Fórmula para calcular la prima de servicios

Para calcular la prima de servicios se recurre a una fórmula que recoge el salario base y los días trabajados en el periodo a liquidar, que por lo general son 6 meses, pudiendo ser más o menos.

Fórmula de la prima de servicios.

En primer lugar, recordemos que la prima de servicios es igual a un mes de salario por cada año de trabajo, o proporcional si el trabajador laboró menos de un año, como cuando se inicia o finaliza el contrato de trabajo ya iniciado el año. La fórmula es la siguiente:

Salario base x Días trabajados ÷ 360

Como vemos, esta fórmula contiene tres variables:

  1. Salario base sobre el que se liquida la prima de servicios.
  2. Días trabajados en el periodo por el que se va a liquidar.
  3. 360 que son los días del año que dan derecho al mes de salario.

A continuación, explicamos cada una de las variables.

Salario base.

El salario base para liquidar la prima de servicios es salario como tal del trabajador, más los distintos conceptos remuneratorios como comisiones, horas extras, recargos nocturnos, dominicales y festivos  y el auxilio de transporte.

En fin, se deben sumar todos los pagos que constituyen salario, y se excluyen los que no constituyen salario.

Cómo el trabajador puede tener un salario diferente en cada mes, para reconocer esa situación debe promediar el salario del trabajador en los meses respecto a los cuales se va a liquidar la prima de servicios.

En el siguiente artículo se explica con más detalle la base sobre la que se calcula la prima de servicios.

Salario base para la liquidación de la prima de servicios.Conceptos salariales que se incluyen en la base para calcular y liquidar la prima de servicios.

Días trabajados en el periodo a liquidar.

Los días trabajados hace referencia al periodo por el cual se calcula la prima de servicios, que por lo general es de 6 meses.

Recordemos que la prima de servicios se paga en dos cuotas, una en junio y otra en diciembre, así que en el año se hacen dos liquidaciones, una cada 6 meses.

Pero hay casos en que el periodo a liquidar es menor a 6 meses, como en los casos en que el trabajador inicia el contrato o lo termina, ya iniciado en semestre, como en marzo, o noviembre, etc.

Cuando nos referimos a días trabajados, se incluyen domingos y festivos, es decir, días calendario, 30 por cada mes, en razón que para efectos laborales el mes tiene 30 días, como se explica en el siguiente artículo.

El mes laboral tiene 30 días.Para calcular los valores relacionados con la nómina y el contrato de trabajo el mes se considera de 30 días.

360 días en la fórmula para liquidar la prima de servicios.

Se observa que el resultado de multiplicar el salario base por los días trabajados, es dividido entre 360 días, que representan el año de trabajo.

Recordemos por cada año de trabajo (360 días), se paga un salario mensual, y en razón a ello es que todo es dividido por 360.

Para entenderlo supongamos un trabajador con un salario de $1.200.000, que trabajó el año completo. En tal caso le corresponde una prima equivalente exactamente a un mes de salario, es decir, $1.200.000, así que aplicando la fórmula debemos obtener exactamente ese resultado:

1.200.000 x 360 ÷ 360 = 1.200.000.

360 dividido en 360 es igual a 1, y 1.200.000 x 1 arroja precisamente 1.200.000.

Cómo calcular la prima de servicios.

Como ya lo señalamos, la prima de servicios corresponde a un mes de salario por cada año de trabajo. Además, la prima de servicios se paga en dos cuotas, una en el 30 de junio y la otra a más tardar el 20 de diciembre, de modo que cada cuota es igual a la mitad de un salario.

Pero si al llegar el día de pagar la prima de servicios, el trabajador no lleva un semestre trabajando, se tiene que hacer un cálculo proporcional al tiempo laborado con la fórmula ya conocida.

Supongamos un empleado que ingresó a laborar el 01 de agosto de 2020 con un salario de $1.000.000 y se le debe liquidar la prima correspondiente al segundo semestre.

En este caso el trabajador lleva 5 meses en la empresa, es decir, 150 días. Es importante anotar que, si bien la prima de servicios se debe pagar el 20 de diciembre, se liquida hasta el 31 de diciembre, a no ser que el trabajador se retire antes del 31 de diciembre, caso en el cual se líquida hasta el día en que se liquide el contrato de trabajo.

Aplicando la fórmula tenemos:

1.000.000 x 150/360 = 416.666.

Recordemos que el pago de la prima es semestral, de modo que si el trabajador ha estado vinculado a la empresa durante todo el año, y por consiguiente se le pagó la prima de servicios correspondiente al primer semestre, al calcular la prima de servicios en diciembre se toman sólo 180 días pues la prima del primer semestre ya fue pagada, es decir, que como la prima de servicios se paga semestralmente, en cada semestre la fórmula sería:

(Salario base x 180)/360

Esta sería la fórmula para calcular las primas de junio y diciembre siempre que el trabajador hay estado vinculado el semestre completo.

Liquidación de la prima de servicios.¿Cómo se liquida la prima des servicios? Base para su cálculo y formula que se utiliza para calcularla.

Cálculo de la prima de servicios en Excel.

Si quisiéramos hacer el cálculo en Excel teniendo los días a liquidar en B4 y el salario base en B6, la fórmula sería:

=(B6*B4)/360

Pero hemos desarrollado una herramienta en Excel que hace al cálculo a partir de las fechas inicial y final, para determinar automáticamente los días a liquidar.

Descargue ejemplo en Excel.

El usuario sólo tiene ingresa la fecha desde la cual se liquida la prima de servicios, por ejemplo, desde el 01 de agosto, hasta la fecha en que se liquidará, por ejemplo, el 31 de diciembre, y Excel automáticamente determina los días a liquidar utilizando la función DIAS360 en razón a que, como ya se explicó, para efectos laborales el año tiene 360 días y el mes 30 días.

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  1. david molina (mayo 26 de 2022)

    que calculo tan mal hecho, mejor no me fio de esta pagina, en ningún lado dice que se debe incluir el aux de transporte.

    Responder
    • Lauleon en respuesta a david molina (noviembre 12 de 2022)

      si esta especificado (El salario base para liquidar la prima de servicios es salario como tal del trabajador, más los distintos conceptos remuneratorios como comisiones, horas extras, recargos nocturnos, dominicales y festivos y el auxilio de transporte.)

      Responder
  2. Rosa Maldonado (noviembre 23 de 2022)

    buenas tardes como se liquida la prima de servicios si en el ultimo mes se le aumenta el salario al colaborador

    Responder
    • Ernesto Piedrahita en respuesta a Rosa Maldonado (diciembre 19 de 2023)

      Rosa, se liquida conforme al promedio del respectivo semestre ya que así sea solo con un mes, hubo variación salarial. Cordialmente, Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. Whatsapp: 313-8830983. Nota: Respondo de manera gratuita a máximo dos preguntas o inquietudes en materia laboral que me hagan mediante mensaje a mi whatsapp o llamando vía celular. Hago asesorías en liquidación de prestaciones sociales, despidos con justa o sin justa causa, permisos, licencias e indemnizaciones laborales.

      Responder
  3. ANA (diciembre 12 de 2022)

    Buenas tardes, si el trabajador tiene como base $1.700.000 y promedio de comisiones $524.000 la base daría $2.224.000, supera los 2 SMLV. Mi pregunta es si en la base de liquidación tengo en cuenta el auxilio se transporte?
    Gracias

    Responder
    • Ernesto Piedrahita en respuesta a ANA (diciembre 19 de 2023)

      Ana, efectivamente así es ya que las comisiones de acuerdo con el artículo 124 del Código Sustantivo del Trabajo, constituyen salario y si al sumarse con el básico, da más de los dos salarios mínimos legales mensuales y por lo tanto no se causa el auxilio de transporte. Cordialmente: Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. Whatsapp: 313-8830983. Nota: Respondo de manera gratuita a máximo dos preguntas o inquietudes en materia laboral que me hagan mediante mensaje a mi whatsapp o llamando vía celular. Hago asesorías en liquidación de prestaciones sociales, despidos con justa o sin justa causa, permisos, licencias e indemnizaciones laborales.

      Responder
  4. Ernesto Piedrahita (diciembre 19 de 2023)

    Ernesto Piedrahita. Abogado Laboral. Whatsapp: 313-8830983. Nota: Respondo de manera gratuita a máximo dos preguntas o inquietudes en materia laboral que me hagan mediante mensaje a mi whatsapp o llamando vía celular. Hago asesorías en liquidación de prestaciones sociales, despidos con justa o sin justa causa, permisos, licencias e indemnizaciones laborales.

    Responder
  5. ALEX MORENO (febrero 7 de 2024)

    Buen día, tengo la siguiente inquietud. si tengo un empleado que no trabaja completo el mes como se toma el auxilio de transporte para la base del calculo de la prima

    Responder
    • Gerencie.com
      Gerencie.com en respuesta a ALEX MORENO (febrero 7 de 2024)

      ¿No trabaja completo el mes en un mes determinado o en todos los meses?

      En toco caso, habría que aplicar la fórmula correspondiente, y en los días trabajados se descuenta tanto tanto lo correspondiente al salario como al auxilio de transporte por los días no laborados.

      Saludos

      Responder

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