Incremento del valor de la cuota moderadora por doble aporte a salud
Un lector de Gerencie.com plantea en nuestro sistema de comentarios si es legal que se le incremente el valor de la cuota moderadora, debido que siendo pensionado está vinculado con otra empresa, que por supuesto la que le descuenta por salud.
Si una persona está pensionada, el fondo de pensión le descuenta el 12% por concepto de salud, y si además trabaja para otra empresa, esa empresa le descontará el valor respectivo de la cotización a salud, de suerte que la persona hará una especie de doble aporte, en función de dos bases de cotización: una como pensionado y otra como trabajador o contratista, según el caso.
Al existir dos bases de cotización, se suman las dos, y eso hará que la sumatoria de las dos bases de un valor elevado que hará más costosas las cuotas moderadoras en el sistema de salud.
Supongamos una persona que devenga una pensión de $800.000 mensuales y que además tiene n contrato de trabajo con otra empresa por un valor de 1.000.000. Respecto a los aportes a salud, la base de cotización será de $1.800.000, lo que sin duda implica una cuota moderadora superior a que si sólo percibiera la pensión.
Esto se debe a que el Consejo nacional de salud, en acuerdo 260 de 204, estableció que el valor o monto de las cuotas moderadoras se fijará en función del ingreso base de cotización, de manera tal que entre mayor sea este, mayor será el monto de la cuota moderadora.
Así las cosas, es legal que al tener un doble ingreso, se vea incrementado el valor de las cuotas moderadores, ya que este obedece a la capacidad de pago o poder adquisitivo del cotizante, haciendo que quienes más ingresos devenguen, deban pagar más por los servicios de salud.


Muy buenos días;
Tengo la siguiente inquietud, si una persona se pensiona 2 veces como el caso de los maestros que obtienen 2 pensiones, una por tiempo y otra de gracia; es legal que de ambas pensiones le descuenten para salud?
El pago de la prima aumenta la cuota moderadora de la EPS??? pliss bajo que articulo se establece
gracias
HOLA BUENOS DIAS. Por favor necesito que alguien me informe si soy cotizante en salud y pensiones como empleada pública; para ser contratada por una empresa privada mediante contrato de prestación de servicios debo volver a cotizar a salud y pensiones?. Si es así me parece muy injusto, porque además necesito trabajar en la empresa privada para acreditar mi práctica contable y obtener la tarjeta profesional de contador. Gracias por la información
Buenos dias. Hasta el año pasado yo trabajaba como independiente peroe n enero de 2012 empece a trabajar para una empresa dels ector privado. Ahora resulta que mi cuota moderadora se subio porque me sigue teniendo en cuenta lo que yo ganaba como independiente mas lo que ahora gano vinculado a la empresa, es esto legal? Y porque si ya estoy en el sector privado al seguir con la misma eps se sigue teniendo en cuenta lo que yo trabaje como independiente cuando esta actividad se termino en diciembre de 2011 y empece en la empresa en enero de 2012? Gracias!!!!
nesecito saber una persona pensionada que paga salud normalmente en una eps puede ser cambiada de eps y pasar a ser veneficiario de la esposa habiendose ella afiliado como cotizante independiente en otra eps diferente? o por el ser pensionado hay alguna ecepcion en la cual la eps este omitiendo pues ellos alegan que la eps en la que se afilio la esposa pidio el traslado de el señor se hacia por unificacion familiar y no tubieron encuenta que el fuera pensionado.
que puedo hacer pues ellos son mis padres y estoy preocuado por esta situacion que se presenta
Gracias, deseo saber si los copagos pagados por anticipado a la EPS por un evento en este caso una cirugia, que luego de hacer nuevos examenes al paciente no se realizo por encontrarse mejor, la EPS los devuelve, si es asíque debo hacer para reclamarlos.
Gracias, deseo saber si el copago que cobran por adelantado para una cirugia que despues no se
MI KUOTA MODERADORA SIEMPRE A SIDO DE $2.100,Y RESULTA KE EL MES DE JUNIO KE ME KONSIGNARON LA PRIMA SE ME SUBE A $8300…..ME PARECE INCREIBLE ‼
Según el articulo “valor o monto de las cuotas moderadoras”, éste valor fue establecido mediante Acuerdo por El Consejo nacional de seguridad social en salud del ministerio de la protección social,al no ser establecido por ley, es posible presentar demanda en contra de dicho acuerdo, puesto que esto conlleva a que muchos usuarios no asistan a las EPS porque muchas veces no se cuenta con el dinero para cancelar dicha cuota ya sea para medicina general, laboratorios, odontologia etc y para que solamente le entregen iboprufeno, naproxeno que no vale la pena pagar una cuota de $8000 para que le entregen éstos medicamentos.
Hasta el mes de octubre de 2010 me pagaban 3 pensiones. En el mes de noviembre por una demanda me suspendieron una. Es legal que aunque no me paguen la pensión me sigan descontando salud?
Mil gracias,
Quiero saber si es correcto que el fosiga nos descuente a los profesores del magisterio que tenemos la pension gracia y la pension del departamento y que a cada una les descuenten para la salud casi 200.000 docientos mil pesos disque para el fosiga. Yo entiendo que debo cotizar para la salud con una sola cuota y no con dos cuoas, aclareme esto por favor.
Gracias desearia saber en que casos se puede solicitar la devolucion de aportes en salud. Me refiero principalmente al caso en que un trabajador independiente esta pagando sus aportes en salud para no quedar desprotegido mientras le sale la pensiòn, pero la entidad de pensiòn le descuenta por la derecha los aportes en salud desde el dìa en que solicito su pensiòn. Es esto legal? es factible la devoluciòn, teniendo en cuenta que el aporte fue doble? a que entidad se puede elevar la queja?
gracias
Buenos Dias, será posible que ese pensionado cotice unicamente con los descuentos para salud correspondientes a la pension, y, no se le realice descuento donde esta laborando actualmente?
lo que no me parece, es que se supone que hasta dos salarios minimos la persona es rango 1, y que despues de dos salarios minimos, que en la vigencia seria mas de 1.030.000 debe ser rango dos, pero con este ingreso de dos salarios minimos ya cobran como rango dos, entonces las eps dicen una cosa y hacen la que le conviene.
Supongo que el aporte obligatorio total a salud como trabajador será del 12.5%, del cual le corresponde asumir el 4%, y como su aporte como pensionado es del 12%, quiere decir, que en este caso operan dos tasas distintas.
Además como trabajador activo, al incapacitarse tiene derecho a que la EPS reconozca lo correspondiente por incapacidad, y de llegar a tener un hijo, siendo trabajador, tendrá derecho a la licencia por ley maría.
Hola gracias por la información, lo que no considero legal es que el Cotizante tenga que pagar cuota moderadora, me parece un atropello ya que aparte del descuento mensual, hay que pagar cuota para atención y cuota para los “acetaminofen e Ibuprofeno”.