Ingresos por descuentos condicionados no generan Iva

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Los descuentos condicionados forman parte de la base para cobrar el Iva, pero el ingreso resultante del 聽descuento condicionado, no genera Iva.

Recordemos que cuando se hace una venta, en la cual se pacta que si se cumple una condici贸n se hace un determinado descuento, ese descuento, cuando se concede en vista del cumplimento de la condici贸n pactada, debe ser contabilizado como un ingreso por el comprador y como un gasto por el vendedor. Ver: Tratamiento de los descuentos comerciales y condicionados.

Ese ingreso contabilizado por el comprador en vista del descuento concedido por su proveedor por haber cumplido una condici贸n impuestos por este, no es un hecho generador de Iva.

Los ingresos derivados de un descuento condicionado, esto es un descuento posterior a la facturaci贸n del bien o servicio adquirido, no corresponde en ning煤n momento a la enajenaci贸n o transferencia de dominio de algo, obedece simplemente a la condonaci贸n de un pasivo, y la condonaci贸n de pasivos es un ingreso que tampoco est谩 gravado con el impuesto a las ventas [s铆 est谩 gravado con el impuesto de renta].

Cuando se hace el descuento condicionado, el valor descontado est谩 contabilizado como un pasivo por parte del comprador y como un activo [clientes] por parte del vendedor, quien es el que concede el descuento, de modo que cuando no se cobra un determinado valor debido a la concesi贸n del descuento, estamos ante la condonaci贸n de un pasivo, ante el no cobro de una parte del pasivo, por lo que para el beneficiario del no cobro del pasivo es un ingreso y para el que no cobra es un pasivo gasto.

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