Embargabilidad del salario mínimo

Por regla general contemplada en el artículo 154 del código sustantivo del trabajo colombiano, el salario mínimo no es embargable, pero como casi todo en la ley, existen algunas excepciones que expondremos a continuación.

El artículo 156 del código sustantivo del trabajo señala lo siguiente:

Excepción a favor de cooperativas y pensiones alimenticias. Todo salario puede ser embargado hasta en un cincuenta por ciento (50%) en favor de cooperativas legalmente autorizadas, o para cubrir pensiones alimenticias que se deban de conformidad con los artículos 411 y concordantes del Código Civil.

Aunque por expresa disposición del artículo 154 del código sustantivo del trabajo el salario mínimo no es embargable, el artículo 156 establece que todo salario, en el que naturalmente se debe incluir también el salario mínimo, es embargable hasta en un 50%  para los casos que allí se exponen.

Esto quiere decir que quien devengue un salario mínimo podrá ser objeto de embarga hasta el 50% de su valor, cuando se trate de cooperativas legalmente constituidas y cuando se trate de pensiones alimentarias. En ningún otro caso se podrá embargar ninguna parte del salario mínimo.

Precisamente esta es una de las causas por las que las entidades financieras no gustan de conceder créditos a quienes devengan un salario mínimo, puesto que en caso de impago, les será imposible perseguir el salario del trabajador por ser inembargable para esos efectos.

13 / 06 / 2010

Opinar o comentar

74 Opiniones en “Embargabilidad del salario mínimo”
  1. carlos xuares dice:

    Buenas Noches

    Por favor ayudenmen con esto: trabaje para una empresa durante dos meses y medio, por medio de una empresa temporal a la cual le firme un contrato por la duracion de la obra o labor. en el contrato hay una clausula que dice que autorizo a retener salarios y prestaciones sociales en caso de deudas con el empleador.
    Me dieron por terminado el contrato hace mas de dos meses y hasta ahora no me han pagado la liquidacion ni unas comisiones. Me dicen que tiene problemas con el diligenciamiento de unas cuentas de gastos. pero que solo es cuestion de firmar unas nuevas con los errores corregidos, sin embargo esto lo dijieron hace mas de 10 dias y no han enviado nada.

    La pregunta es:

    Esta empresa puede retenerme indefinidamente lo que me debe por problemas como el anteriormente expuesto?

  2. Fernell dice:

    Tengo un contrato de prestacion de servicios, tengo una deuda de una letra y quisiera saber en qué porcentaje me pueden embargar mi asignación salarial, gracias.

  3. sandra forero dice:

    me pueden embargar por las deudas de mi esposo una propiedad que tengo con mi hermana

  4. jhonedwin dice:

    hola tengo una deuda con una entidad bancaria y misalario es de 750 cuanto me pueden embargar grasias

  5. MYRIAN dice:

    HOLA MI JEFE ME Y SO TRAMPA NOS DIJO QUE NOS HABÍA ELABORADO UN NUEVO CONTRATO DE TIEMPO INDEFINIDO NOSOTRAS CON TESTAS FIRMAMOS Y NO LEÍMOS EN EL MOMENTO FIRMAMOS 7 COMPAÑERAS SOMOS 60 EMPLEADOS EN TOTAL ELLA Y NINGUNO LEYÓ TODOS QREIMOS EN LA BUENA FE DELLA Y EL PAPEL DISE QUE NOSOTROS RENUNCIAMOS AL CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO Y ALAS PRESTACIONES DE LEY: ESTO ES-VERDAD ESTOY MUY TRISTE CON TODO ESTO POR FAVOR ME AYUDAN, GRACIAS.

    • Jhon dice:

      Hola Myrian: eso que hace tu jefe no existe no hay posibilidad que tu puedas renunciar a tus derechos como trabajadora si tienes dudas consulta en una oficia de trabajo o con un abogado en derecho laboral espero que te haya servido de algo mi comentario… EXITOS.

  6. jaer dice:

    Tengo una deuda con una entidad bancaria,mi sueldo es solo 33.000 mas del salario minimo,cuanto me pueden embargar? y si este banco pasa mi deuda a una cooperativa,se podria efectuar otro tipo de embargo?.si es asi que recurso podria establecer?,gracias

  7. Montesco dice:

    Serví de codeudor de dos prestamos a dos bancos, el familiar al que le serví de codeudor se desapareció y ahora me llaman a cobrarme las dos entidades y me dicen que me van a embargar. Por lo que he leído se que me pueden embargar hasta 1/5 de mi sueldo restando primero el salario mínimo. La inquietud es si me pueden embargar esa quinta parte por cada deuda o me embargan esa quinta parte para el banco que me embarge primero y si es así y ya me están embargando que pasa con la segunda deuda, me pueden embargar o deben esperar que pague la primera deuda, quizás se pueda hacer un acuerdo de pago con la segunda deuda para que no me cobren mas intereses ni gastos de cobranza? Gracias por su colaboración.

  8. Antonio dice:

    Hola,es posible reverzar un embargo,?se puede llegar a acuerdos?existe alguna ley que le permita al embargado(a),tumbar un embargo?Gracias!

  9. duvan dice:

    una caja de compensacion puede embargar el salario sabiendo que es el minimo ??

  10. Shirley Lorena Porras Blanco dice:

    Caso anonimo: Recibi comision por ser fiador a una persona la cual le desembolsaron el credito de una entidad bancaria (no es cooperativa) la persona recibio el credito y se marcho, (Me estafo junto con la mujer que me convencio que firmara: supuestamente su amiga) actualmente llegue a un acuerdo con el banco y estoy pagando el credito porque el banco tambien dice que no dan con el paradero de este estafador.

    La entidad puede embargarme el sueldo que es inferior a dos salarios minimos? en caso de imcumplimiento de las cuotas la entidad me puede embargar el sueldo? en caso de ser cierto cuales son las excepciones que inhabilitaria a la entidad financiera al embargo?

  11. edward dice:

    hola mi cometio homicidio en colombia,ya fue condenado y se encuentra en centro carcelario siendo menor de edad,ahora la familia de la victima piensa embargarme parte de mi salario para repararlos,es esto viable y sobre que base y que porcentaje.

    gracias

  12. gerson dice:

    Tengo una deuda con una cooperativa, ya me realizaron embargo de salario y hasta el momento me ha sido retenido el total: minimo mas los auxilios de transporte y de rodamiento, todo en este mismo mes. esto es posible? que puedo hacer? les agradezco su valiosa colaboracion

  13. alberto dice:

    Tengo una deuda comercial, y mi codeudora le embargan la casa, despues me llega embargo al sueldo, en estas condiciones podrian rematarle a la codeudora la parte de la casa que le corresponde?
    En Colombia se permite el doble embargo, embargo a 5% de mi sueldo y embarga a la parte que le corresponde de una propiedad a la codeudora?.

    Gracias

  14. Carlos Andrés dice:

    Buenas noches,
    Creo que ya han respondido esta pregunta, pero en todola haré.
    Cuando solicite mi credito la entidad era una Cooperativo, ahora se convirtio en Banco. Por factores externos no puede pagar mis cuotas puntualmente. Por esta razón fue reportado a las centrales de riego. Ahora me esta llamando dicho banco el cual me esta cobrando la deuda que es algo normal, pero en esta ocación indicandome que me embargarán el sueldo. ¿Esto es posible? ¿Depende de que me lo embarguen? Simplemente gano un minimo, ¿De cuando sería el cobro?…
    Muchas gracias y quedo atento a su colaboración.

  15. Olga dice:

    la pensión de un jubilado la puede embargar un banco por préstamo de libre inversión y que tiene más de 12 años de vencimiento y nunca le embargaron el sueldo cuando todavía estaba laborando. ahora tiene 10 años de jubilado y lo están llamando para cobrarle que debe hacer?

    • Lucia dice:

      La pensión de un jubilado la puede embargar un banco por préstamo de libre inversión y que tiene más de 12 años de vencimiento y nunca le embargaron el sueldo cuando todavía estaba laborando. Ahora tiene 10 años de jubilado y lo están llamando para cobrarle que debe hacer? Este prestamo no caduca a los 3 años según la Corte Constitucional?

  16. Jenny dice:

    Buenos dias.

    Mi salario es de $ 2.000.000, este puede ser embargado por algun % de una entidad financiera BANCO?????

    • bracar dice:

      te pueden embargar hasta 1/5 parte de lo que exceda del S.M.M.L.V., esto si quien embarga es una entidad bancaria, si el embargo es por alimentos pueden el juez ordenar un embargo hasta del 50% del total devengado.

  17. henry icopo gonzalez dice:

    tengo una deuda con una entidad financiera que no es una cooperativa, esta entidad financiera se esta valiendo de una cooperativa para hacer efectivo el embargo a mi salario y a el de mi coodeudor. que debo hacer?

  18. Miguel dice:

    Debes enviar un derecho de peticion a la superintendencia solidaria en bogotá exponiendo que esta en estado de insolvencia, con epicrisis de la clinica donde fue atendido tu pareja,y con copia a la procuraduria general de la nacion. y en lo sucesivo no vuelva a hacer negocios con ninguna cooperativa ya que ellos en su mayoria son agiotistas.cuide sus economia de los bandalos legalizados en colombia.

  19. viviana dice:

    tengo una deuda con una cooperativa que puedo hacer para q ami fiador no lo embargue es una madre cabeza de familia,yo no me niego a pagar pero no me dan opción de pago lo único q me dicen es pague la totalidad o reefinancie no lo puedo hacer pq paso por una dificulta financiera,por a mi pareja lo operaron de un tumor en el cerebro ya es una persona q no puede laborar y me toca sola con mi hijo q puedo hacer para no perjudicar ami fiador, gracias por la atención prestada.

  20. Jose dice:

    Tengo un piso alquilado y los inquilinos ganan alrededor de 550 € cada uno. Mi pregunta es, si interpongo una demanda contra ellos ¿que cuantía mensual se podría deducir de esa cantidad? suponiendo que se podría deducir algo. Gracias

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