Estatuto tributario

El estatuto tributario es algo que no le debe faltar a un contador público, a un auxiliar contable o al mismo empresario, toda vez que las normas fiscales tienen un gran efecto sobre cualquier actividad económica que se ejerza.

Anteriormente había que andar con el estatuto tributario debajo del brazo; hoy no, puesto que con los avances logrados con el Internet, se tiene acceso a él en línea en cualquier momento y caso dese cualquier parte.

Es así como la secretaría del senado, en su página Web ha  habilitado el Estatuto tributario, donde se puede consultar fácilmente, y donde se presenta con vigencias, derogatorias, concordancias y  hasta jurisprudencia.

Consultar el Estatuto tributario

Igualmente, Actualicese.com ha creado el sitio web www.estatutotributario.com desde donde se puede consultar ágilmente el estatuto tributario de la secretaría del senado. Aunque se trata del mismo estatuto, el sistema allí permite hacer una consulta  mucho más rápida y efectiva del estatuto.

28 / 08 / 2009

Opinar o comentar

74 Opiniones en “Estatuto tributario”
  1. ELECTO MORENO dice:

    YO ME SAQUE DOS QUINTOS DE UNA LOTERIA PERO NO QUIERO QUE NADIE LO SEPA POR LOS MUCHOS PROBLEMAS QUE ESTO ME ACARREARIA EN EL PUEBLO DONDE VIVO. SOY DECLARANTE DE RENTA Y EL CONTADOR PUBLICO QUE ME LA HACE ES GRAN AMIGO MIO PERO NO QUIERO QUE EL LO SEPA PORQUE DESPUES LO SABE TODO EL MUNDO. QUE SE PODRIA HACER PARA MANTENER ESTO EN LO CLANDESTINO?

    • Leydi dice:

      Dile a tu contador que es una herencia, a la final son ganancias ocasionales y acarrean los mismos impuestos. Pregunta, cuanto impuesto pagaste por esto?, cuanto porcentaje del premio descontó la lotería?, porque dependiendo de eso el restante 33% que haga falta para pagar el impuesto debe ser presentado en la declaración de patrimonio o ingresos y ser pago.

      Segunda opción, cambia de contador y búscate un profesional serio, callado y sobre todo discreto.

    • sofi dice:

      pues cambiar a otro contador no !!!! por lo q no saberias q tanta confiaza le hablarias del tema yoi tu me quedari acon el amigo contador y le pediria mas discredion si confias del el como dices si no confias pues me hiria por la opcion de cambiar de contador

  2. Dario Guarin dice:

    Buenas noches les agradeceria si me ayudaran a establecer si el bicarbonato es un bien gravado o excento del IVA, muchas gracias

  3. EDGAR SANDOVAL SANTOS dice:

    Soy estudiante de contaduría pública, deseo saber con exactitud que es un estatuto tributario.

  4. EDGAR SANDOVAL SANTOS dice:

    Soy estudiante contaduria, deseo saber con exactitud que es un estatuto tributario.

  5. hermosita dice:

    necesito los datos actuales de las tarifas de los bienes y servicios gravados ??? porfa

  6. JUAN CEBALLOS dice:

    cual es el articulo que regula las donaciones para descontaras de la impuestos de la empresa privada??
    gracias

  7. elkin dáguer arias dice:

    mi duda es la siguiente en una empresa nueva en donde los gastos se llevaron a la cuenta cargos diferidos, es posible deducir estos de la base para liquidar el impuesto al patrimonio

  8. Luis H. Riaño dice:

    Alguien sabe como descargarlo completo en Pdf

    Gracias!

  9. maria perez dice:

    quisiera obtene informacion de procedimiento de de bace presuntiva

  10. OSCAR PAREJA dice:

    Quiero felicitarlos pr esta magnifica pagina.
    Además quiero preguntar si es verdad, que uno como propietario de un inmueble que fué arrendado para desarrollar una actividad comercial por el arrendatario, debe pagar impuesto de Indutria y Comercio. Es decir, yo comno propietario debo pagar este impuesto, sabiendo que no desarrollo ninguna actividad comercial y que no tengo ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO.
    Entiendo que solo pagan este impusto quienes tienen establecimiento de comercio activo y desarrollan su actividad comercial.

    gracias

  11. OSCAR PAREJA dice:

    Quiero felicitarlos por esta importante pagina, que nos mantiene actualizados en muchos temas de interes.
    Quiero preguntar si es verdad que Yo como propietario de un LOCAL COMERCIAL, ES DECIR PROPIETARIO DEL INMUEBLE SOLAMENTE,

  12. Oscar Longas Losada dice:

    DESEO SABER SI UN PAGARE (TITULO VALOR) POR VALOR DE $ 125.000.000 SE LE DEBE CANCELAR IMPUESTO DE TIMBRE A FECHA 2010? MIL GRACIAS POR SU RESPUESTA

    • hghgf dice:

      TITULO V.
      ACTUACIONES Y DOCUMENTOS EXENTOS DEL IMPUESTO DE TIMBRE.
      ARTICULO 530. SE ENCUENTRAN EXENTOS DEL IMPUESTO DE TIMBRE. Están exentos del impuesto:
      1. Los títulos valores emitido por establecimientos de crédito con destino a la obtención de recursos.
      2. Los títulos valores nominativos emitidos por intermediarios financieros que no sean establecimientos de crédito pero estén sometidos a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria, con destino a la captación de recursos entre el público.

  13. CARLOS BAUTISTA dice:

    BUENOS DIAS QUISIERA SABER COMO PUEDO DESCARGAR EL ESTATUTO TRIBUTARIO ACTUALIZADO YA QUE NO HE PODIDO LA FORMA LES AGRADEZCO ME AYUDEN

  14. LUZ MARINA ARIZA dice:

    Soy Estudiante de Contaduria, estoy contenta por la informacion suminsitrada por ustedes, ya que esto me permite enriquecerme, y vivir actualizada con las nuevas normas, reformas y demas.

    gracias

    los felicito

  15. Rafael villescas dice:

    Señores , excelente su publicación, MUchas gracias por su esfuerzo.

  16. CARLOS ESTEBAN RAMIREZ MEDINA dice:

    Si lo quieren tener en PDF, descarguen una impresora PDF en esta pagina http://www.novapdf.com/download.php

    En esta dirección esta el estatuto tributario en una sola hoja o pagina

    http://www.superservicios.gov.co/basedoc/codigos.shtml?x=50215

    Estando ahi le dan la opción del navegador para imprimir y escogen la impresora PDF instalada

  17. Doris Amanda Suarez Diaz dice:

    Buenas tardes, muchas gracias por su valiosa y oportuna información

  18. José Hernán Castro Contreras dice:

    Primero, FELICITACIONES por la magnífica desición de la publicación electrónica de normas, estautos, códigos y todas aquellas herramientas que nos suministran para estar actualizados, además por simplificar y optimizar nuestro trabajo. Segundo, agradecerles por el evitarnos llevar permanentemente volúmenes de información que además de incómodos afectan en parte nuestra salud.

  19. Freddy Jesús Mazo Ramírez dice:

    Amigos de Gerencie.com, esta facilidad de encontrar el ET virtual através de las páginas web que indican, es fabuloso. Los felicito por ayudar a ilustrarnos. Bonito el detalle de la “cuña” a actualicese.com…denota profesionalismo de parte de Gerencie.com. Nuevamente GRACIAS con mayúscula. Un abrazo.

  20. Felipe Trejos dice:

    HOla

    y el Estatuto tributario de ustedes..”Gerencie.com” ?

    Mil gracias

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