En lo posible un trabajador discapacitado debe ser reubicado antes que despedido
En lo posible, un trabajador que sufre de alguna discapacidad que le impide desempeñarse adecuadamente en su puesto de trabajo, debe ser reubicado antes de considerar la terminación de su contrato, o la no renovación del mismo.
Suele suceder que un trabajador ha sido contratado cuando gozaba de todas sus capacidades físicas y mentales, pero luego sufre un accidente o enfermedad que le generan algún nivel de incapacidad. Ante una situación así, el empleador debe primero reubicar al trabajador en otro puesto en el que sí pueda desempeñarse adecuadamente:
(…)Por otra parte, debe el Estado garantizar la igualdad de oportunidades y “remover todos los obstáculos que en los ámbitos normativo, económico y social configuren efectivas desigualdades de hecho que se opongan al pleno disfrute de los derechos de estas personas, y en tal sentido, impulsar acciones positivas.”
En cuanto a las acciones positivas, aquellas que tienen como finalidad proteger a ciertas personas o grupos para eliminar o reducir las desigualdades de tipo social, cultural o económico que los afectan o bien, para procurar que los miembros de un grupo discriminado tengan una mayor representación en el escenario político o social,[7] esta Corporación ha establecido que de las acciones afirmativas a favor de las personas con limitaciones físicas o mentales se deriva precisamente una estabilidad laboral reforzada, la cual, se traduce en el deber para los empleadores de ubicarlos en cargos en los cuales puedan desarrollar labores que no atenten contra su integridad y en la prohibición de desvincularlos de sus puestos de trabajo, a menos que medien causas justas y objetivas, previamente evaluadas por la Oficina de Trabajo(…) [Sentencia T-233 del 2010]
Así las cosas, el empleador debe procurar ubicar al trabajador en un cargo acorde con sus capacidades físicas o mentales, en el cual puede desarrollar sin contratiempos las actividades propias del cargo.
Si lo anterior no es objetivamente posible, se presenta entonces en el horizonte la posibilidad de despedir el trabajador, pero tendrá que contar con la autorización del inspector de trabajo, y para ello deberá probar la imposibilidad de reubicarlo.


estoy en estado de embarazo soy vendedora tienda a tienda y mi labor la desempeña en moto, debido a que su embarazo es de alto riesgo le recomendaron a al empresa para la que trabajo que me reubicaran, en este momento estoy reubicada en las oficinas haciendo labores varias, como preventista gano el basico minimo legal vigente mas comisiones, las comisiones varian mensualmente de acuerdo al cumplimiento de las metas, la pregunta es con estas condiciones como me va a seguir pagando la empresa, solo el basico, pues no estoy en este momento en ventas???
mi pregunta en la siguiente…cuando fui tomada en blanco no constaba de ninguna enfermedad,pero hoy en dia sufro de una trombosis de vena profunda, soy costurera y me desempeño pero mi pregunta es…sufriendo esta enfermedad desde hace 2 años..mi empleador puede despedir por cualquier causa o esta enfermedad de alguna manera me proteje para no ser despedida…
estuve embarazad en alto riesgo por placenta previa, fui hospitalizada durante un mes y ya tenía 3 meses de venir reposando de manera intermitente en casa, tuve un parto prematuro, el bebe falleció al día siguiente, como consecuencia sufrpi una trombosis venosa profunda en la pierna izquierda, yo trabajo como contratista del DANE, coordinaba una encuesta con 15 personas a mi cargo, debido a lo complicado del embarazo acepté cambiar mi cargo por uno de menor responsabilidad y el que no he podido desempeñar debido a las complicaciones que tuve, mi incapacidad vence el 6 de abril y mi contrato el 17 de marzo, por la enfermedad que pesento no puedo realizar actividades que requieran de mucho esfuerzo físico, lo s medicos dicen que en aproximadamente en 6 meses estaré bien. mi pregunta es: me pueden en el DANE cambiar de cargo por uno que no podre desempeñar debido al problema que presento. si lo hacen, que debo hacer?