Indemnización por despido injustificado que no esté sometida a retención en la fuente, es gravada con el impuesto sobre la renta
De acuerdo a las normas que regulan la retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta, las indemnizaciones derivadas de una relación laboral o legal y reglamentaria están sometidas a retención en la fuente, a una tarifa del 20%, para trabajadores que devenguen ingresos superiores a 204 UVT ($5.009.220 año o periodo gravable 2010); es decir que si el beneficiario de la indemnización devenga menos de esa cifra, el pago no está sujeto a retención en la fuente.
Cuando la indemnización por despido injustificado no está sometida a retención en la fuente, no implica que sea exenta o que se pueda tratar como un ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, debido a que dicho ingreso es gravado conforme a lo dispuesto en el artículo 26 del Estatuto Tributario, por ser susceptible de producir un incremento neto en el patrimonio y no estar expresamente exceptuado.
En el evento que el asalariado sea declarante del impuesto sobre la renta, por no cumplir la totalidad de los requisitos del artículo 593 ibídem, deberá denunciar como gravados, los ingresos derivados de la indemnización por despido injustificado, con el fin de que formen parte de la base gravable así no hayan sido sometidos a retención en la fuente.
Cabe anotar que en el caso de las indemnizaciones o bonificaciones por planes de retiro de servidores públicos, la renta es exenta por expresa disposición del artículo 27 de la Ley 488 de 1998:
“(…)
Exención para bonificaciones y/o indemnizaciones en programas de retiro de entidades públicas.;
Estarán exentas del impuesto sobre la renta las bonificaciones y/o indemnizaciones que reciban los servidores públicos en virtud de programas de retiro de personal de las entidades públicas nacionales, departamentales, distritales y municipales.";


BUENOS DIAS QUISIERA SABER ….YO TRABAJO EN UNA ORGANIZACION PRIVADA PARA UN EVENTO PRESTE UNA PLATA EN EFECTIVO AL HACERME EL REMBOLSO EN CONTABILIDAD ME ESTAN DESCONTANDO RETENCION ……COMO HAGO PARA QUE NO ME DESCUENTE COMO PASO MI CUENTA DE COBRO SIN QUE ME DESCUENTEN.