¿Es conveniente incurrir en error aritmético para lograr el beneficio de auditoría?

Algunos contribuyentes para cumplir los requisitos exigidos por el artículo 689-1 del estatuto tributario para acogerse al beneficio de auditoría, deciden incurrir a una especie de error aritmético para incrementar el impuesto de forma artificial. ¿Es conveniente esta práctica?

Si bien la Dian ha conceptuado que el hecho de incrementar de forma artificial el impuesto no configura el error aritmético, recurrir a esta práctica como herramienta para alcanzar el beneficio de auditoría quizás no sea recomendable.

La razón es que en primer lugar la estrategia es muy visible,  y en segundo lugar  puede ser interpretada por la Dian o algún funcionario como una maniobra un tanto “desesperada” del contribuyente por conseguir la firmeza de su declaración lo más pronto posible, lo que haría pensar a un funcionario malicioso, suspicaz, que allí se pretende ocultar algo, que se pretende impedir que la Dian investigue algo.

Si el contribuyente demuestra abiertamente su “afán” por lograr el beneficio de auditoría, es probable que sea una razón para que la Dian decida iniciar un proceso de investigación temprano para descartar que ese contribuyente esté intentando “hacer trampa”,.

Por esta sencilla razón sería recomendable no incurrir en ese “error aritmético” para lograr el incremento del impuesto necesario para acogerse al beneficio de auditoría, y en su lugar no declarar algunos costos o deducciones de manera que el beneficio de auditoría se logre de una forma mucho más natural que no despierte sospechas.

24 / 01 / 2011

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Una opinion en “¿Es conveniente incurrir en error aritmético para lograr el beneficio de auditoría?”
  1. WILLSON VALLEJO dice:

    Los Señores de la dian siempre juzgando, sembrando sizaña y comezón, buscando lo que no existe, pero bueno que le vamos a hacer si como reza el viejo adajio popular, muy cierto ” EL LADRON SIEMPRE JUZGA POR SU CONDICIÓN”

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