En el Iva no hay regímenes especiales

En el impuesto a las ventas no hay regímenes especiales como en el impuesto a la renta, por lo tanto, siempre que se venda un producto gravado o se preste un servicio gravado, se es responsable del impuesto con todas las ampliaciones que ello conlleva.

Esta aclaración se hace debido a que constantemente en Gerencie.com recibimos consultas de ONGS y empresas del régimen especial en renta, como cooperativas, corporaciones  y fundaciones, respecto a si tienen un beneficio especial frente al Iva.

La responsabilidad del Iva está determinada por la actividad que se desarrolla, no por la calidad o naturaleza de la empresa.

Respecto al Iva, es indiferente si quien desarrolla una actividad gravada es un ONG, fundación, corporación o una sociedad comercial; en cualquier caso se es responsable del Iva, se debe cobrar y declare el Iva por cuanto desarrolla una actividad que se encuentra gravada con el impuesto a las ventas.

Lo que se debe tener en cuenta es la actividad que desarrolla la empresa, o la ONG. Si la ONG desarrolla una actividad gravada, no tendrá ningún tratamiento preferencial respecto al Iva.

Ahora, si la ONG desarrolla una actividad excluida del Iva, pues no será responsable del Iva, como tampoco lo será una empresa comercial que desarrolle la misma u otra actividad excluida del Iva.

En el impuesto de renta sí existen tratamientos diferenciales y especiales para las entidades sin ánimo de lucro, más no en el impuesto a las ventas, lo que debe quedar claro.

¿Y cómo se si una organización es o no responsable del Iva?

Esta es otra de las preguntas relacionadas con este tema, puesto que algunas personas quieren saber si una empresa determinada es o no responsable del Iva.

Bien, para saber si una empresa u organización es o no responsable del Iva, basta con solicitarle una copia del Rut, puesto que la responsabilidad del Iva figura en el Rut de la empresa, ONG o fundación, por lo que si no se necesario recurrir a ningún otro documento, certificado o resolución para conocer si una empresa u organización es o no responsable del Iva.

Recordemos que en el impuesto a las ventas hay dos responsables:

20 / 12 / 2010

Opinar o comentar

6 Opiniones en “En el Iva no hay regímenes especiales”
  1. ADRIANA MARTÍNEZ dice:

    ASUNTO: VENTA A EMPRESA PRIVADA EN CON DOMICILIO PRINCIPAL EN SAN ANDRES Y PROVIDENCIA

    Pertenezco al Régimen Común y debo facturar mercancías gravadas (16% iva) a un empresa con domicilio principal en San Andrés, 1) La venta no debe agregar el valor del IVa??2) Mi proveedor de estos materiales me facturo con Iva, Tratamiento con el IVA descontable??
    Gracias,

  2. Carolina Bernal dice:

    Buenas noches:

    ¿Qué pasa cuando ESAL estan catalogados de manera diferente en el RUT? ¿Concretamente que sucede cuando una ESAL presta servicios gravados con IVA pero no aparece responsable del IVA dentro del RUT, frente a otra ESAL que tiene características similares y presta los mismos servicios, pero diferencia en que si se encuentra como responsable del IVA en el RUT? ¿Qué deben hacer las entidades afectadas y los aperadores tributarios frente a esta situación?

    Gracias por su respuesta

  3. Sandra Contreras dice:

    Buenos días, estaba leyendo la información y necesito sabe que impuestos pagan las entidades sin ánimo de lucro a la hora de prestar un servicio o ejecutar una actividad comercial??

  4. monica dice:

    buenas tardes quisiera saber si el iva y la retefuente se aplica a entidades sin animo de lucro como la camara de comercio, gracias

  5. alejandro dice:

    me podrian ayudar diciendome si en una compra o en una venta entre regimenes comunes se aplica iva y retefuente? muchas gracias

  6. John Pineda dice:

    Buenos días, leyendo el concepto emitido por ustedes con referencia al IVA publicado el 1 de mayo de 2009, me queda un interrogante si en el Rut no dice expresamente que es responsable del IVA, como sería entonces en ese caso el tratamiento, muchas gracias.

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