Embargabilidad del salario mínimo

Por regla general contemplada en el artículo 154 del código sustantivo del trabajo colombiano, el salario mínimo no es embargable, pero como casi todo en la ley, existen algunas excepciones que expondremos a continuación.

El artículo 156 del código sustantivo del trabajo señala lo siguiente:

Excepción a favor de cooperativas y pensiones alimenticias. Todo salario puede ser embargado hasta en un cincuenta por ciento (50%) en favor de cooperativas legalmente autorizadas, o para cubrir pensiones alimenticias que se deban de conformidad con los artículos 411 y concordantes del Código Civil.

Aunque por expresa disposición del artículo 154 del código sustantivo del trabajo el salario mínimo no es embargable, el artículo 156 establece que todo salario, en el que naturalmente se debe incluir también el salario mínimo, es embargable hasta en un 50%  para los casos que allí se exponen.

Esto quiere decir que quien devengue un salario mínimo podrá ser objeto de embarga hasta el 50% de su valor, cuando se trate de cooperativas legalmente constituidas y cuando se trate de pensiones alimentarias. En ningún otro caso se podrá embargar ninguna parte del salario mínimo.

Precisamente esta es una de las causas por las que las entidades financieras no gustan de conceder créditos a quienes devengan un salario mínimo, puesto que en caso de impago, les será imposible perseguir el salario del trabajador por ser inembargable para esos efectos.

13 / 06 / 2010

Opinar o comentar

74 Opiniones en “Embargabilidad del salario mínimo”
  1. yerjatono dice:

    hola quisiera saber si lo que devengo como rodamiento tambien entra cuando lo embargan a uno

  2. adriana correa dice:

    buenas mi pregunta es tengo el salario minimo mas horas extras pero me estan descontado un prestamo que hice con la empresa quisiera saber si mi salario es embargable por una entidad bancaria y de cuanto seria el embargo muchas garcias

  3. adriana correa dice:

    buenas mi pregunta es tengo el salario minimo mas horas extras pero me estan descontado un prestamo que hice con la empresa quisiera saber si mi salario es embargable y de cuanto seria el embargo muchas garcias

  4. Cristian dice:

    Cuanto es el monto minimo que debo tener en una obligacion bancaria para que se haga valido el embargo??

    si alguien sabe agradeceria su ayuda

  5. Angilberto Arroyo dice:

    Hola ¿Cuales son las cooperativas legalmente autorizadas para embargar el salario mínimo en Colombia?

  6. yamil dice:

    hola. Espero me ayuden a la oficina donde trabajaba mi hermano llego un oficio donde le notifican un embargo de un almacén de muebles, lo raro es que el se ganaba allí el salario mínimo y en el oficio figura que se ganaba dos salarios mínimos. mi pregunta es a quien se debe demandar. a la empresa de muebles por datos falsos o a la empresa por robarle durante 4 años un salario mínimo… gracias

  7. JORGE WILSON RESTREPO dice:

    LOS FELICITO POR TAN IMPORTANTE SERVICIO DE ORIENTACIÓN ACTUALIZADA LEGAL

  8. Adriana dice:

    Hola, mi pregunta es la siguiente, llevo 60 dias en mora voy a cumplir 90 en que momento pueden embargar el salario a parte de esto mi salario es el minimo y la deuda es con una caja de compensación, me pueden embargar?

  9. javier pacheco correa dice:

    Buenos días, actualmente tengo un descuento por embargo ejecutivo. Me están descontando además de mi salario, por primas de servicio( junio-diciembre) e intereses de cesantías y vacaciones. Mi pregunta es si esto es legal y si no es así que artículo invoco para colocar un escrito al pagador y que no haga esos descuentos.

  10. arturo rico dice:

    luego de un ejecutivo singular hecha mandada la orden de pago por parte del juez, ahora llaman a mi codeudor que no esta nombrado en el proceso y dicen que lo van a embargar se puede

  11. Arvica dice:

    Buenos días. Mi pregunta es la siguiente.
    Por una obligación no cumplida con un banco, me pueden embargar el sueldo o cuentas bancarias teniendo en cuenta que tengo contrato a término fijo?

    Gracias por su amabilidad.

    • Carlos Andres Rodriguez Santana dice:

      Si el salario es mayor al minimo, si te pueden embargar de la siguiente manera:
      el salario devengado se le resta el minimo legal vigente y sobre ese saldo se realiza el embargo de acuerdo con lo que el juzgado determine, no importa el tipo de contrato que tengas.

  12. alejandro l dice:

    mi pregunta es: mi salario base es el minimo, pero la empresa me paga una comicion extra y horas extras generadas,¿seria este salirio embargable para una entidad bancaria?. si esto es asi cual seria el porcentaje embargable?

    gracias

  13. mercy dice:

    cual es el salairio minimo inembargable para el trabajador

  14. Adolfo Diaz de la Rosa dice:

    Estoy pensionado por el ISS y el Banco de Colombia ha permitido el embargo de mi pension por una multa de transito que caduco y prescribio hace 13 años. ¿Que responsabilidad le cabe al Banco, ya que su respuesta es que ellos no tienen nada que ver con el problema?

  15. LUIS FERNELY BERMUDEZ dice:

    Porque nadie responde esta clase de preguntas?

  16. luisa fernanda dice:

    buenas hasta que monto laboral enbargan y las cuentas de ahorro por nomina las enbargan?
    gracias luisa

  17. menimen dice:

    hasta que punto puede ser embargado el salario de un trabajador existe algun limite espero respuesta por favor gracias!!

  18. jhon dice:

    hola mi pregunta es la siguiente: si un trabajador que devenga menos de un minimo por trabajar jornadas diarias de 6 horas pero por los recargos de ley (dominicales, festivos y horas nocturnas) su sueldo es alrevedor de 550000 pesos y llega un oficio de embargo a su trabajo por un credito vencido cual seria el porcentaje a embargar o la suma a embargar y cuanto tiempo transcurre desde la notificacion hasta que se haga efectivo el embargo

  19. diana marcela dice:

    hola mi pregunta es la siguiente: si un trabajador gana 580000 mensuales y a la oficina de personal le llega un oficio de juzgado embargando la remuneracion???
    hasta que suma procede el embargo, es obligacion cumplir con la orden judicial, que sucede si es por alimentos y hasta que fecha se debe hacer el embargo…… gracias

    • Carlos Andres Rodriguez Santana dice:

      primero hay que determinar el tipo de embargo que se le efectuara al trabajador; si es de alimentos, civil o ejecutivo; si es por alimentos no importa que salario tenga debera efectar el embargo por el monto que ordene el juzgado hasta el 50% de su salario, incluyendo prestaciones.
      Si es por demanda civil se debe restar del valor del salario el minimo legal vigente y sobre ese saldo se realiza el embargo.
      En otros casos el minimo no es embargable, solo por alimentos o prestamos de cooperativas.

  20. fabbiola urrea dice:

    quiero recibriinfromaciondetipo legarl qen relacion con lalegislacion y actualizaciones en torno a las cooperativas

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