Hora extra proporcional

Nos consultan nuestros lectores si en el derecho laboral colombiano existe la figura de la hora extra proporcional, si se paga el trabajo extra cuando se ha laborado menos de  una hora extra.

Es el caso del trabajador que labora un tiempo extra de sólo 30 minutos, o 1 hora 45 minutos,  tiempo que muchas empresas no reconocen, ya que sólo reconocen horas extras completas.

La ley laboral no dice nada al respecto y no conocemos jurisprudencia que hable del asunto, pero haciendo uso del sentido común y de la sana crítica, es razonable concluir que al trabajador se le debe reconocer completamente el tiempo extra que labore, máxime cuando la ley ordena remunerar todo trabajo extra sin hacer diferencias ni fijar límites mínimos ni máximos en cuanto al tiempo que se ha de remunerar una vez se configura el trabajo extra.

Si bien no es práctico determinar proporciones por minutos, es razonable reconocer la media hora, o el cuarto de hora de trabajo extra, puesto que corresponde a fracciones de tiempo representativos que sumados en un mes significa un ingreso adicional importante para el trabajador.

Por ejemplo, un trabajador que devengue un salario mensual de 1.200.000 pesos, al trabajar una hora extra diurna recibirá $6.250 y por el cuarto de hora recibirá un poco más $1.500, suficiente para pagar el transporte de regreso a casa, suma nada despreciable considerando salarios relativamente bajos.

21 / 09 / 2011

Opinar o comentar

11 Opiniones en “Hora extra proporcional”
  1. Beth dice:

    Respecto al pago de las fracciones de las horas extras, cancelarle al empleado quince minutos, pregunto cuando es el trabajador el que llega quince minutos tarde debe el empleador descontar del día de salario los quince minutos?

  2. luis dice:

    es obligatorio trabajar despues de de 48 horas semanales

  3. Oscar valencia dice:

    soy un programador y deseo conocer si una persona trabaja 6 horas 40 minutos se puece liquidar asi

    si los minutos pasan de 30 minutos se aproxima a la hora
    si los minutos son menos de 30 minutos se rebaja los minutos

    ejemplo

    6 horas y 32 minutos = 7 horas
    6 horas 28 minutos = 6 horas
    diganme si se puede o no gracias

    • Alonso Riobó Rubio dice:

      Lo correcto es que se pague el tiempo exacto. O sea, que si se laboró 1 hora y 40 minutos, se pague 1 hora y 40 minutos.

      Entiendo que eso le significará mayores dificultades a la hora de elaborar el programa, pero vale la pena el esfuerzo en aras de la exactitud.

      Saludos,

    • luis dice:

      luis sequera
      es obligatorio trabajar despues de 48 horas semanales

  4. Gloria dice:

    Me gustaria saber si actualmente se debe pasar carta de no renovacion de contrato a un empleado con unconmtrato a termino fijo y de ser asi con caunto tiempo de antelacion se debe hacer, pues encuentro personas que dicen que sedebe hacer con un mes de antelacion y otras dicen que esa norm ya no esta rigiendo.
    Gracias.

    • Alonso Riobó Rubio dice:

      Salvo que el plazo pactado haya sido de un mes, es estrictamente necesario que la parte que no esté interesada en que el contrato se prorrogue le avise a la otra con una anticipación no inferior a 30 días la no renovación del contrato.

      Si no cumple con esa obligación, el contrato se prorroga automáticamente.

      Cordial saludo,

  5. Alonso Riobó Rubio dice:

    Estoy de acuerdo con la precisión que hace Gerencie.com sobre el derecho del trabajador a que se le pague el trabajo realizado en tiempo extra, cualquiera que sea su duración.

    Pero el ejemplo contiene un error por cuanto el valor de una hora extra diurna para quien devenga un salario de $ 1.200.000 no es $ 6.000.oo, sino $ 6.250.oo ($ 1.200.000 /240 X 125% = $ 6.250.oo)

    Cordial saludo,

  6. Carlos Fajardo dice:

    “al trabajar una JORA extra diurna recibirá…”

    JORA
    (De or. aimara).

    1. f. desus. Maíz germinado para hacer chicha.

    y el corrector de texto?

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