Estados financieros y certificados que firme el contador público deben contener el número de la tarjeta profesional del contador

ejercicio contable que firme un contador público, debe contener también el número de la tarjeta profesional de quien firma en calidad de contador.

La firma del contador público no sólo debe ir acompañada de su número de cédula, sino de su número de tarjeta profesional, pues así lo dispone la ley expresamente.

Es así como el parágrafo 3 del artículo 3 de la ley 43 de 1990 dice:

En todos los actos profesionales, la firma del Contador Público deberá ir acompañada del número de su tarjeta profesional.

Algunas entidades públicas y privadas, adicionalmente exigen copia del certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la junta central de contadores, como una forma de garantía adicional, puesto que con ello se busca asegurar la calidad de la información que ha sido certificada, en la medida que el contador que la elaboró prueba que no ha sido sancionado por falta a la ética profesional, lo que se supone lo hace más confiable frente a terceros.

26 / 04 / 2012

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