El riesgo de prestar las cuentas bancarias

Prestar su cuenta bancaria a familiares o amigos para realizar transacciones conlleva una serie de riesgos que se deben evitar, como tener que pagar impuestos, o por lo menos declarar renta, o tener ser acusado de lavado de activos.

Consecuencias de prestar una cuenta bancaria.

Prestar la cuenta bancaria para que una tercera persona haga consignaciones en ella, supone algunos riesgos desde tributarios hasta penales.

Favores inocentes como dejar que nos consignen en la cuenta una plata para la abuela o un amigo, puede traernos problemas lo que es innecesario considerando que actualmente hay herramientas que permite a cualquier persona recibir dinero sin siquiera tener una cuenta, como NEQUI, entre otras.

Este riesgo se incrementa según sea el monto de la consignación, pues son datos que se cruzan con entidades estatales como la Dian, e incluso pueden activar una alerta de lavado de activos.

Consecuencias tributarias de prestar la cuenta bancaria.

Cuando se presta la cuenta bancaria para que un tercero consigue dineros en ella, lleva a que el monto de las consignaciones anuales se incremente, lo que puede llevar al contribuyente a declarar renta sino era declarante.

El monto de las consignaciones es uno de los topes para determinar si una persona natural debe o no presentar la declaración de renta, de modo que toda consignación que realice un tercero afecta ese tope.

Obligados a declarar renta.Personas naturales que deben declarar renta. Topes, requisitos y otros aspectos relevantes.

Adicionalmente a la obligación de declarar, si las consignaciones son relevantes o son cruzadas con terceros, la persona puede verse en la necesidad de explicar a la Dian el origen de esos ingresos, ya que la Dian puede presumir una omisión de ingresos si no se justifican los saldos acumulados o los movimientos realizados.

Ingresos recibidos para terceros – Cómo declararlos.Los ingresos para terceros se declaran como un pasivo si al finalizar el año no ha entregado esos dineros a su destinatario.

Supóngase que a 31 de diciembre termina con un saldo de $200.000.000 que no son suyos. Ese saldo para la Dian hará parte de su patrimonio. ¿Cómo lo explicaría? Difícilmente la Dian le creerá que era un regalo de navidad para su abuela.

Consecuencias penales de prestar las cuentas bancarias.

Adicional a los problemas que se pueden tener con la Dian por prestar la cuenta a familiares o amigos, está el riesgo penal.

No siempre hay certeza del origen de los dineros que nos consiguen a la cuenta, y podemos vernos involucrados en actividades ilícitas como lavado de activos.

Y casos más graves se han presentado, como que en una actividad de extorsión nos piden prestada la cuenta bancaria para que el valor de la extorsión sea consignado en ella, lo que sin duda nos involucrará directamente en el hecho delictivo.

Prestar la cuenta bancaria es de alto riesgo, pues no hay certeza del origen de ese dinero que nos consignan, y menos si se trata de personas que no conocemos lo suficiente.

Hoy en día existen medios para que las personas que no tienen cuenta transfieran dinero a quien quiera sin necesidad de utilizar cuentas de terceros, así que no hay razón para asumir tal riesgo.

¿Cómo justificar consignaciones en nuestra cuenta bancaria?

Una consulta recurrente de nuestros lectores, y una consulta difícil de responder porque cada caso es particular y casuísticas hay mucha, algunas curiosas e inverosímiles.

No es sencillo justificar consignaciones bancarias con medios distintos a contratos, títulos valores, o cualquier documento que acredite que la consignación corresponde a un evento de esos.

Puede ser útil cualquier correo electrónico, mensaje de WhatsApp, etc., con la que se pueda demostrar el origen y el por qué la consignación, pero si de por medio hay una actividad ilegal, lo mejor es contratar un buen abogado penalista que la ayude.

Cuando los montos no son relevantes y provienen de actividades lícitas y de persona de confianza, el testimonio de las personas involucradas puede servir para justificar la consignación, pero si quien realizó la consignación lo hizo para endosar un problema al amigo ingenuo que le prestó la cuenta, probablemente esa persona no rendirá testimonio o lo hará en contra de quien le prestó la cuenta, pues con ese fin lo ha hecho desde el principio.

Por lo anterior, si se va a recibir una consignación ajena importante, lo ideal es asegurar la forma de poder justificarla en caso que alguna autoridad lo requiera, y si no es posible anticipar una justificación creíble, lo mejor es no recibir esa consignación.

Preguntas frecuentes.

A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.

Cuando se recibe mucho dinero en una cuenta bancaria, es probable que se active una alerta sobre lavado de activos, lo que llevará a que la UIAF a realizar un seguimiento o investigación que puede involucrar a la Dian.

Por ello, siempre hay que tener justificación de los orígenes de los fondos que se consignan en nuestras cuentas bancarias.

Por ejemplo, una persona que históricamente tiene consignaciones bancarias mensuales de 1 o 2 millones de pesos, le aparecen consignaciones por cientos de millones de pesos, representa un comportamiento sospechoso que puede llamar la atención tanto del banco como de las entidades estatales de control, y el titular de la cuenta tendrá que explicar y justificar esas consignaciones.

En el 2024, lo máximo que se puede depositar en una cuenta bancaria sin tener que declarar renta son $65.891.000.  Es el monto máximo acumulado en todas las cuentas que tenga y durante todo el año.

Lo máximo que puede consignar el banco en un año es la suma de $65.891.000, y respecto al saldo que puede tener en el banco sin declarar, lo máximo es la suma de $211.793.000 suponiendo que la persona no tenga ningún otro activo, puesto que es el tope máximo de patrimonio para no declarar, de modo que de ese valor se debe descontar lo que tenga en otros bienes.

Por ejemplo, si tiene un apartamento que vale $150.000.000, en su cuenta bancaria no puede tener más de 61.793.000 porque superaría el tope de patrimonio.

Los movimientos en las cuentas de ahorro o corriente no se declaran. Lo que se declara es el ingreso asociado a ese movimiento. Por ejemplo, si usted hace una venta y el pago se lo consignan en su cuenta de ahorros, declara el valor de la venta más no el movimiento bancario como tal.

Esto se debe a que no todos los movimientos bancarios corresponden a ingresos, ya que pueden obedecer a que ha recibido un crédito, le han pagado una deuda, o son movimientos entre cuenta que no corresponden a un ingreso.

No. Prestar la cuenta bancaria no es un delito en sí mismo, pero sí puede configurarse un delito cuando presta la cuenta bancaria para recibir dineros ilícitos, por ejemplo.

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  1. Adriána Salazar (septiembre 27 de 2022)

    Por favor puedo tener 2 cuentas de ahorro en Bancolombia?

    Responder
  2. luis andres (noviembre 23 de 2023)

    que pasa si tengo un sueldo minimo de un momento me transfieren 80 millones de pesos colombianos por que le preste mi cueta a un amigo que vendio el negocio de el ?

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a luis andres (noviembre 23 de 2023)

      Buenas noches, señor Luis.

      En principio la suma no supondría grandes dificultades, pero en todo caso debe poder demostrar el origen del dinero en caso de una investigación.

      En el caso de los impuestos, seguramente tendrá que declarar renta por haber pasado el monto de consignaciones, y e igualmente tendrá que demostrar que las consignación era un ingreso para terceros y no propio.

      Saludos

      Responder
  3. Andrés vargas (diciembre 7 de 2023)

    hola una pregunta, si tengo deudas con tarjetas de credito que superan los 15 millones donde la cuota minima la pago con dinero de prestamos sin contrato, y aparte un amigo de estados unidos me envia casi 25 millones de regalo, se que debo presentar declaracion de renta, pero habria algun otro problema ?

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a Andrés vargas (diciembre 7 de 2023)

      Deberá presentar declaración de renta siempre que el total de las consignaciones superen el tope de 1.400 Uvt, que para el 2023 equivalen a $59.377.000.

      Por ello debe llevar un control de lo que se consigna en su cuenta, no importa si son dineros suyos, de créditos que le desembolsan, o de amigos que le consignan.

      Saludos

      Responder
  4. EDGAR FERNANDO ORTEGA GALAN (diciembre 19 de 2023)

    Una pregunta si yo tengo dos cuentas que estan a mi nombre una en Bancolombia y otra en Lulo Bank y traslado mi dinero por pse de la cuenta de Bancolombia a la de Lulobank, puedo tener problemas con la declaración de renta del proximo año? La Dian puede tomar eso como ingresos adicionales?

    Responder
  5. Estiven Lopez (diciembre 25 de 2023)

    Hola buenas noches, que pasa si un familiar hizo un prestamo y parte de ese dinero lo consignó a mi cuenta para yo ponerlo en una inversion virtual de bancolombia y ahora la inversion virtual a terminado y me aparece nuevamente como consignacion en mi cuenta, es decir la misma plata con dos movimientos, como yo podria demostrar que ese dinero no es mio?

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a Estiven Lopez (diciembre 26 de 2023)

      Buenas tardes, Estiven.

      Es difícil probarlo, pero cuanto menos debe conservar el recibo de consignación que le hizo su familiar. Adicional a ello, en caso de una investigación, se requerirá del testimonio de su familiar al respecto.

      Saludos

      Responder

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