Eliminada la deducción especial por inversión en activos fijos

La reforma tributaria del 2010 eliminó el beneficio contemplado por el artículo 158-3 del estatuto tributario el cual consideraba la educción especial por inversiones en activos fijos productivos a partir del año gravable 2011.

El artículo primero de la ley 143 de diciembre de 2010 eliminó este beneficio a partir del año gravable 2011.

Este beneficio se aplicará para el año gravable 2010 que se declara en 2011, en los términos del artículo 158-3, modificado por el artículo 10 la ley 1370 de 2009, el cual estableció la reducción del beneficio de un 40% a un 30%.

Para el año gravable 2011 y siguientes, desaparece esta beneficio que muchos contribuyentes aprovecharon para ampliar sus negocios, pero que en términos macros no produjo mayor impacto en la economía del país.

02 / 01 / 2011

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Una opinion en “Eliminada la deducción especial por inversión en activos fijos”
  1. CAMILO MEDINA dice:

    ¿Cuánto tiempo debo tener un activo productivo para obtener el beneficio tributario? es decir, a partir de cuantos años/meses, desde el momento de compra del activo productivo se puede enajenar sin perder el beneficio tributario?. Existe alguna normatividad que según los años de tenencia del bien se obtengan % diferentes de beneficio fiscal?

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