Incapacidad originada por tratamientos estéticos

Las incapacidades originadas en los tratamientos médicos cuya finalidad sea estética, no son cubiertas por el sistema de seguridad social en salud.

Esto quiere decir que la EPS no pagará las incapacidades por enfermedad general si estas se han derivado de un tratamiento estético, o de una complicación derivada de un tratamiento estético.

Así lo contempla el parágrafo único del artículo 3 del decreto 047 del 2000:

Parágrafo. No habrá lugar a reconocimiento de prestaciones económicas por concepto de incapacidad por enfermedad general con cargo a los recursos del sistema general de seguridad social en salud, cuando éstas se originen en tratamientos con fines estéticos o sus complicaciones, los cuales se encuentran expresamente excluidos de los beneficios del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

¿Quién paga entonces estas incapacidades?

Es posible que la empresa se vea en la obligación de pagar estas incapacidades, toda vez que este tipo de incapacidades no suspenden el contrato de trabajo,  y mientras el contrato no esté suspendido, el empleador tendrá la obligación de pagar salarios  y demás beneficios laborales.

Es por ello que cuando un empleado requiere hacerse este tipo de tratamientos médicos, por lo general solicita un permiso no remunerado, o aprovecha sus vacaciones para realizárselo, pero en caso de que el permiso o las vacaciones terminen y el trabajador siga incapacitado, lo más probable es que la empresa deba seguir pagando.

19 / 12 / 2010

Opinar o comentar

7 Opiniones en “Incapacidad originada por tratamientos estéticos”
  1. luisa dice:

    Perdon quiero aclarar que la incapacidad me la negaron que porque se trataba de una cirugia estetica (mamoplastia) y mi duda es porque si por medio de tutela me ordenaron la cirugia pues se demostro que no es con fines esteticos.

  2. luisa dice:

    Muy buenas….por favor quisiera saber que pasa con las incapacidades que se originan por cirugias plasticas reconstructivas las cuales fueron aprobaas por tutelas a raiz de by pass gastrico?

  3. oscar dice:

    Tengo una Pregunta.
    Si un empleado lo incapacitan por enfermedad general 3 dias y esos dias corresponden a sus decansos por turnos se corren los dias de descanso?
    o se corre la incapacidad? o que ocurre.
    Gracias.

  4. CLARA INES dice:

    tengo una duda.
    un empleado tuvo un accidente y la operaron, le dieron una incapacidad de 30 dias, me pueden decir cual es el porcentaje a pagar.

  5. LUIS CHAPARRO dice:

    TENGO LA SIGUIENTE INQUIETUD?
    ANTE EL PAGO DE SENTENCIAS POR DIFERENTES CONCEPTOS, SE DEBE HACER RETENCION SOBRE LA INDEXACION QUE SE DEBE HACER?

    GRACIS POR LA RESPUESTA.

    LUIS A. CHAPARRO G

  6. Sandra Henao Rincon dice:

    Buenos dias solicito de su amable colaboración informandome si un trabajador lo incapacitan 2 o 3 dias por enfernedad general, este tiempo en la nomina se la paga normal o se le descuenta.

    Gracias por la información

    Cordial saludo,

    sandra henao rincon

  7. Alex A. dice:

    es cierto que el fondo de pensiones cualquera que sea puede no pagar la incapacidad despues del sexto mes osea 180 dias mientra este califica al afiliado para ver si lo pensionan o no que pasa con el pasiente durante este tiempo pues este tramite puede durar varios meses quie le reponde por el minimo vital aquien se le cobra de verdad muchas gracias

En Gerencie.com está permitido opinar, criticar, discutir, controvertir, disentir, etc. Lo que no está permitido es insultar o escribir palabras ofensivas o soeces. Si lo hace, su comentario será rechazado por el sistema o será eliminado por el administrador. Por último, trate de no escribir en mayúscula sostenida, resulta muy difícil leerle.