sea posible un cruce o compensación en razón de no haber dispuesto del dinero, aunque le reitero, para el banco, la operación está concretada y la ignorancia de la ley no sirve de excusa para no cargar con las consecuencias de su no conocimiento personal
buenos dias hace 6 añoss pague con dineros de mitrabajo y sucidios de
la nacion una casa de interes social y esta es la fecha que no e resibido dicho inmueble que puedo hacer para solucionar esto
Alberto
Eleve un Derecho de Petición en ese sentido tanto a la Entidad que le dió el subsidio como al Fideicomiso que maneja los dineros del proyecto que Usted eligió.
buenas noches mi pregunta es: procede el derecho de petición sobre la empresa de telefonia telmex.
pienso que esta es una empresa privada que presta un servicio publico..
es que quiero suspender la linea… muchas gracias por su atención
Luis
Ya habíamos respondido a su inquietud
hola buenas tardes mi pregunta es la siguiente, quiero realizar un derecho de petición para solicitar la suspensión de un contrato con una empresa de tv. mi inquietud es la siguiente como debo proceder? una idea
Luis
En estos casos no procede el Derecho de Petición; haga la solicitud con base en el contrato y las razones de incumplimiento en el servicio contratado.-
muchas gracias. a y por q no procede la peticion?
Luis
Porque el Derecho de Petición no está previsto para atender relaciones entre particulares, amen que el servicio de televisión no se considera un servicio público esencial; su motivación es de naturaleza contractual.
BUENOS DIAS MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE. PRESENTE UN DERECHO DE PETICION A UNA UNIVERSIDAD PUBLICA DE BOGOTA POR EL ECHO QUE ME SOLUCIONARAN LA DEVOLUVION DE UN DINERO QUE PAGUE A LA UNIVERSIDAD POR UN SEMESTRE, EL CUAL NO HICE PERO QUE POR DE3RECHO Y SEGUN RESOLUCION DE LA UNIVERSIDAD TENIA DERECHO A RECLAMAR, EN ESTOS MOMENTOS NO HE TENIDO RESPUESTA ALGUNA SOBRE EL DERECHO DE PETICION. QUISIERA SABER CUANTO TIEMPO DEBO ESPERAR PARA LA RESPUESTA YA QUE EL DEREECHO DE PETICION FUE RADICADO EL 09 DE JULIO DEL PRESENTE AÑO? Y A DONDE ME DEBO DIRIGIR PARA INSTAURAR LA ACCION DE TUTELA MUCHAS GRACIAS POR SU PRONTA RESPUESTA
carlos,
a partir del 9 tienes que contar 15 dias habiles, es decir no incluyas sabados, domingos ni festivos, ese es el plazo que tiene la universidad para responderte, ahora bien, el termino se cuenta desde que ud presento el derecho de peticion y lo radico, o sea, el dia que le pusieron un sello o firma de recibido en la universidad o el dia que ud lo envio por correo y le dieron el certificado de envio.
tenga en cuenta que casi siempre no se responde dentro de los 15 dias habiles cuando el derecho de peticion es complejo, siendo asi ellos le pediran un termino mayor,que solo ellos especificaran.
si no le responden los 5 dias siguientes a los 15, interponga accion de tutela.
sino sabe hacerla acuda a un consultorio juridico de alguna universidad, a un abogado de confianza o estudiante de derecho, estas se presentan en los juzgados de su ciudad en las llamadas oficinas de reparto, alli se recibe por un funcionario, el la radica y por sorteo le asigna un juez de los existentes segun categoria y tipo de tutela.
eso es gratis en los juzgados, lo que si puede tener costo es si contrata un abogado, dependera de el cuanto le cobre x eso es mejor acudir a un estudiante de confianza q le haga el favor o un consultorio juridico, no le recomiendo la defensoria xq casi siempre ponen cara x este tipo de tutelas.
explicacion sobre fraude intelectual en documento publico
Haga la tarea, este blog no es tutorial
buenos dias estoy en un caso particular de subsidio de vivienda, mi caso es el siguiente: realice una postulacion en CAFAM para subsidio de vivienda como persona no afiliada en situacion de dezplazamiento en el año 2005. en el 2009 resulte que la postulacion fue aprobada en un listado general, pero hoy 2012 aun no he recibido el subsidio porque me dicen en la caja que el gobierno aun no me ha tenido en cuenta. cuando hice la postulacion la radique yo solo, pero ahora mi nucleo de familia ha cambiado y ademas tengo un hijo, estoy trabajando y necesito ese subsidio. hace un mes radique en las oficinas de la caja una carta explicando mi caso y pues rechazandome a ese listado de aprobacion para poder solicitar nuevamente el subsidio a otra caja….pero no me responden…si pudieran ayudarme…que debo hacer…radico un derecho de peticion?
gracias
Jarleth.
Si señora.
Eleve un Derecho de Petición a Cafam, solicitando las explicaciones correspondientes.
Cafam, tiene 10 días habiles para contestarle.
Buenas tardes. Mi inquietud es que una persona pasó un derecho de petición a mi antiguo empleador solicitando informacion acerca de mi contrato, fecha de vinculacion y de retiro. Yo serví como testigo en un proceso laboral y la persona que solicita la info es el demandante. mi citacion al testimonio fue por parte de la demandada. En el testimonio yo hable solo con verdad. Mi preocupacion es lo que desee hacer con mis datos la persona que hizo el derecho de peticion. Como puedo evitar que mi privacidad sea violada y que no se de información mía a alguien que podría perjudicarme y a mi familia? Agradezco su colaboracion.
Julieth
Esa información es COFIDENCIAL y no puede serle facilitada a terceros a través de Derecho de Petición.
Solamente procede develar ese velo unicamente a solicitud de Autoridad Judicial o Administrativa dentro del rango de sus competencias
Envía una comunicación a su antiguo empleador en ese sentido, recalcando que Usted no autoriza facilitar esa información y que será responsable en caso de acceder a dicha información.-
Mil gracias por su colaboracion :)
Ha sido con mucho gusto. ;)