Formulas utilizadas en la liquidación de la nomina

Para liquidar los diferentes conceptos que se pueden derivar de un Contrato de trabajo, se utilizan las siguientes formulas:

Cesantías: (Salario mensual * Días trabajados)/360
Intereses sobre cesantías: (Cesantías * Días trabajados * 0,12)/360
Prima de servicios: (Salario mensual * Días trabajados en el semestre)/360
Vacaciones: (Salario mensual básico * Días trabajados)/720
Hora extra diurna: Valor hora ordinaria * 1,25
Hora nocturna: Valor hora ordinaria * 1,35
Hora extra nocturna: Valor hora ordinaria * 1,75
Hora ordinaria dominical o festiva: Valor hora ordinaria * 1,75
Hora extra diurna dominical o festiva: Valor hora ordinaria * 2
Hora extra nocturna dominical o festiva: Valor hora ordinaria * 2,5


Indemnizaciones


Contrato de trabajo a término fijo:

En los contratos a término fijo, el valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado del contrato; o el del lapso determinado por la duración de la obra o la labor contratada, caso en el cual la indemnización no será inferior a quince (15) días


Contrato de trabajo a término indefinido:

En los contratos a término indefinido la indemnización se pagará
así:
a) Para trabajadores que devenguen un salario inferior a diez (10) salarios
mínimos mensuales legales:
1. Treinta (30) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo
de servicio no mayor de un (1) año.
2. Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo se le pagarán veinte (20) días adicionales de salario sobre los treinta (30) básicos del numeral 1º, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción;
b) Para trabajadores que devenguen un salario igual o superior a diez (10),
salarios mínimos legales mensuales.
1. Veinte (20) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.
2. Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo, se le pagarán quince (15) días adicionales de salario sobre los veinte (20) días básicos del numeral 1º anterior, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción.


Nota.

1. El trabajo diurno va desde las seis de la mañana hasta las diez de la noche.
2. Por regla general se entiende por Salario la asignación básica en dinero o en especie más comisiones, honorarios y otros conceptos pactados como tal.

Opiniones

54 Opiniones en “Formulas utilizadas en la liquidación de la nomina”
  1. Alejandra dice:

    tengo un grave problema no se como liquidar una nomia el caso es el siguiente:
    Tengo un empleado que trabaja de 6:00 pm a 6:00 am. todos los dias inlucidos domin¡gos y festivos y devenga un salario basico de 461500, como debo liquidarle en la nomina.

    Porfavor ayudenme se los ruego..gracias es urgente.

  2. patricia pava dice:

    necesito el mismo caso si tiene la respuesta enviar patriciapava64@hotmail.com

  3. caro dice:

    mi caso es el siguiente: soy trabajadora independiente, y estoy afiliada a salud como beneficiaria, y no estoy afiliada a pension, ¿estoy obligada a afiliarme a salud como cotizante, y afiliarme a pension?.

    en espera de una pronta respuesta.

  4. jose azofeifa dice:

    tengo cuatttttro años de trabajar para una misma empresa.. y me deben mi liquidacion yo quiero que me digan cuales son los calculos para la liquidacion,, asi puedo hacerlo yo mismo y ver si me dan lo gusto gracias

  5. paula andrea fernandez dice:

    super util esta pagina felicitaciones

  6. Omar Vaca dice:

    Trabaje como conductor de servicio publico desde el 29/09/2005 hasta el 14/08/2008 con contrato fijo inferior a un año devengando el mínimo legal mas prestaciones de ley y por palabra se acordó un porcentaje de $60 por pasajero los cuales eran en promedio 330 pasajeros diarios, se acordaron ocho horas de trabajo diario, pero trabajé un promedio diario de 16 horas, al recibir mi liquidación me liquidaron únicamente sobre el salario mínimo legal sin tomar en cuenta ni los $60 pesos que recibí diariamente por cada pasajero transportado ni las horas extras que laboré las cuales nunca me pagaron, por favor indicarme cual seria el valor correspondiente a recibir por concepto de liquidación de contrato y que debo hacer para hacer valer mis derechos, cabe aclarar que las cesantías me eran consignadas a su tiempo en el fondo pero siempre tomando como base el mínimo y 8 horas únicamente, muchas gracias.

    Ultimo sueldo Básico:$461.500; salario base de liq: $516.500; total días : 1016; Motivo retiro: renuncia

  7. Albeiro Estrada Vélez dice:

    excelente portal, sierve de apoyo a un gran número de personas que tienen poca fundamentacion en asuntos laborales, aparte de la actualizacion jurídica que se genera continuamente.

  8. luis manuel torres mariano dice:

    bueno mi caso es el sgte empece a trabajar de guarda de seguridad en una empresa regida legalmente por la superintendencia de vigilancia trabajaba 12 horas diarias una semana de dia y la otra de noche y dos domingos al mes trabajaba 24 horas ya que no habia relevante, mi asignacion mensual era de 680.000 pesos,en enero de este año en curso aumento el sueldo en 700.000 pesos, en agosto de este año contrataron una persona que actualmente labora cuatro dias por semana(16 dias al mes) para poder descansar los guardas fijos, cada guarda labora 5 por dos osea cinco dias laborando por dos dias de descanso una semana de dia y la otra de noche ya sea domingo o festivos y la asignacion mensual fija es de 660.000, quisiera saber si en el primer caso hubo una buena remuneracion y cual debia ser y si no que se puede hacer y en el segundo caso saber si estoy bien remunerado. muchas gracias por su colaboracion prestada mi correo poseiddon02@hotmail.com

  9. indira dice:

    hola tengo una pregunta voy a abrir una tienda y quiero contratar a dos chicas no tengo ni idea de los paso a seguir y los horarrios q se deben cumplir semanalmente ni de los precios de los sueldos les agradeceria cualquier informacion

  10. martin dice:

    solicito una tabla de como debo liquidar mis horas extras trabajo 8 horas diarias y no hay un control sobre ellas por favor deseo un formato con sus porcentajes de acuerdo al dia dominical, nocturno, diurno normal gracias

  11. ELSY dice:

    tengo un empleado que labora de 6 a.m. a 6 p.m. todos los dias incluidos domingos y festivos. salario base $462.000. se le dan dos dias al mes de descanso compensatorio como debo liquidarlo. muchas gracias

  12. ELSY dice:

    disculpen corrijo mi pregunta el señor labora es de 6 p.m. a 6 a.m.

  13. Andrea Ordoñez dice:

    Hola excelente página, me gustaría saber si es verdad que las empresas de vigilancia pueden liquidar el turno de 6a.m. a 6 p.m de dominicales y festivos como dias ordinarios, como si tuvieran una ley diferente a las demas empresas privadas.
    Gracias.

  14. MARIA DENICE MALAMBO JARAMILLO dice:

    Felicitaciones por esta pagina buscaba resolver una inquietud y encontre este sitio estupendo.

  15. alba dice:

    Para Andrea

    Hasta donde tengo conocimiento no es legal. Hay una propuesta en estudio dirigida a la OIT, para reglamentar turnos de 12 horas, maximo 60 horas semanales.

  16. Carmiña Eraso dice:

    Porque al liquidar en las vacaciones no se divide sobre 360 sino osbre 720?

  17. @ Carmiña Eraso:

    Buenos días, Carmiña

    La respuesta está AQUÍ

  18. darwin dice:

    mi sueldo basico es de 1.348.078. laboro 12 horas, trabaje 24 horas recargos dominicales diurnas y 6 horas recargos nocturnos dominicales.
    como deven liquidarme estas horas segun la ley 789 2002 ayudenme urgente

  19. Ruben Carmona Lopez dice:

    Excelente portal, de verdad creo que es el mejor en la materia.

  20. edgar dice:

    Por favor , le agradezco su opinion; fui liquidado el 31 de octubre, los dias laborados fueron 107 con un sueldo mensual de $1.000.000, en la liquidacion de prestaciones no aparece el item de vacaciones, yo las estoy reclamando y me dicen que no tengo derecho, esto es cierto ?

  21. camilo dice:

    Edgar, las vacaciones son 15 dias habiles por año(365 dias) o proporcionalmente por fracciones, es decir, a usted le corresponden 4.4 dias por los 107 que trabajo. Sino le solucionan ese tema rapido dirijase al Ministerio de la Proteccion Social y alli le ayudan con este tema, eso sí, debe madrugar bastante para que logre ser atendido.

    Saludos,

    Camilo Villamil

  22. JIM CAMPBELL dice:

    Necesito ayuda, trabaje en una compañia desde el 5 de junio de 2008 hasta el 15 de noviembre de 2008. Tenía un contrato de duración indefinida para un empleado de manejo y confianza, de repente el mismo día me dicen que ya no puedo seguir trabajando porque la empresa le estaba iendo mal. Será que me tienen que dar alguna indemnización.

  23. Cristina dice:

    Hola amigos, deseo ayuda en cuanto a formular una hoja en excell que liquide las horas extras, recargos, fectivos y demaás de acuerdo a la legislación laboral.
    Agradezco la colaboración
    Cris

  24. Consuelo dice:

    Si una persona ingresa a laborar el 15 de enero del 2000 con contrato de trabajo a termino indefinido y van a liquidar la empresa o terminarla no entiendo se pagan 45 días con el último sueldo y 20 días por cada año con base en el último sueldo no entiendo

  25. camilo dice:

    mi caso es el siguiente fui contratado por un empresa temporal para trabajar en un banco, el banco despues de 4 meses de estar trabajando realizo despidos masivos sin justa causa, la figura de contrato que firme es por obra o labor y ahora la empresa temporal dice no tener obligacion de pagar indemnizacion por que la modalidad del contrato no esta obligada a hacer eso ya que una de las clausulas del contrato lo espesificaba claramente y segun ellos la ley los ampara, por otro lado no anunciaron el despido de forma anticipada fueron hechos de pasaron de un dia para otro ¿que puedo hacer?

    • Lucia dice:

      Hola Camilo:

      Cuando el contrato es a obra o labor y por medio de una temporal no hay nada que hacer solo recibiras tu liquidacion sin ninguna indemnizaciòn, y tampoco tienen porque avisarte cuando es despido masivo.

      Cordial Saludo
      Lucia G.

  26. MI PREGUNTA ES SI AL MOMENTO DE LIQUIDAR UN EMPLEADO HAY QUE CONTAR CON LAS HORAS EXTRAS QUE LABORO DURANTE EL TIEMPO DEL CONTRATO.
    EL CONTRATO ES FIJO DESDE EL 28 DE JULIO DE 2008 AL 27 DE DICIEMBRE DE 2008 CON 20 HORAS EXTRAS DIURNAS.

  27. nancy dice:

    quiero felicitarlos por esta pagina tan interezanta, me ha sido de mucha utilidad.

  28. jorge reina dice:

    Yo era mensajero trabaje durante 5 meses y 15 dias, segun lo q yo tengo entendido y me han comentado muchas personas q trabajan en este medio ellos estaban en la obligacion de darme una dotaciondespues de haber cumplido los 2 meses o el periodo de prueba (como impermeable, botas,etc), cuando pedi la maleta me dijeron q la iban a averiguar y me la daban nunca me la dieron como consecuencia mi maleta quedo en muy mal estado ellos tambien en mi liquidacion me deben devengar estos items????

    Mi motivo de despido fue xq estando en mi hora de almuerzo me solicitaron un favor, yo les dije q despues de q acabara de comer y una llamada q tenia q hacer ese dia en la tarde exactamente antes de la 1:40 y yo almuezo de 1 a 2, a el le disgusto mucho eso y cuando llegue en la tarde de hacer el recorrido me tenia la carta de despido.
    Hasta donde yo tengo entendido este es un despido por causa injusta puesto q yo estoy en mi hora de almuerzo ademas les regale 20 minh de mi hora x colaborarles, ellos deben pagarme la indemnizacion ??????

    Muchas gracias de antemnano y espero su pronta respuesta

  29. jorge reina dice:

    perdon una ultima pregunta cuanto tiempo max tiene ellos para pagar le liquidacion???? si se pasan de este tiempo cuando mas se cobra x dia

  30. juan castro dice:

    Hola. Quiero saber que pasa con la liquidación de una empleada doméstica que trabajo trece (13) años consecutivos y necesito liquidarla.
    PREGUNTA
    1) TOMO CADA AÑO Y LIQUIDO POR EL 70%
    2) QUE PRESTACIONES TIENE DERECHO.
    CORDIAL SALUDO

    JAIRO RUEDAS

  31. juan castro dice:

    HOLA, QUIERO SABER COMO SE LIQUIDA UNA EMPLEADA DOMÉSTICA QUE TRABAJO TRECE AÑOS CONSECUTIVOS EN LA CASA. nO SE QUE SUELDO TOMAR, SIL LIQUIDO POR AÑO Y QUE PRESTACIONES PAGAR

    AYUDENME.

    JAIRO RUEDAS

  32. RUBI HERRERA dice:

    GRACIAS POR DARME LA OPORTUNIDAD DE CONSULTAR. TENGO EL SIGUIENTE PROBLEMA TRABAJO CON UNA EMPRESA TEMPORAL. AL AÑO NOS LIQUIDAN Y DEBO DEJAR DE TRABAJAR UNOS DIAS PARA QUE NOS HAGAN NUEVO CONTRATO. MI PREGUNTA ES DENTRO DE LA LIQUIDACION NOS DEBEN PAGAR LA PARTE DE VACACIONES? EN UN CONTRATO POR OBRA O LABOR (TRABAJO CON UNA MULTINACIONAL PERO ESTA EMPRESA LE PAGA A LA TEMPORAL ). LE AGRADECERIA SU COLABORACION.

  33. Laura Patricia Gomez Florez dice:

    Deseo saber como debo hacer una liquidación para una empleada doméstca que lleva trabajando que lleva 14 meses laborando y su salario es de 400.000$ mensuales.. Gracias!!

  34. alfonso dice:

    quiero saber como debo liquidar a la empleada domestica, trabaja de 8am a 2 p.m . no trabaja los domingos y festivos. las vacaciones la tiene noralmente cada año. varias semanas solo trabaja solo cuatro dias.

  35. ricardo galindo dice:

    Cordial saludo
    Mi inquietud es cual es el valor del auxlio de moto.
    Gracias

  36. darwin freiles dice:

    hola nesecito que me colaboren con la tabla de liquidar, recargos y horas extras que se utilizaba antes de la ley 789 del 2002 no la encuentro con mucha claridad gracias por su ayuda.

  37. fernando velasco dice:

    Me gustaría saber si al salir a mis vacaciones solo me adelantan el sueldo de los días que no vaya a laborar o me pagan mis vacaciones y recibo nuevamente mi sueldo normal les agradecería me colaboren con esta inquietud

  38. darwin freiles dice:

    hola nesecito que me colaboren con la tabla de liquidar, recargos y horas extras que se utilizaba antes de la ley 789 del 2002 no la encuentro con mucha claridad gracias por su ayuda.

  39. maria espinoza dice:

    hola deseo saber si uno trabaja 12 hora semanales y te depiden tienes derecho a una indemizacion
    gracias muy buena la pagina

  40. ELENA RODRIGUEZ dice:

    RESULTA QUE LA EMPRESA DONDE TRABAJO ES UNA COOPEATIVA Y PASARA HACER UNA CTA (POR LEY) DICEN QUE DEBE LIQUIDARNOS POR LA COOPERATIVA; ES VERDAD? Y SI ES CIERTO CUANTO DEBE SER LA LIQUIDACION, YO DEVENGO UN SALARIO MINIMO Y LLEVO DESDE EL 06-MAYO DE 2008 HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2008

    ES URGENTE GRACIAS

  41. soy trabajador de ong y quiero saber el total de mi liquidacion de este año sueldo 928000, ya me pagaron las prima de junio.

  42. JAVIER LASSO dice:

    Hola, primero quiero felicitarlos por esta pagina tan buena, lo segundo es que quiero consultarles sobre como debo liquidar a una empleada del servicio domestico que trabaja hace cinco años y se le paga el 70% en dinero y el 30% en especie, quiero saber con qué salario debo liquidarla y a que prestacines tiene derecho.

  43. LUIS ERNESTO dice:

    Un trabajador labora de lunes a viernes de 8 PM A 05:M las horas nocturnas se las debo liquidar con el recargo del 35% ???

    Gracias

    LUIS ERNESTO

  44. Marisol Gonzalez dice:

    Un trabajador empezo el 15 de Marzo 2004, y lo retiraron el 15 de Mayo del 2007, hasta la fecha no le han cancelado sus prestaciones, tampoco nunca le pagaron sus vacaciones, solo el disfrute de las mismas cada año, no le entregaron el dinero que le correspondia por ese concepto, la consulta es que aparte de todos los dias que les corresponda segun la ley por sus prestaciones sociales, creemos que le deben cancelar intereses de mora o por otro concepto porque desde esa fecha que lo retiraron a hoy Diciembre 2008 ese dinero se ha devaluado, no es justo recibir un pago por prestaciones despues de un año y que no haya una compensacion por el mismo.
    Gracias, espero la respuesta oportuna
    Marisol

  45. Eduardo dice:

    Buenas, quiero realizar una consulta acerca de cuanto me tienen que pagar en dinero por vacaciones de 1 año, mi salario es de 702.000 pesos, yo saldria a vacaciones el 22 de diciembre y regreso el 10 de enero.

    Tambien quisiera saber cuanto ganaria de cesantias con este salario por un año.

    adema felicitarlo por tan buena pagina sirve de mucha ayuda en las dudas que uno tiene
    Gracias espero una respuesta pronta.

    • Lucia dice:

      Eduardo:
      En cuanto al tema de las vacaciones: No se deben tomar sabados, domingos y festivos por lo tanto los 15 dias que te corresponden por un año de trabajo deberia ser saliendo el 22 de Dic como dices y regresando al trabajo el 15 de Ene, ahi te da los 15 dias habiles de vacaciones por ley; una vez sales a vacaciones te deben pagar todos los 15 dìas que tomaras, eso quiere decir que te pagarian hasta el 14 de Enero y en Enero solo recibiras el salario correspondiente a los 16 dias que trabajaras en Enero.

      En cuanto a las Cesantias: $702.000+$55.000 de sub. trabsp= $757.000
      757.000*360/360=$757.000 que seran consignados en el fondo de Cesantias a mas tardar en Feb, la cual podras retirar en caso de compra de vivienda, mejoras, educacion o terminacion de contrato, y los Int. de Cesantias serìan: 757.000*360*12%/360= $90.840 que se pagarian en Enero.

  46. ana maria gomez dice:

    como liquido ami empleada domestica, trabajo 2 dias a la semanapor favor respondanme debo entregarle la liquidacion mañanana ,se gana 28000= por cada dia, total diastrabajados son 95.

  47. GLORIA CHACON dice:

    Mi caso es urgente ya que debo liquidar a mi empleada antes de
    navidad ella trabaja 2 dias a la semana a $25.000/dia. me regalan la liquidación? gracias.

  48. juan carlos dice:

    para la cuenta de los 15 dias por año de vacaciones se cuentan los sabados, domingos y festivos, es decir si salgo el 17 de diciembre cuando entro

  49. Alemarlej dice:

    Hola me gustaria que me ayudaran con el calculo de mi liquidación laboral por renuncia. Tengo 6 meses y 2 días. Tuvimos vacaciones colectivas desde el 23/12 hasta el 07/01. Mi paquete es el seguiente:
    Sueldo Básico Mensual Bs. 1.700.00
    Salario de Eficacia Atípica Bs. 374.94
    Total Bs. 2.074.94

    Utilidades Anuales 1 mes
    Vacaciones 15 días
    Bono Vacacional 7 días

    Muchisimas gracias de antemano

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