Efecto tributario al omitir activos o incluir pasivos inexistentes
Más infomación sobre: Impuestos, Procedimiento tributarioAlgunos contribuyentes optan por no declarar algunos activos o por incluir pasivos inexistentes, con el 谩nimo de evadir el pago de algunos impuestos.
En realidad, es mas el riesgo que se corre que los impuestos que se dejan de pagar con este tipo de estrategias.
El objetivo de omitir activo y/o incluir pasivos inexistentes, no es otro que el disminuir el patrimonio l铆quido fiscal.
El patrimonio sirve como base para el c谩lculo de la renta presuntiva y el impuesto al patrimonio, por tanto, mientras menor sea el patrimonio, menor ser谩 la renta presuntiva, y en caso de tributarse sobre ella, el impuesto ser谩 menor. Igual sucede con el impuesto al patrimonio, mientras menor sea el patrimonio, el impuesto ser谩 menor.
Lo anterior, no compensa el alto riesgo que se corre con disminuir el patrimonio fiscal de forma artificiosa, puesto que la administraci贸n dentro de sus facultades de fiscalizaci贸n, puede determinar esa situaci贸n y aplicar severas sanciones.
La inclusi贸n de pasivos inexistentes o la omisi贸n de activos, puede implicar en el futuro que se presente una diferencia patrimonial, diferencia que es renta l铆quida, por lo que se deber谩 tributar sobre ella.
Puede ser objeto tambi茅n de sanci贸n por inexactitud, puesto que la administraci贸n de impuestos puede dar aplicaci贸n al art铆culo 239-1 que contempla la facultad de la Dian para adicionar como renta l铆quida los pasivos inexistentes y los activos omitidos por el contribuyente, y aplicar sanci贸n por inexactitud sobre ese valor.
Existe la posibilidad, que ante la gran diferencia que se pueda presentar entre los activos declarados y los que realmente se tienen, la fiscal铆a solicite una explicaci贸n sobre el origen esos activos, por tanto el contribuyente deber谩, no solo ante la Dian sino ante la fiscal铆a, justificar la diferencia y el origen de sus activos.
No existe pues una raz贸n v谩lida para omitir activos o incluir pasivos irreales.
Complemente consultando los siguientes documentos:
- Renta l铆quida por activos omitidos o pasivos inexistentes
- Pasivos no declarados justifican diferencia patrimonial
- Sanci贸n por inexactitud no es liquidada por el contribuyente
- Suspensi贸n de la facultad del contador p煤blico para firmar declaraciones tributarias
- Sanci贸n por inexactitud no procede por deficiencias en la prueba del gasto o costo
- Incrementar el impuesto artificialmente para disminuir sanci贸n por extemporaneidad
- Sanci贸n por disminuci贸n de p茅rdidas fiscales
- Ajuste fiscal al costo de los activos fijos
- Liquidaciones err贸neas de la sanci贸n por inexactitud por parte de la Dian
- Reducci贸n de la sanci贸n por inexactitud por aceptaci贸n de cargos



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