Empresas deberán informar a sus trabajadores sobre los pagos realizados al sistema de seguridad social

Hasta la fecha, el trabajador sólo tiene certeza de que la empresa le ha descontado un valor de su nómina con el fin de hacer lo aportes respectivos al sistema de seguridad social, pero no puede tener certeza si realmente la empresa realizó los pagos, o si los hizo oportunamente.

Eso promete cambiar  con la reciente ley 1393 en su artículo 32, puesto que en adelante, las empresas tendrán que informar a sus trabajadores lo relacionado con los aportes y pagos que haya realizado al sistema de seguridad social, o en su defecto, crear un mecanismo que permita a los trabajadores hacer la respectiva averiguación:

Los empleadores deberán informar a los empleados sobre los aportes pagados a la protección social o garantizar que éstos puedan consultar que tales sumas hayan sido efectivamente abonadas.

El incumplimiento de esta obligación por cada periodo de cotización por parte del empleador será sancionable con multas de cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes. y en el caso de empleadores de naturaleza pública, adicionalmente implicara una falta disciplinaria para la persona que en cada entidad haya sido asignada para dar cumplimiento a lo previsto en el presente artículo.

El Gobierno Nacional reglamentará la forma y condiciones en que el empleador deberá cumplir con esta obligación, así como la forma en que las entidades públicas, según sus competencias, vigilarán el cumplimiento de la misma, de oficio o a solicitud de parte. Se regulará también el procedimiento que deberá aplicarse para la imposición de la multa, la destinación de los recursos y el ejercicio de defensa del denunciado.

Claro que hasta el momento esta norma no es aplicable, puesto que no ha sido reglamentada por el gobierno aún, y nótese que la ley ni siquiera fijó cuál es el plazo que tiene el empleador para informar a sus empleados la suerte de sus aportes, de modo que a la fecha, por ese pequeño detalle, es completamente inaplicable.

Sin embargo, es una decisión que va en dirección de un buen camino que busca disminuir la evasión de los aportes al sistema de seguridad social.

28 / 03 / 2011

Opinar o comentar

6 Opiniones en “Empresas deberán informar a sus trabajadores sobre los pagos realizados al sistema de seguridad social”
  1. hector j rojas dice:

    descubri que mi empresa no estaba pagando mi seguridad social con mi promedio de sueldo sino por el minimo a donde me puedo dirijir o demandar a esta empresa dios los bendiga gracias

  2. JAIME dice:

    Señores Gerencie, sería bueno, que al citar un ley, se hiciera referencia al año de dicha ley.
    Muchas gracias.

  3. liliana dice:

    la ley 1393 no contiene articulo 92
    gracias

    • ANGELA ESCOBAR dice:

      HOla, tienes toda la razon, yo tambien estuve buscando el articulo 92 de la ley 1393 y no lo encontre, el contenido especifico se localiza en el articulo 32, fue solo un error de transcripción.

  4. Rafael Dario Quiñones dice:

    Buen día.
    En la reciente ley 1393 en su artículo 92, parece ser una norma de verificación o control; pero creo que l mejor control que se puede llevar es el que uno mismo pueda realizar llamando a las diferentes administradoras donde estamos o creemos estar afiliados ó ingresando a sus respectivas páginas web. Paty en su anterior comentario nos cita la página del Fosyga, pero esa pagina solo nos muestra los aportes que se hacen a la EPS. Existen otras páginas donde aparecen toda la información integral de los aportes a la seguridad social, incluyendo aportes a parafiscales; por ejemplo, http://ruafsvr2.sispro.gov.co/RUAF/Cliente/Web/ pagina que es información casi actualizada.
    De todas formas, hoy día es imposible evadir algún aporte si estos se realizan por el sistema PILA reglamentado por el Ministerio de la Protección Social. En mi caso personal como Coordinador de Gestión Humana en una Cooperativa de Trabajo Asociado, utilizo como operador a Enlace Operativo, operador ágil, veraz y muy efectivo que me brinda todas las herramientas legales para el aporte integral a la Seguridad Social.
    Si existiesen aportes incompletos o de manera individualizada, sencillamente es porque son realizados por empresas o entidades al margen de la ley, es decir, PIRATAS; exceptuando los aportes como independientes que son también posibles realizarlos por estos operadores autorizados

  5. Paty dice:

    Facil consultar en http://www.fosyga.gov.co con el numero de cedula, alli aparecen todos lo pagos hechos.

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