Documentos equivalentes a la factura no requieren identificar al cliente
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En los documentos equivalentes la factura, no se requiere que se identifique al cliente, esto es, no se requiere que se incluya el Nit ni la razón social de quien realiza la compra del producto o servicio.
Así la cosas, no es necesario identificar los terceros a los que el contribuyente hace pagos, siempre que no sea obligatoria la elaboración o expedición de la factura, sino que en su lugar sea suficiente la expedición de un documento equivalente.
Así lo contempla expresamente el decreto 522 de 2003 en su artículo 4:
Requisitos de los documentos equivalentes a la factura. Para efectos de lo previsto en el artículo 64 de la Ley 788 de 2002, cuando los vendedores de bienes o los prestadores de servicios expidan documentos equivalentes a la factura no será necesario identificar al adquirente por su nombre o razón social y NIT.
Esta realidad hace que en la contabilidad no sea necesario ni posible identificar las operaciones por terceros, toda vez que para poder registrar los pagos por terceros, se requiere de la identificación de esos terceros, algo que no es posible si en el soporte que respalda el registro no figura dicha identificación.


No entendí bien este documental, puesto que el que expide el documento equivalente el el cliente (o empresa del régimen comun que adquiere el beneficio). El vendedor en este caso es quien vende el bien o servicio y por estar en el regimen simplificado no esta obligado a facturar. Entonces en este caso, cual es el mombre que no esta obligado a identificar en el documento equivalente?; el del cliente (comprador del regimen comun o el proveedor que por estar en el regimen simplificado no factura?.
Según el articulo 22 de 2003 en el articulo 4, dice que: cuando los vendedores de bienes o los prestadores de servicios expidan documentos equivalentes a la factura no será necesario identificar al adquirente por su nombre o razón social y NIT.
Pero tengo entendido que quien expide el documento equivalente a la factura no es el vendedor si no lo debe elaborar es el cliente que es quien compra.
Agradeciento su opinion a este confuso comentarios.
Lector de Gerencia.com
Por favor me aclaran si para expedir documento equivalente a la factura mediante màquina registradora (PLU) se requiere autorizaciòn de numeración.
Gracias,