Entidades sin ánimo de lucro frente a las sanciones tributarias
Debido a las múltiples inquietudes recibidas de nuestros lectores respecto a las sanciones tributarias de las entidades sin ánimo de lucro, hacemos algunas precisiones sobre este tema.
Tributariamente las entidades sin ánimo de lucro tienen un tratamiento especial respecto al impuesto de renta y complementarios, en la medida en que se les aplica una tarifa especial reducida y en algunos casos sus rentas son consideradas exentas de modo que no pagan impuesto alguno.
Este tratamiento especial que el legislador ha querido dar a las entidades sin ánimo de lucro, ha hecho que algunas personas consideren que respecto a las sanciones tributarias estas entidades también tengan un tratamiento especial, pero lamentablemente no es así.
Las sanciones tributarias se derivan del incumplimiento de las obligaciones por parte del contribuyente. Si bien las entidades sin ánimo de lucro tienen unos beneficios respecto a la obligación sustancial, debe cumplir con todas las obligaciones formales sin discriminación ni distinción alguna respecto a otros contribuyentes, de modo que si incumplen algunas de las obligaciones, inexorablemente tendrán que asumir y pagar las sanciones correspondientes a la omisión o incumplimiento de la obligación en cada caso particular.
Recordemos que la ley busca sancionar, busca castigar a quien incumple una obligación que le ha sido impuesta, y no se puede alegar que su objeto social no tiene ánimo de lucro para evitar ser sancionado, puesto que la sanción no hace parte obligación tributaria como tal, es simplemente una consecuencia que debe asumir el contribuyente por incumplir con sus deberes formales, haciendo que las sanciones sean de cierta forma “voluntarias”, puesto que el contribuyente ha optado por no cumplir han cabalidad con lo que la ley le ha ordenado, y por supuesto debe asumir las consecuencias de sus decisiones, errores y omisiones.
Así las cosas, todo contribuyente del régimen especial que incurra en un hecho sancionable por la ley tributaria, no debe esperar un tratamiento especial. Tendrá que responder como cualquier otro contribuyente.


Señores:
Cordial saludo
soy secretario de un club privado sin animo de lucro. Quiero saber cual es la ley, resolucion o decreto que diga que ningun miembro de la junta no puede tener afinidad de primero o segundo grado de consanguinidad o que sean esposos con algun miembro de la parte administrativa. Por favor ayudenmen porque estamos buscando mucha transparencia.
Gracias.
Cordial saludo:
Me gustaria saber si un club de patinaje que es una entidad no contribuyente sin animo de lucro debe presentar delcaración de renta?.
Gracias
buenas tardes, constituimos una fundacion sin animo de lucro hace 2 años, el objeto social es la capacitacion a poblacion en situacion vulnerable para ubicarlas laboralmente o que inicien su negocio. desde la constitucion no se ha registrado libros en camara de comercio porque esta aun no se ha puesto a funcionar por negligencia de los socios, tengo que declarar renta, tengo que pagar impuestos? , tengo que soportar alguna sancion? mil gracias
Estimados gerencie.com
Mi consulta va referida a lo siguiente, somo una entidad deportiva que da clases sobre todo a niños. Tras varios acuerdos verbales con instalaciones públicas (sin existir subvención alguna) desarrollamos actividades deportivas en futbol sala, karate, padel y tenis. El karate se desarrolla en 1/3 del espacio total del pabellón cubierto compartiendo el uso del mismo con otras actividades que se desarrollan simultáneamente. Nuestra sorpresa viene cuando al presentarnos los costes de uso se nos quiere cobrar el uso completo de pabellon (lo que hacemos en futbol sala por ejemplo) por cada tercio de karate que usamos (pagamos el pabellon completo por usar solo 1/3). No se nos aplica el 50% de bonificacion que tienen las entidades deportivas (estamos inscritos en RAED con todos los deportes que desarrollamos reconocidos en los estatutos) al presentar la protesta porque ahora se nos dice que en tenis y padel no comepetimos con lo que no se nos puede aplicar ese 50% (no competimos porque IMD ha eliminado esta temproada la competición prebenjamin y todos los niños que tenemos pertenecen a esa categoría). Pero antes de protestar si nos aplicaban ese 50% y a otros usuarios que ni son entidades deportivas si le hacen el 50% por uso colectivo, a nosotros ni uno ni lo otro.
Ante esta tesitura nos vemos obligados a suspender todas las actividades que estaban desarrollandose a 30 de noviembre para liar más la cosa. Esto agrava más nuestra situación porque la única fuente de ingresos era las cuotas de los socios que recibían las clases deportivas. Con lo que nos reclaman unos pagos abusivos, de horas que ni hemos hecho uso y cambiando de critetrio dependiendo del grado de protesta.
¿Que podemos hacer?¿que nos pueden reclamar o que responsabilidad tenemos si nos negamos a pagar este abuso?
Si alguien necesita mas información puedo ponerle a disposición relación de acontecimientos y desglose de los usos que hacemos y los que nos reclaman.
Agradecemos la información que nos puedan aportar
Atte
Presidente del Club Deportivo
Estimados Gerencie.com
Mi consulta se refiere a lo siguente:
Hace 8 años creamos una fundacion, pero la persona que nombramos como Representante legal, se desaparecio y nunca supimos de gestion alguna de su parte, hace poco nos enteramos de oidas que el señor ha gestionado prestamos y auxilios a nombre de la entidad sin consultar ni informar a ningun miembro de la Junta Directiva, pues todas las personas pertenecientes a la junta, consideraban que la fundacion se habia liquidado y que no estaba activa pues nunca se desarrollo ninguna labor ni reunion.
Mi preguntas son:
1- Puede el representante legal tramitar o solicitar prestamos sin consultar ni informar a los miembros de la Directiva?
2- Si asi fuera quien debe responder por dineros o bienes recibidos?.
3- Como se puede averiguar si se deben impuestos o sanciones?
4- Los miembros de la Junta directiva tienen alguna responsabilidad en caso de deudas o malos manejos, si nunca se enteraron de alguna gestion?.
5- Como se obliga al Representante Legal a rendir informes y a responder por su proceder?
6- Que deberiamos hacer al respecto.
Agradecemos la orientacion que nos puedan brindar.
Atte.
Miembro de la Junta Directiva de la Fundacion.
buenos dias señores de gerecie.com.
tengo la siguiente inquietud, tengo una empresa sin animo de lucro que nunca ha funcionado deben impuestos desde el 2007 , para este caso que esta empresa nunca ha funcionado como se liquidan las multas
Hola señores de Gerencie.com:
Quisiera saber ¿cómo se le cobran estas sanciones a una fundación que no declarara? ¿Hay un valor estandar digamos de “tantos” Uvt?
Gracias