Derecho de petición
El derecho de petición es un derecho que la Constitución nacional en su artículo 23 ha concedido a los ciudadanos para que estos puedan presentar peticiones a las autoridades, para que se les suministre información sobre situaciones de interés general y/o particular.
Textualmente el artículo 23 de la constitución nacional contempla:
“Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales”.
El artículo 5 del Código contencioso administrativo, viene a desarrollar este principio constitucional en los siguientes términos:
Peticiones escritas y verbales. Toda persona podrá hacer peticiones respetuosas a las autoridades, verbalmente o por escrito, a través de cualquier medio.
Las escritas deberán contener, por lo menos:
1. La designación de la autoridad a la que se dirigen.
2. Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante legal o apoderado, si es el caso, con indicación del documento de identidad y de la dirección.
3. El objeto de la petición.
4. Las razones en que se apoya.
5. La relación de documentos que se acompañan.
6. La firma del peticionario, cuando fuere el caso.
Si quien presenta una petición verbal afirma no saber o no poder escribir y pide constancia de haberla presentado, el funcionario la expedirá en forma sucinta.
Las autoridades podrán exigir, en forma general, que ciertas peticiones se presenten por escrito. Para algunos de estos casos podrán elaborar formularios para que los diligencien los interesados, en todo lo que les sea aplicable, y añadan las informaciones o aclaraciones pertinentes.
A la petición escrita se podrá acompañar una copia que, autenticada por el uncionario respectivo, con anotación de la fecha de su presentación y del número y clase de los documentos anexos, tendrá el mismo valor legal del original y se devolverá al interesado. Esta autenticación no causará derecho alguno a cargo del peticionario.
Alcance del derecho de petición.
Los particulares pueden solicitar y tener acceso a la información y documentación que repose en las diferentes entidades, siempre y cuando no se trate de información que por ley, no tengan el carácter de reservados, caso en los cuales no procede el derecho de petición.
Tipos de peticiones que se pueden formular.
Mediante un derecho de petición se puedan hacer las siguientes peticiones:
- Quejas, cuando ponen en conocimiento de las autoridades conductas irregulares de empleados oficiales o particulares a quienes se ha atribuido o adjudicado la prestación de un servicio público.
- Reclamos, cuando se da a las autoridades noticia de la suspensión injustificada o de la prestación deficiente de un servicio público.
- Manifestaciones, cuando hacen llegar a las autoridades la opinión del peticionario sobre una materia sometida a actuación administrativa.
- Peticiones de información, cuando se formulan a las autoridades para que estas:
- Den a conocer cómo han actuado en un caso concreto.
- Permitan el acceso a los documentos públicos que tienen en su poder.
- Expidan copia de documentos que reposan en una oficina pública.
- Consultas, cuando se presentan a las autoridades para que manifiesten su parecer sobre materias relacionadas con sus atribuciones.
Termino de que disponen las autoridades para dar respuesta a los derechos de petición.
Como máximo, las autoridades a quienes se les presente un derecho de petición, deben responder dentro de los siguientes plazos:
Quince (15) días para contestar quejas, reclamos y manifestaciones.
Diez (10) días para contestar peticiones de información.
Treinta (30) días para contestar consultas.
En el caso que las autoridades no den respuesta a las peticiones solicitadas, los funcionarios responsables de dar respuesta, pueden ser objeto de sanciones disciplinarias, pues se incurre en causal de mala conducta.
Acción de tutela para proteger el derecho de petición.
Cualquier ciudadano que considere que por acción u omisión de las autoridades o de los particulares que presten un servicio público o actúen o deban actuar en desarrollo de funciones públicas, vulneren o amenacen el derecho constitucional de petición, puede recurrir a la acción de tutela para reclamar ante los jueces la protección inmediata de su derecho constitucional.
Modelo de presentación de un derecho de petición
DERECHO DE PETICIÓN
Ciudad y fecha
Señores _____________
________ , identificado con la cédula de ciudadanía número ________, expedida en la ciudad de ________, con residencia en ________ , en ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Nacional y en el artículo 5º del Código Contencioso Administrativo, me permito muy respetuosamente solicitar de esta entidad lo siguiente:
________________________________________________________ ________________________________________________________ _______.
Apoyo mi petición en las razones que paso a exponer: __________________________________________________
A efectos de sustentar la solicitud efectuada me permito acompañar los siguientes documentos: ___________________________________.
Espero la pronta resolución de la presente petición.
Atentamente,
Firma del peticionario _______________________
C.C. No. ____________ de _____________


gane una tutela donde le dicen a la ARP mandarme a la junta de calificacion para valoracion de origen y porcentaje de discapacidad,la ARP solo ordeno la de origen y la junta certifo en firme que fue accidente de trabajo pero la ARP no a querido calificarme argumentando que no aceptan lo dicho por la junta.Hice un derecho de petion solicitandole la calificacion y no he tenido respuesta alguna.Ya han pasado 8 dias habiles ¿que hago,tengo esperar mas tiempo,?
muy buenas tarde¡
mi padre fallecio el 26 de junio de 1996 y quisiera saber si tengo dercecho de reclamar un 50% para poder terminar mis estudios ya q no tengo un apoyo para salir adelante y necesito esa ayuda para poder salir adelante
xiomara
estoy en casa, llameme y le colaboro con su duda, no entrare a mi mail hasta despues de las 4pm de hoy x si desea escribirme…lo ideal es que ud expliq x cel para q despeje sus dudas
318 294 2343 juan
xiomara
se presento un problema con el cel, ecribame al mail x fa.
BUENAS TARDES:
agradecido por el contenido de su pagina web, cabe agregar que el derecho de peticion, tiene NUEVOS FUNDAMENTOS JURIDICOS QUE ENCONTRAMOS EN EL Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.(CPACA) LEY 1437 DE 2011 EN SU TITULO II,CAPITULO I. SALUDOS !
correcto.
El17 de abril de este año radique los tramites de cancelacion de matricula y levantaprenda de un taxi que se chatarrizo cumpliendo con todos los requisitos y pagando su respectivo valor. han pasado tres semanas y el transito no me ha liberado dichos tramites,perjudicandome pues necesito el cupo para matricular otro carro nuevo y asi poder seguir trabajando ya que este es el medio de mi sustento. necesito saber sipuedo hacer un derecho de peticion.
buenas tardes, soy estudiante de derecho: es procedente interponer el derecho de peticion fundandote en las normas y descripciones arriba señaladas, cabe añadir que puedes solcitar quejas, reclamos y manifestacion o consultas. en lo personal ya ubiese ejercido mi derecho peticion ante esta entidad desde hace dias.
saludos b/manga.
Buenas tardes quisiera saber si es viable hacer un derecho de petición a Colpensiones por una solicitud de pensión por vejez radicada nel 19 de diciembre de 2012 y de la cual no tienen respuesta aún
Considero que puedes interponer directamente la acción de tutela porque la solicitud de pensión opera como un derecho de petición, por lo que una vez superados los 4 meses que les da la ley para que se pronuncien no han respondido, existe una vulneración del derecho fundamental de petición.
buenas tardes mi pregunta es la siguiente, si en un proceso coactivo una persona que no tiene interes en la causa puede pedir copias del expediente en si…..para enterarse de como esta el proceso, teniendo en cuenta que esta persona no es parte en el proceso solo ella tiene una posecion de dos años y ella cree tener el derecho de pedir informacion del proceso que esta sobre el predio. gracias.
no se puede, los procesos son solo para los legitimados a menos q ese 3 tenga un interés claro y haya adherido a la actuacion
Porque no todas las preguntas las responden.
cordial saludo ,luis
luis
los comentarios son libres, son altruistas, sin embargo a veces las personas comentan erradamente en un tema de adopcion algo de peticion y sucesivamente, es decir hacen un comentario en el lugar equivocado y aunque uno como abogado puede responderlo eso seria como decirle a las personas que sigan cometiendo el mismo error, x eso sugiero que cada cosa vaya en su lugar para ver si es procedente la rta, muchas veces ya la rta esta alli pero las personas no leen los demas comentarios y x regla de tres es mejor dejarlas sin rta xq para obligarlos a leer.
saludos
Buenas tardes
lo que pasa es que el día 09 de abril realice el pago del impuesto de vehículo por Internet y ese mismo día mi suegro realizo el pago del impuesto por ventanilla pues no sabia que yo ya lo había cancelado, que hago para la devolución del pago de uno de los impuestos, a donde me debo dirigir.
gracias.
tiene que hacer un memorial o un derecho de petición solicitando la devolución en x cuenta o en sede de empresa, anexe el volante de pago y la consignación x internet.
Muy buenas tardes:
Mi caso es el siguiente, llevo mas de tres años con es servicio de internet movil, con la empresa une, en la ciudad de manizales, en varias ocasiones se me han extraviado las facturas, la verdad el servicio es poco lo que lo uso, pero ahora tenia una factura por tres meses para cancelar, por un valor de $16,097 pesos, (dieciseis mil noventay siete pesos), la cual cancele desde el 26 de abril, cuando me voy a conectar al servicio el sistema no me deja, llame a la linea de servicio al cliente y me comunicaron con mas de 17 pe3rsonas, de las cuales solo una me dijo que el servicio estaba eliminado y suspendido por mora en las factura, tengo mas de 50 horas de internet sin comsumir, ahora quien me responde por esas horas, se les robaran o tengo derecho a pedirlas, gracias.
cordial saludos.
agradezco de su colaboración puedo perder el valor económico de una indemnización de un accidente laboral. por bo cobrar a tiempo está indemnización ?.
que mecanismo debo utilizar para recibir el cobro de estaienizacion . ya interpuso un derecho de petición tutela y las dos se ne han regadío por existir otros mecanismos legales. pueden decirme que debo hacer. dentro de la tutela se hizo referencia a la nueva prescripción por el pago de indemnización de un año pasó a tres.
agradezco de su colaboración y guiarse que debo hacer
Quisiera saber si puedo presentar un Derecho de Petición o una Tutela debido a que me han embargado mi casa, ya está en poder de secuestre, le he manifestado al administrador y al abogado que no he podido pagar porque estoy sin empleo. He conseguido dos empleos y cuando les llega el embargo me terminan el contrato de trabajo. La abogada me dijo que ya no era posible retirar la demanda y que no hay problema en conseguir empleo porque eso no es como las centrales de riesgo. Hace cinco días me han llamado a pruebas de un nuevo empleo y me fue muy bien porque es un oficio en el cual ya he laborado y hoy me han dicho que no fui seleccionada, una abogada amiga me ha dicho que mientras tenga el embargo no me dan empleo. Yo siento vulnerado mi derecho al trabajo, no puedo hacer un acuerdo de pago porque no tengo un empleo, solicito que alguien me sugiera que hago en este caso. De antemano gracia por sus comentarios.
Estoy reportado en la ASOBANCARIA por un cheque sin fondos del año 1999,lo que no me explico es porque el banco GANADERO en ese entonces lo pago si en ningun momento yo tenia autorizado sobregiros.
Puedo interponer una accion de tutela en contra de la asobancaria por el buen nonbre y que posibilidades hay de que retiren ese reporte.
GRACIAS
luis
es una situacion dificl, no sugiero tutela directa sin agotar el procedimiento de defensa de la asobancaria, primero hay que interponer peticion y luego si la tutela si no le gusto la rta de las peticiones, le recomiendo hacer 2 peticiones 1-asobancaria 2-datacredito o cifin- imagino q fue cifin.
si desea apoyo logistico en la redaccion yo le ayudo pero hay un costo x redaccion minimo.
Buenos Dias, tengo una duda, termine mi contrato de trabajo el 8 marzo de este año, trabaje por un año y aun no me han pagado mi liquidación ni me han entregado las cesantías, el 11 de abril me llego al correo la resolución de mi liquidación,con fecha del 27 de marzo, me pidieron que firmara si estaba de acuerdo, firme y la envié, y en uno de los artículos decía que me pagaban a mi cuenta de nomina lo cual me parecía bien, y llame a preguntar cuando me pagaban y me dijeron que en mayo cuando hicieran la nomina de abril, mi pregunta es, puedo pasar un derecho de petición para q me paguen antes en cheque o algo así, gracias por la atención.
Puedo enviar derecho de peticion a la fiscalia para saber en que proceso va una denuncia de inasistencia alimentaria?
andrea
no t lo aconsejo, es mejor q vayas tu misma y le preguntes al fiscal o asistente como va el proceso….si deseas claridad en el tema aviseme a mi mail o cel.
Hola Juan Pablo
El derecho no lo recibieron y efectivamente me toco ir a mi, pero en realidad tengo muchas dudas, me dicen que va por buen camino pero yo quisiera saber que debo hacer en adelante.
como t informe antes, por privacidad de tus datos es mejor preguntarme x cel o x mail segun tu gusto, hay practicas que la fiscalia hace a diario y ocasiona que la gente se aburra para archivar los procesos, mi consejo es dependiendo la capacidad del alimentante o legitimados, incoa las acciones.
aviseme
Ok, te marco al celular.
Muchas Gracias!
Juan pablo quiero consultar algo contigo cual es tu mail?
komodo.01@hotmail.c..
Puedo dirigir un derecho de peticion ante una compañía aseguradora
No. Puede hacerle una solicitud y si es pertinente involucrar a la Superfinanciera, pero la petición no procede ante las aseguradoras.
Puedes hacer varias cosas: Si puede probar que interpusiste el derecho de petición verbal y no te han respondido, entonces puedes acudir a la acción de tutela, ya que el derecho de petición es un derecho fundamental y se puede proteger con la tutela por la omisiòn o negliencia de la entidad a responder.
Si no tienes forma de probar, lo recomendable sería interponerlo por escrito y ellos tiene la obligación de responderlo en 15 días hábiles favorable o no, ellos te deben otorgar los recursos de reposición y en subsidio el de apelación. Es decir, con el de reposición la entidad debe revisar la decisión y con el de apelación se va ante la entidad que los vigila, es decir, la Superintendencia de Industria y Comercio, para lo cual tienes 5 días hàbiles, después de la notificación, donde debes comunicar tu inconformidad si la respuesta no es favorable o satisfactoria.
De todos modos, eso se llama publicidad engañosa y también veo que hicieron uso de las CLAÚSULAS ABUSIVAS denominadas así por El NUEVO ESTATUTO DEL CONSUMIDOR a las claúsulas de permanencia, las cuales son prohibidas, ya que al adquirir un bien o servicio la entidad debe ofrecer toda la información a cerca del producto, información precisa, oportuna y clara para que el consumidor tenga la posibilidad de elegir. Te recomienda dar una leída al Nuevo Estatuto del Consumidor que te puede dar más herramientas.
Sandra
Buenas tardes, me gustaría saber si la Administración Municipal esta en la obligación de contestar un Derecho de Petición dirigido a la Personería cuando se radica una copia del mismo en alguna de sus dependencias.
lina,
x supuesto que debe contestar, interpongalo.
lina,
x supuesto que debe contestar, interpongalo.
BUENAS TARDES QUEISIERA ALGUIEN ME AYUDA CON UN DERECHO DE PETICION PARA PRESENTARLO ANTE LA ENTIDAD DONDE LABORABA, PUESTO QUE YA ME DESVINCULARON, RESULTA QUE ME HICIERON FIRMAR LA LIQUIDACION DESDE EL DIA 5 DE NOVIEMBRE DE 2012 Y A LA FECHA AUN NO ME CANCELAN LA LIQUIDACION SIEMPRE DICEN HOY Y MAÑNA APERO NONCUA LLEGA SI ALQUIEN ME ÚEDE AYUDAR CON UN MODELO DE DERECHO DE PETICION QUE SEA MAS EPECIFICO PARA ESTE CASO LO AGRADECIA.
Juan
no es posile el derecho de peticion, ud debe o buscar abogado o irse a conciliacion si es que la empresa decide conciliar.
1. El día 13 de diciembre del año 2012, adquirí mediante contrato: SOLICITUD DE SERCICIO, con la empresa MOVISTAR el servicio dúo: internet y línea telefónica fija, por parte de la asesora: MARGOT ROJAS, por valor de $36.200 (treinta y seis mil doscientos pesos mcte) con cláusula de permanencia de 1 año, y con la PROMOCION de inscribir un numero movistar para hablar GRATIS ilimitadamente.
2. El servicio fue instalado días después aproximadamente el 16 de diciembre del mismo año, funcionando el internet banda ancha a satisfacción y en ensayo de la línea telefónica No. 8330915, igualmente el ensayo fue satisfactorio.
3. Días después aproximadamente el 23 de diciembre del año 2012, instalamos en teléfono, el quipo como tal, lo ensayamos nuevamente y sirvió sin ningún inconveniente, en este mismo día, realizo llamada a la línea 190 donde le solicitamos a la asesora inscribir en la promoción del elegido movistar para hablar gratis, ilimitadamente, de la línea 8330915, el numero movistar a inscribir fue: 3185746368, donde la asesora manifiesta quedar inscrito con éxito y que en 24 horas ya quedaba activado.
4. Luego de las 24 horas, realizo llamada al número movistar inscrito el día anterior para hablar gratis ilimitadamente, y bueno, pasan los días, con tranquilidad y con un buen servicio.
5. En el mes de enero llega a mi residencia la primer factura del servicio, donde muy sorprendido me encuentro con la situación del cobro de las llamadas realizadas al elegido movistar inscrito anteriormente, que con esto realizo llamada a la línea 190 donde me comunico con un asesor y muy molesto manifiesto la situación que me sucedía.
6. El asesor luego de esperar varios minutos en la línea, me manifiesta que el número movistar para hablar gratis ilimitadamente, NO se encuentra inscrito.
7. Inmediatamente le manifiesto al asesor textualmente: “luego cuando una realiza ese tipo de llamadas, estas quedan o no grabadas para supervisar la calidad del servicio” y me manifiesta que si donde le digo textualmente “puede usted, entonces, revisar la grabación de ese día, donde el numero SI se inscribió” luego de esto me hacen esperar más de 15 minutos en la línea.
8. Luego de la espera en línea, el asesor me manifiesta, que efectivamente el numero SI estaba inscrito, se disculpa y me pide esperar en línea nuevamente para hacer una REFACTURACION, luego de la espera, me dice estar refacturado y me da el valor a cancelar, y me informa que el Numero movistar para hablar gratis ilimitadamente queda inscrito NUEVAMENTE y que luego de 48 horas podía realizar llamadas a este número, días después, realizo el respectivo pago.
9. El pasado 1 de marzo llega a mi residencia la segunda factura de la prestación del servicio del segundo mes. Factura No. 140114633 por valor de $129.150 para pago máximo el 7 de marzo, Nuevamente me encuentro con la sorpresa que me están cobrando las llamadas realizadas al elegido movistar.
10. Nuevamente me comunico a la línea 190 donde me contesta la asesora: MARYLUZ FERNANDEZ, donde luego de revisar y de solicitar refacturacion , procedimiento que me hicieron el primer mes, de forma déspota me informa que no me puede realizar esto, ya que me están haciendo un descuento de la promoción SERVICIO FAMILIA Y AMIGOS, donde en la factura la cobran por valor de $4.917 y el descuento por el mismo valor, NO le encuentro lógica a esto ya que: NO conocía de este servicio, es mas no sé de qué se trata y porque, en la factura lo cobran y luego lo descuentan a mi favor, entonces, es algo ilógico. En fin la asesora no me soluciona nada.
11. Con esto realizo un nueva llamada a la línea 190 donde me comunico con otra asesora donde luego de manifestar el inconformismo de la facturación me informa lo mismo, y esta me dice que hace la solicitud del reclamo, donde me da el número de radicado del reclamo: No. 4421473 y que en 15 días me respondían, y me daban alguna solución.
12. A la fecha hoy 16 de marzo, no se han comunicado ni me han dado respuesta alguna.
13. Por este inconformismo, realizo una denuncia, únicamente para informar, que sepan, para que esto no le suceda a otras personas, ante la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO, el día 5 de marzo del presente año con Radicado No. 44333.
RAZONES QUE FUNDAMENTAN LA PETICIÓN
a) Ofrecen un servicio cuando luego incumplen las clausulas a favor de la empresa.
b) Tienen una línea para soluciones en línea, donde llama uno, para solución de esto, y la única solución es que Pagar primero
PETICIÓN
Lo que solicito es que realicen la respectiva Refacturacion a la cuenta de la factura número 2, porque no pienso pagar un servicio que ofrecieron como gratis y luego sin informar lo cobran en la factura, además a ser informado en el tiempo que estima la Ley, la solución a este derecho de petición, y en caso de negación de la solución a mi favor, seguir el conducto regular para así encontrar la solución a este problema.
PORFAVOR ALGUIEN QUE ME AYUDE, QUE ME GUIE,