Días festivos durante las vacaciones

Los días festivos que haya dentro del periodo de vacaciones incrementan el número de días de vacaciones, en razón a que estas corresponden únicamente a días hábiles.

Los días festivos en las vacaciones.

Si durante las vacaciones hay días festivos, las vacaciones se extienden tantos días como festivos y domingos haya en el periodo de vacaciones, en razón a que las vacaciones son días hábiles únicamente.

Vacaciones laborales.Vacaciones a que tiene derecho el trabajador. Cuando se cusan, cuándo y cómo se pagan, y cuándo se otorgan.

Señala el numeral 1 de la norma referida:

«Los trabajadores que hubieren prestado sus servicios durante un año tienen derecho a quince (15) días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas.»

Naturalmente que el festivo, al no ser un día hábil no cuenta y se tiene que excluir para determinar el cómputo exacto del tiempo que el trabajador debe descansar por concepto de vacaciones.

Es por ello que cuando hay varios festivos seguidos un periodo normal de vacaciones incluso puede significar 20 días calendario de descanso para el trabajador, y por eso las empresas tienen muy en cuenta las fechas en que otorgan las vacaciones, aunque en todo caso el festivo será un descanso remunerado.

Preguntas frecuentes.

A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.

Si en sus vacaciones hay un día festivo, ese festivo se suma a los días hábiles y domingos que le fueron otorgados, por lo que el tiempo total de vacaciones se incrementa por cuenta del día festivo.

No. Ese festivo es remunerado como parte de las vacaciones, puesto que las vacaciones comprenden los 15 días hábiles más los domingos y festivos.

No. El día festivo es un día de descanso remunerado por sí mismo, que es independiente y distinto a las vacaciones.

Ese feriado, al ser un descanso remunerado, las vacaciones no terminarán ese día, sino que terminarán el día hábil siguiente, puesto que, como ya se explicó, los días festivos extienden las vacaciones.

Guía Laboral 2024

Conozca sus derechos y obligaciones laborales como trabajador o como empleador, y evítese problemas. Ver más.

Recomendados.

Compártalo en Facebook Compártalo en Twitter
Deje su opinión o su pregunta.

Regístrese para informarle cuando se responda su pregunta.

  1. Fabme (junio 5 de 2022)

    Buen dia, cuando un trabajador labora en turnos 6 dias a la semana y descansa 1 y si hay algun festivo tambien se labora, y pide las vacaciones los festivos que debia laborar no cuentan como 1 dia de vacaciones ?

    Responder
    • aleja en respuesta a Fabme (noviembre 2 de 2023)

      buenas noches ,una pregunta si yo trabajo los dias festivos y ni siquiera me lo pagan remunerado, en mis vacaciones se debe contar los festivos o no

      Responder
      • Gerencie.com
        Gerencie.com en respuesta a aleja (noviembre 3 de 2023)

        Buenos días, Aleja.

        En vacaciones los domingos y festivos se suman a los 15 días hábiles de vacaciones, y que no le paguen los festivos, que es ilegal, no afecta la forma en que se deben reconocer las vacaciones.

        Saludos

        Responder
  2. Fabme (junio 5 de 2022)

    La otra consulta seria en este contexto, en la rotacion de un trabajdor que trabaja en turno 6 dias y descansa 1 dia, siendo ese dia de descanso 1 sabado la semana 1 y luego 1 domingo la semana 2 y asi sucesivamente

    1. En la semana 1 descansa el sabado, ese dia no se deberia contar como dia de vacaciones? Y que pasa con el domingo en donde si estaba programado para laborar?

    Responder
  3. Angela (septiembre 27 de 2022)

    Buenas tardes, tengo un trabajador que trabaja medio turno (5 horas), trabajo su dia festivo, su pago se realiza proporcional a su horas trabajadas?
    GRacias, saludos¡¡

    Responder
  4. angelaela (abril 29 de 2023)

    si el trbajador culmina su vaciones y le otca reintregar e di siguiente y es feriado debe reintegrarse? o debera ser despue que paso ese dia feriado

    Responder
  5. Ernesto Piedrahita (diciembre 19 de 2023)

    Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. Whatsapp: 313-8830983. Nota: Respondo de manera gratuita a máximo dos preguntas o inquietudes en materia laboral que me hagan mediante mensaje a mi whatsapp o llamando vía celular. Hago asesorías en liquidación de prestaciones sociales, despidos con justa o sin justa causa, permisos, licencias e indemnizaciones laborales.

    Responder

Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para ofrecer un mejor servicio. Al seguir navegando acepta su uso.